Sentencia Civil Nº 56, Au...ro de 1998

Última revisión
30/01/1998

Sentencia Civil Nº 56, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 3230/97 de 30 de Enero de 1998

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 30 de Enero de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: BARRIENTOS MONGE, LUIS

Nº de sentencia: 56

Resumen
Cierto que constituye una máxima procesal ya largamente consolidada la que viene señalando que la situación de rebeldía no constituye un allanamiento de la parte demandada a las pretensiones de la actora, ni viene a relevar a esta última de la obligaci6n de probar los hechos en los que se funda su pretensión, ahora bien, también es cierto que hay un principio informador de nuestro ordenamiento que es el de la buena fe, conforme al cual debe entenderse que en nuestra vida de relaci6n, no solamente lo estrictamente mercantil, todo aquel al que se le efectúa una imputación, reclamación o requerimiento, que llega a tener conocimiento de su existencia y contenido, con disponibilidad de medios para alegar y demostrar, en su caso, su no conformidad con el mismo, puede y debe exteriorizar tal desacuerdo. Con todo, tal criterio, que  tiene su apoyo en cierto sector doctrinal, no viene siendo admitido por nuestra jurisprudencia al analizar estas situaciones de rebeldía procesal. Ello, sin embargo, no debe llevar consigo a estimar que la acción de culpa extracontractual ejercitada por el demandante viene a carecer de prueba, pues aunque el testigo Sr. Bermejo Ves inhábil por ley, al ser hijo del demandante, por lo que ya no debió ser admitido y, en consecuencia, su testimonio no puede ser tenido en consideración, no ocurre lo mismo respecto del otro testigo que depuso a instancia de la parte actor, Doña Begoña V, que si viajaba como ocupante en el vehículo del demandante, no constando que se encuentre incurra en ninguna causa de tacha, ni se han acreditado hechos o circunstancias que hagan dudar de la veracidad de su testimonio, que ha resultado expresivo de la negligencia cometida por el otro conductor y, como bien dice la Sra. Juez a quo, no se ha practicado ninguna contraprueba, siquiera indicaría, que venga a poner en tela de juicio la veracidad de esta versión. Se estima el recurso.

Voces

Rebeldía

Reclamación de cantidad

Valor venal

Compañía aseguradora

Intereses legales

Allanamiento

Tipo de interés

Pago de la indemnización

Buena fe

Culpa extracontractual

Ejecución de sentencia

Voluntad

Fundamentos

JUZGADO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARZUA ROLLO: 3230/97

OCVP562

N u m 9 R 0 56

A Coruña, a treinta de Enero de mil novecientos noventa y ocho.

LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA …

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La estética de la política en la democracia española
Disponible

La estética de la política en la democracia española

V.V.A.A

21.25€

20.19€

+ Información

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles
Disponible

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles

Editorial Colex, S.L.

49.95€

47.45€

+ Información

Reclamaciones ante compañía de seguros. Paso a paso
Disponible

Reclamaciones ante compañía de seguros. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Principio de no discriminación y contrato
Disponible

Principio de no discriminación y contrato

Barba, Vincenzo

13.60€

12.92€

+ Información