Jurisprudencia sobre Cesión ilegal de trabajadores.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cea Ayala, Benedicto
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Ruiz Pontones, Manuel
Lacambra Morera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Se declara la inadmisibilidad del recurso de suplicación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de lo Social número 8 de Madrid, sobre cesión ilegal de trabajadores. No concurren los requisitos para el acceso a la suplicación, pues se ha omitido el recurso contra el auto de archivo, y contra el desestimatorio de la reposición. Asimismo, no se alega motivo alguno de nulidad, sino que simplemente se discrepa del criterio procesal aplicado por el juzgador de instancia.</
Se desestiman los recursos de suplicación interpuestos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid sobre cesión ilegal de trabajadores. A la vista del relato fáctico de la sentencia recurrida, parece claro que el actor prestaba servicios en las dependencias de la demandada, con los equipos y medios materiales de ésta y en el horario fijado por la producción del programa para el que trabajaba. Además, recibía órdenes directas del realizador del program
La Sala estima el presente recurso y declara que los servicios de refuerzo en Centros Primarios de Salud, prestados en días distintos a los festivos y fines de semana, no han de ser remunerados como horas de atención continuada, tal y como se postulaba en la demanda inicial, pues la regulación de las retribuciones correspondientes al personal denominado de refuerzo se halla perfectamente establecida, por lo que no existe base para pretender una retribución distinta y correspondi
Se declara la inadmisibilidad del recurso de suplicación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de lo Social número 8 de Madrid, sobre cesión ilegal de trabajadores. No concurren los requisitos para el acceso a la suplicación, pues se ha omitido el recurso contra el auto de archivo, y contra el desestimatorio de la reposición. Asimismo, no se alega motivo alguno de nulidad, sino que simplemente se discrepa del criterio procesal aplicado por el juzgador de instancia.</
Se desestiman los recursos de suplicación interpuestos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid sobre cesión ilegal de trabajadores. A la vista del relato fáctico de la sentencia recurrida, parece claro que el actor prestaba servicios en las dependencias de la demandada, con los equipos y medios materiales de ésta y en el horario fijado por la producción del programa para el que trabajaba. Además, recibía órdenes directas del realizador del program
La Sala estima el presente recurso y declara que los servicios de refuerzo en Centros Primarios de Salud, prestados en días distintos a los festivos y fines de semana, no han de ser remunerados como horas de atención continuada, tal y como se postulaba en la demanda inicial, pues la regulación de las retribuciones correspondientes al personal denominado de refuerzo se halla perfectamente establecida, por lo que no existe base para pretender una retribución distinta y correspondi