Jurisprudencia del año 1998.
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Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
En el supuesto de litis, el actor reclama el importe de la reparación de daños materiales ocasionados a su vehículo, cuando circulando por la calle García Barbón de Vigo, se salió de la calzada impactando contra una boca de riego, al perder el dominio del mismo como consecuencia de que la calzada por la que marchaba tenía sus dos carriles llenos de barro y agua. La sentencia de instancia estimando no nos hallamos ante un hecho de circulación, desestima la demanda al acept
Los concretas términos en que se plantea el incidente de impugnación de intereses. En el curso del mismo el Banco ejecutante interesó la práctica de prueba pericial ,al objeto de aclarar el cálculo de intereses, se informe acerca del tipo a que se fijaron los intereses establecidos en la póliza... y si el citado tipo coincide con el aplicado, en concepto de demora .El perito contesta e informa que ''si bien es cierto que en la póliza no consta expresamente el tipo de inte
Al igual que en supuestos anteriores se plantea el problema de la concreción del quantum indemnizatorio en el supuesto de que el coste de la reparación de los desperfectos sufridos por el vehículo, supere o rebase el valor venal del mismo, al tiempo de producirse el siniestro determinante de los daños. El análisis de tal cuestión ha merecido, como es conocido, tres distintas soluciones: la puramente valorativa que atiende al valor en venta del vehículo, por considerar des
Ningún dos argumentos da parte apelante para conclusión da sentencia impugnada, siendo de como hechos non discutidos que o accidente ten lugar encrucijada de calles que en aquel tiempo non tiñan regularmente preferencia de pasaje por señales, sino por reglas generales.
Permítese, o osado perito, establecer conclusiones jurídicas para as que carece de toda atribución e formación. Non le pertenece al perito hablar do ''deber ser'' normativo. Asi,
Respecto a la competencia de la Audiencia para el
conocimiento del incidente delimpugnación de la tasación de costas, basta
acudir a lo prevenido en los arts. 850 u 851 de la
JUICIO DE MENOR CUANTIA sobre Reclamación de cantidad.
Sostiene la parte recurrente que la U.T.E. tenía sobre la empresa subcontratada facultades de control y vigilancia en la ejecución de la obra en virtud de la subcontratación celebrada. Lo fundamental es determinar la índole de la relación entre contratista y subcontratista en orden a las facultades de dirección y control de la actividad del segundo. Se afirma la responsabilidad de dicha Di
Conocido el tono impugnatorio de los alegatos de las partes recurrentes, nada o muy' poco cabe añadir a los completos e impecables razonamientos de la modélica sentencia de instancia. Pero no se trata aquí del tema de la atribución a los codemandados de un diverso grado de negligencia, sino que lo que niegan dos de ellos (arquitecto y aparejador) es su participación en la dirección de la obra. La recurrente se encargó de la construcción de toda la albañilería, estructura
Los hechos que se relatan en la presente fueron llanamente reconocidos por el acusado, que manifestó su disconformidad con la pena. Todos estos datos resultan del testimonio del vecino de la vivienda del acusado que pudo advertir la persecución de que era objeto José Carlos, que según su explicación iba nervioso y escapaba de Francisco Javier que le perseguía con un perro grande tipo pastor alemán.En estas circunstancias, cuando el acusado v
No puede pensarse que el incumplimiento de las
limitaciones impuestas en normas administrativas produzca conflicto que
exclusivamente deba resolverse en el ámbito administrativo, no ocurre así en
los casos de los artículos citados, tampoco habría de producirse ta1
consecuencia en el supuesto del art. 305 de la
SENTENCIA DOBLE
Son embargables todos los bienes propios del deudor, porque con todos, sean presentes o futuros, responde del cumplimiento de sus obligaciones, según preceptiva expresamente al respecto el art. 1.911 CC sin otras limitaciones que consagra la propia ley por motivaciones de equidad y orden público, como las de los artículos siguientes de la referida Ley de Trámites aunque e
En el supuesto de litis, el actor reclama el importe de la reparación de daños materiales ocasionados a su vehículo, cuando circulando por la calle García Barbón de Vigo, se salió de la calzada impactando contra una boca de riego, al perder el dominio del mismo como consecuencia de que la calzada por la que marchaba tenía sus dos carriles llenos de barro y agua. La sentencia de instancia estimando no nos hallamos ante un hecho de circulación, desestima la demanda al acept
Los concretas términos en que se plantea el incidente de impugnación de intereses. En el curso del mismo el Banco ejecutante interesó la práctica de prueba pericial ,al objeto de aclarar el cálculo de intereses, se informe acerca del tipo a que se fijaron los intereses establecidos en la póliza... y si el citado tipo coincide con el aplicado, en concepto de demora .El perito contesta e informa que ''si bien es cierto que en la póliza no consta expresamente el tipo de inte
Al igual que en supuestos anteriores se plantea el problema de la concreción del quantum indemnizatorio en el supuesto de que el coste de la reparación de los desperfectos sufridos por el vehículo, supere o rebase el valor venal del mismo, al tiempo de producirse el siniestro determinante de los daños. El análisis de tal cuestión ha merecido, como es conocido, tres distintas soluciones: la puramente valorativa que atiende al valor en venta del vehículo, por considerar des
Ningún dos argumentos da parte apelante para conclusión da sentencia impugnada, siendo de como hechos non discutidos que o accidente ten lugar encrucijada de calles que en aquel tiempo non tiñan regularmente preferencia de pasaje por señales, sino por reglas generales.
Permítese, o osado perito, establecer conclusiones jurídicas para as que carece de toda atribución e formación. Non le pertenece al perito hablar do ''deber ser'' normativo. Asi,
Respecto a la competencia de la Audiencia para el
conocimiento del incidente delimpugnación de la tasación de costas, basta
acudir a lo prevenido en los arts. 850 u 851 de la
JUICIO DE MENOR CUANTIA sobre Reclamación de cantidad.
Sostiene la parte recurrente que la U.T.E. tenía sobre la empresa subcontratada facultades de control y vigilancia en la ejecución de la obra en virtud de la subcontratación celebrada. Lo fundamental es determinar la índole de la relación entre contratista y subcontratista en orden a las facultades de dirección y control de la actividad del segundo. Se afirma la responsabilidad de dicha Di
Conocido el tono impugnatorio de los alegatos de las partes recurrentes, nada o muy' poco cabe añadir a los completos e impecables razonamientos de la modélica sentencia de instancia. Pero no se trata aquí del tema de la atribución a los codemandados de un diverso grado de negligencia, sino que lo que niegan dos de ellos (arquitecto y aparejador) es su participación en la dirección de la obra. La recurrente se encargó de la construcción de toda la albañilería, estructura
Los hechos que se relatan en la presente fueron llanamente reconocidos por el acusado, que manifestó su disconformidad con la pena. Todos estos datos resultan del testimonio del vecino de la vivienda del acusado que pudo advertir la persecución de que era objeto José Carlos, que según su explicación iba nervioso y escapaba de Francisco Javier que le perseguía con un perro grande tipo pastor alemán.En estas circunstancias, cuando el acusado v
No puede pensarse que el incumplimiento de las
limitaciones impuestas en normas administrativas produzca conflicto que
exclusivamente deba resolverse en el ámbito administrativo, no ocurre así en
los casos de los artículos citados, tampoco habría de producirse ta1
consecuencia en el supuesto del art. 305 de la
SENTENCIA DOBLE
Son embargables todos los bienes propios del deudor, porque con todos, sean presentes o futuros, responde del cumplimiento de sus obligaciones, según preceptiva expresamente al respecto el art. 1.911 CC sin otras limitaciones que consagra la propia ley por motivaciones de equidad y orden público, como las de los artículos siguientes de la referida Ley de Trámites aunque e