Jurisprudencia sobre Infracción procesal.
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Indefensión
Sociedad de responsabilidad limitada
Daños y perjuicios
Infracción procesal
Valoración de la prueba
Ponente
Marin Castan, Francisco
Rodriguez Lopez, Ricardo
Brines Tarraso, Maria Carmen
Cabrera Lopez, Juan Manuel
Picatoste Bobillo, Julio Cesar
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Acuerdo de sala
Búsqueda: Voces
Infracción procesal
Sentencia CIVIL Nº 405/2018, AP - Badajoz, Sec. 2, Rec 999/2018, 17-09-2018
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia SOCIAL Nº 516/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 70/2017, 14-07-2017
ÚNICO .- Se articula el recurso en dos motivos, el primero con amparo en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y el segundo sin cita de precepto alguno, afirmando en el primero que el actor por las patologías que consta acreditadas y reconocidas en la sentencia, tiene una reducción anatómica funcional objetivamente determinable y plasmada en los informes médicos
Sentencia CIVIL Nº 468/2017, AP - Las Palmas, Sec. 5, Rec 412/2016, 20-12-2017
PRIMERO.- Con carácter previo planteó la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 en su escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto por el demandado don Jeronimo su inadmisibilidad, toda vez que el recurrente no había pagado o consignado el importe de la cantidad a la que había sido condenado en la sentencia de primera instancia, con las consecuencias previstas en el art. 449. 4 <rel
Auto Penal Nº 103/2018, TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 2/2018, 02-07-2018
PRIMERO. Como es sabido, atendido lo preceptuado por el art. 509 LEC, la competencia para resolver sobre la revisión de las sentencias firmes corresponderá a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo o a las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, conforme a lo dispuesto en la <rel id="1327091" uri="http://poolparty.iber
Sentencia CIVIL Nº 600/2017, AP - Malaga, Sec. 6, Rec 799/2015, 21-06-2017
PRIMERO.- La Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de DIRECCION000 en 20 de abril de 2015, en el seno del procedimiento promovido por Doña Adolfina frente a Don Víctor , cuyo objeto quedó delimitado a la procedencia o improcedencia de fijar una pensión alimenticia a cargo del demandado y en favor del hijo común de ambos litigantes, Norberto , nacido el día NUM000 de 1.997, desestima la demanda, declarando no haber lugar a la adopció
Sentencia CIVIL Nº 506/2017, AP - Pontevedra, Sec. 6, Rec 884/2016, 06-11-2017
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
Sentencia CIVIL Nº 300/2017, AP - Badajoz, Sec. 2, Rec 386/2017, 14-09-2017
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia CIVIL Nº 298/2018, AP - Valladolid, Sec. 1, Rec 23/2018, 24-09-2018
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
Sentencia CIVIL Nº 317/2017, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 342/2016, 04-07-2017
Primero: Delimitación del objeto del recurso.La cuestión objeto de Litis en apelación es solo el planteamiento de la suspensión que no se acordó cuando la hoy apelante solicita beneficio de justicia gratuita.En relación a ello debemos decir que la misma realiza dicha petición en fecha de 9 de noviembre de 2015 estando señalada la vista para el día 30 de noviembre siguiente y habiendo sido citada en fecha de 28 de noviembre de 2014, es decir un año antes de dicha petición. Se alud
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Infracción procesal
Sentencia CIVIL Nº 405/2018, AP - Badajoz, Sec. 2, Rec 999/2018, 17-09-2018
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia SOCIAL Nº 516/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 70/2017, 14-07-2017
ÚNICO .- Se articula el recurso en dos motivos, el primero con amparo en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y el segundo sin cita de precepto alguno, afirmando en el primero que el actor por las patologías que consta acreditadas y reconocidas en la sentencia, tiene una reducción anatómica funcional objetivamente determinable y plasmada en los informes médicos
Sentencia CIVIL Nº 468/2017, AP - Las Palmas, Sec. 5, Rec 412/2016, 20-12-2017
PRIMERO.- Con carácter previo planteó la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 en su escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto por el demandado don Jeronimo su inadmisibilidad, toda vez que el recurrente no había pagado o consignado el importe de la cantidad a la que había sido condenado en la sentencia de primera instancia, con las consecuencias previstas en el art. 449. 4 <rel
Auto Penal Nº 103/2018, TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 2/2018, 02-07-2018
PRIMERO. Como es sabido, atendido lo preceptuado por el art. 509 LEC, la competencia para resolver sobre la revisión de las sentencias firmes corresponderá a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo o a las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, conforme a lo dispuesto en la <rel id="1327091" uri="http://poolparty.iber
Sentencia CIVIL Nº 600/2017, AP - Malaga, Sec. 6, Rec 799/2015, 21-06-2017
PRIMERO.- La Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de DIRECCION000 en 20 de abril de 2015, en el seno del procedimiento promovido por Doña Adolfina frente a Don Víctor , cuyo objeto quedó delimitado a la procedencia o improcedencia de fijar una pensión alimenticia a cargo del demandado y en favor del hijo común de ambos litigantes, Norberto , nacido el día NUM000 de 1.997, desestima la demanda, declarando no haber lugar a la adopció
Sentencia CIVIL Nº 506/2017, AP - Pontevedra, Sec. 6, Rec 884/2016, 06-11-2017
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
Sentencia CIVIL Nº 300/2017, AP - Badajoz, Sec. 2, Rec 386/2017, 14-09-2017
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia CIVIL Nº 298/2018, AP - Valladolid, Sec. 1, Rec 23/2018, 24-09-2018
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
Sentencia CIVIL Nº 317/2017, AP - Almeria, Sec. 1, Rec 342/2016, 04-07-2017
Primero: Delimitación del objeto del recurso.La cuestión objeto de Litis en apelación es solo el planteamiento de la suspensión que no se acordó cuando la hoy apelante solicita beneficio de justicia gratuita.En relación a ello debemos decir que la misma realiza dicha petición en fecha de 9 de noviembre de 2015 estando señalada la vista para el día 30 de noviembre siguiente y habiendo sido citada en fecha de 28 de noviembre de 2014, es decir un año antes de dicha petición. Se alud