Sentencia Civil Nº 189, A...io de 1998

Última revisión
10/06/1998

Sentencia Civil Nº 189, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 416/97 de 10 de Junio de 1998

Tiempo de lectura: 24 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 10 de Junio de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: RUBIDO VELASCO, MANUEL

Nº de sentencia: 189

Resumen
La entidad recurrente ''Caixa ... reproduce en el recurso, como motivos de impugnación de la sentencia apelada, la cuestión de competencia territorial, la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario y la errónea apreciación de la cuestión de fondo, en orden a la cuantía de lo reclamado. Pero todas las excepciones opuestas por la parte recurrente deben ser desestimadas. De una parte, porque basta examinar los recibos de pago del préstamo para concluir, inequivocadamente, que el lugar de cumplimiento de la obligación, derivada del contrato de préstamo, es el del domicilio del obligado al pago como resulta del contenido de tales recibos, y en consecuencia le es de aplicación lo dispuesto en la regla la del art. 62 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y por tanto debe decaer la alegada excepción de incompetencia territorial. En cuanto a la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario, es absolutamente improcedente, por cuanto ninguna de las partes del proceso, impugnó, sino que acaté el pago realizado por la Cía. Aseguradora C, en virtud del contrato de seguro, suscrito entre tal compañía y el prestatario fallecido, como consecuencia, o complemento, del contrato principal de préstamo. El hecho de que existiese un retraso en el pago del principal adeudado, por el concepto del pactado contrato adicional de seguro, podría, eventualmente, conceder acciones resarcierais a la entidad demandada, respecto a los intereses del principal pagado, en virtud del contrato de seguro, pero tal cuestión es ajena al presente proceso, y en ningún caso justifica la intervención en la relación jurídica procesal, en los términos que solicita el recurrente, lo que conlleva la desestimación del invocado motivo del recurso.  

Voces

Falta de litisconsorcio pasivo necesario

Juicio de cognición

Cuestiones de fondo

Contrato de seguro

Reclamación de cantidad

Intereses legales

Impugnación de la sentencia

Competencia territorial

Cuestión de competencia

Contrato de préstamo

Prestatario

Asegurador

Partes del proceso

Relación jurídica

Ejecutoria

Cajas de ahorros

Fundamentos

 

LA Sección TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, formada por los Ilmos. Sres. D. MANUEL RUBIDO VELASCO Presidente, D. CÉSAR_AUGUSTO PÉREZ QUINTELA y D. JOSÉ LUIS NúÑEZ VIDE, …

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