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Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos. - Boletín Oficial del Estado de 19-03-2022

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Junio de 2023

F. entrada en vigor: 20/03/2022

Órgano emisor: MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 67

F. Publicación: 19/03/2022


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones.
CAPÍTULO II. Servicio de recarga energética
SECCIÓN I. Principios generales del servicio de recarga energética
Artículo 4. Principios generales del servicio de recarga energética. Artículo 5. Modalidades de prestación del servicio de recarga energética.
SECCIÓN II. Derechos y obligaciones de los prestadores del servicio de recarga energética
Artículo 6. Derechos y obligaciones del operador del punto de recarga. Artículo 7. Derechos y obligaciones de la empresa proveedora de servicios para la movilidad eléctrica. Artículo 8. Acuerdos de interoperabilidad. Artículo 9. Obligaciones de la empresa de distribución de energía eléctrica. Artículo 10. Obligaciones de remisión de información.
SECCIÓN III. Régimen de autorizaciones para infraestructuras eléctricas de puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW y régimen sancionador
Artículo 11. Régimen de autorización de las infraestructuras eléctricas de puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW. Artículo 12. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Convocatorias de ayudas destinadas a infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. D.A. 2ª. Evolución del despliegue de la infraestructura de recarga. D.A. 3ª. Eliminación de la obligación de realizar ofertas alternativas de los comercializadores de referencia a precio fijo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico. D.F. 2ª. Carácter básico y título competencial. D.F. 3ª. Habilitación para el desarrollo y ejecución. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Modelo de primera nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los consumidores acogidos a la oferta alternativa al precio voluntario para el pequeño consumidor al precio fijo anual ANEXO II. Modelo de segunda nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los consumidores acogidos a la oferta alternativa al precio voluntario para el pequeño consumidor al precio fijo anual