Jurisprudencia del año 1998.
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Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Se constriñe el núcleo de la cuestión litigiosa a la imposición de las costas de la primera instancia a la parte demandada, decisión motivada en el pronunciamiento apelado en función de la escasa relevancia cualitativa y cuantitativa de la resolución en punto a los intereses, o mejor, de la matización efectuada en cuanto al "dies a quo'' de su consideración. Mas nótese que la sentencia de 12 de mayo de 1997 no hace pivotar sobre el ejercicio temerario o la mala fe la cond
Cierto que constituye una máxima procesal ya largamente consolidada la que viene señalando que la situación de rebeldía no constituye un allanamiento de la parte demandada a las pretensiones de la actora, ni viene a relevar a esta última de la obligaci6n de probar los hechos en los que se funda su pretensión, ahora bien, también es cierto que hay un principio informador de nuestro ordenamiento que es el de la buena fe, conforme al cual debe entenderse que en nuestra vida
La sentencia recurrida señala la indemnización que ha de recibir el actor por los daños sufridos en su vehículo, debido al accidente de circulación a que alude la demanda, basándose para ello en la notoria desproporción entre su valor en el mercado local y provincial, fijado periciálmente en 120.000 pesetas, y, el importe de la hipotética reparación que asciende a 399.260 pesetas, según el presupuesto que acompaña a la demanda.La parte demandante impugna la sentencia dict
Recurso de apelación civil, sobre reclamación de cantidad en el que a pesar de haber quedado acreditado de forma inequívoca y fehaciente que, efectivamente, en tal momento fue el representante de los arrendadores quién impidiendo que el Sr. Suárez pusiera a disposición de los mismos el local en cuestión, tal requerimiento aún considerándolo como expresivo de la puesta en conocimiento de su propósito de desistir del contrato , se hace con menos de un mes de antelación a
El cómo y el porqué del accidente automovilístico que nos ocupa y la respectiva atribución de responsabilidades en su acusación fueron cuestiones ya abordadas en la sentencia de esta Audiencia de 25 de septiembre de 1992 en el sentido de que el Sr. Rodríguez omitió, aquel cuidado que, con seguridad, hubiere evitado la colisión generando con su conducta ''el desencadenamiento del evento ante la disminución de la velocidad por imperativo de una incidencia del tráfico u ocu
Dados los términos en que está planteada la litis y el resultado de las pruebas practicadas, procede desestimar el recurso interpuesto por la parte interpelada, pues frente a las alegaciones formuladas es de resaltar:
A) De la valoración conjunta de las declaraciones rendidas por los testigos que depusieron a instancia de la actora, confesión de la interpelada al absolver la tercera posición y oficio remitido por el Concello de Culleredo, resu
Teniendo por objeto el presente recurso de apelación únicamente la impugnación del pronunciamiento relativo a las costas contenido en el auto aclaratorio dictado en fecha 6 de noviembre de 1997, que viene a integrar la parte dispositiva de la sentencia recaída en este procedimiento, no cabe duda alguna que el mismo resulta incongruente con el fundamento jurídico sexto de dicha resolución, toda vez que en el mismo, tras imponer las costas causadas a la parte actora a la e
El art.
En el caso presente por la parte recurrente se ejercita una acción reivindicatoria, que da origen al pleito no 358/95, y en el pleito no 703/95, acumulado al anterior se ejercita una acción declarativa de propiedad, por el Sr. L, son dos acciones diferentes aunque enlazadas entre si e incluso a veces confundidas, siendo necesario para el ejercicio de la primera que el demandado sea poseedor o detentado de la cosa, por su genuina 2 finalidad d
Sobre REPARACIONES VIVIENDA en juicio de cognición. Debe partirse, ante esta contienda, que las reparaciones que está obligado a llevar a cabo el arrendador son todas las que representen el carácter de necesarias para conservar la cosa en estado de servir para el uso al que ha sido destinada, esto es, para el uso pactado. No ocurre lo mismo con el fregadero, cuya rotura debe entenderse acreditada por lo manifestado tanto por el aparejador, como por su compañero, tratándos
Se constriñe el núcleo de la cuestión litigiosa a la imposición de las costas de la primera instancia a la parte demandada, decisión motivada en el pronunciamiento apelado en función de la escasa relevancia cualitativa y cuantitativa de la resolución en punto a los intereses, o mejor, de la matización efectuada en cuanto al "dies a quo'' de su consideración. Mas nótese que la sentencia de 12 de mayo de 1997 no hace pivotar sobre el ejercicio temerario o la mala fe la cond
Cierto que constituye una máxima procesal ya largamente consolidada la que viene señalando que la situación de rebeldía no constituye un allanamiento de la parte demandada a las pretensiones de la actora, ni viene a relevar a esta última de la obligaci6n de probar los hechos en los que se funda su pretensión, ahora bien, también es cierto que hay un principio informador de nuestro ordenamiento que es el de la buena fe, conforme al cual debe entenderse que en nuestra vida
La sentencia recurrida señala la indemnización que ha de recibir el actor por los daños sufridos en su vehículo, debido al accidente de circulación a que alude la demanda, basándose para ello en la notoria desproporción entre su valor en el mercado local y provincial, fijado periciálmente en 120.000 pesetas, y, el importe de la hipotética reparación que asciende a 399.260 pesetas, según el presupuesto que acompaña a la demanda.La parte demandante impugna la sentencia dict
Recurso de apelación civil, sobre reclamación de cantidad en el que a pesar de haber quedado acreditado de forma inequívoca y fehaciente que, efectivamente, en tal momento fue el representante de los arrendadores quién impidiendo que el Sr. Suárez pusiera a disposición de los mismos el local en cuestión, tal requerimiento aún considerándolo como expresivo de la puesta en conocimiento de su propósito de desistir del contrato , se hace con menos de un mes de antelación a
El cómo y el porqué del accidente automovilístico que nos ocupa y la respectiva atribución de responsabilidades en su acusación fueron cuestiones ya abordadas en la sentencia de esta Audiencia de 25 de septiembre de 1992 en el sentido de que el Sr. Rodríguez omitió, aquel cuidado que, con seguridad, hubiere evitado la colisión generando con su conducta ''el desencadenamiento del evento ante la disminución de la velocidad por imperativo de una incidencia del tráfico u ocu
Dados los términos en que está planteada la litis y el resultado de las pruebas practicadas, procede desestimar el recurso interpuesto por la parte interpelada, pues frente a las alegaciones formuladas es de resaltar:
A) De la valoración conjunta de las declaraciones rendidas por los testigos que depusieron a instancia de la actora, confesión de la interpelada al absolver la tercera posición y oficio remitido por el Concello de Culleredo, resu
Teniendo por objeto el presente recurso de apelación únicamente la impugnación del pronunciamiento relativo a las costas contenido en el auto aclaratorio dictado en fecha 6 de noviembre de 1997, que viene a integrar la parte dispositiva de la sentencia recaída en este procedimiento, no cabe duda alguna que el mismo resulta incongruente con el fundamento jurídico sexto de dicha resolución, toda vez que en el mismo, tras imponer las costas causadas a la parte actora a la e
El art.
En el caso presente por la parte recurrente se ejercita una acción reivindicatoria, que da origen al pleito no 358/95, y en el pleito no 703/95, acumulado al anterior se ejercita una acción declarativa de propiedad, por el Sr. L, son dos acciones diferentes aunque enlazadas entre si e incluso a veces confundidas, siendo necesario para el ejercicio de la primera que el demandado sea poseedor o detentado de la cosa, por su genuina 2 finalidad d
Sobre REPARACIONES VIVIENDA en juicio de cognición. Debe partirse, ante esta contienda, que las reparaciones que está obligado a llevar a cabo el arrendador son todas las que representen el carácter de necesarias para conservar la cosa en estado de servir para el uso al que ha sido destinada, esto es, para el uso pactado. No ocurre lo mismo con el fregadero, cuya rotura debe entenderse acreditada por lo manifestado tanto por el aparejador, como por su compañero, tratándos