Jurisprudencia del año 1998.
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Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Ha de ser atendido el recurso entablado respecto a denegar las visitas del padre natural respecto al hijo cuyo acogimiento se establece. y ello porque resulta patente de las actuaciones que el progenitor de 37 años de edad además de antecedentes penales y conducta de relación con el mundo de la prostitución y de la droga, no tuvo más que un único contacto con su hijo, no escribiéndole, ni llamándole por teléfono al centro donde estaba internado éste; manifestándose por e
Polo que atinxe á cuestión de fondo, con cuia resolución na instancia tamén discrepa a parte apelante, debe dicirse que é moito mais sinxela do que pretende tal recorrente: o artigo 14.2 da devandita Le¡ 13/1989 de Montes Veciñais en Man Común impón a convocatoria de Asamblea Xeral extnaondinaria, a pedido dun minimo do vinte por centno dos comuneiros; non se esixe en tal precepto a concurrencia dentro nequisito e é indifoerente cáles poidan ser os motivos eu nazóns que e
La actora, acredita su dominio mediante un recibo de contribución rústica expedido a nombre de otra persona siendo así que tal documento administrativo no es válido para acreditar la condición jurídica de las fincas y menos aún cuando va extendido a nombre de tercero cuya relación con la pretendida titular del predio no consta. Por lo que en forma alguna se ha cumplido el requisito de acreditar la adecuada legitimación activa, precisa para el ejercicio de la acción confes
SENTENCIA DE PENAL
El recurso formulado por la representación del Consorcio
de Compensación de Seguros, debe ser íntegramente estimado, en cuanto a la
exclusión de responsabilidad civil que postula, puesto que la sentencia de
instancia establece la responsabilidad civil del Consorcio, con base en lo
dispuesto en el art. 60 del
Juicio Retracto.En su demanda los actores mantenían, como un hecho fundamental en que apoyaban sus pretensiones de retracto, que las dos fincas denominadas ''veiga do Baño'', que describían, las cultivaban y aprovechaban forestalmente desde hacia varios años a imitación y sucesión de los antepasados que fueron arrendatarios históricos, pagando por ellas y otras la renta anual de 35 pesetas y trece cestas de maíz que eran entregadas a Don Juan Francisco o su esposa, D Ca
La reforma de la LSA introdujo importantes modificaciones en el régimen de impugnación de acuerdos sociales vigente la Ley los efectos de los acuerdos nulos y anulables se reglan por los principios propios del Derecho Civil a aplicables a dichas clases de actos. En consecuencia los acuerdos nulos se podían hacer valer por acción o por vía de excepción. Pasado ese plazo la nulidad ya no puede ser combatida por vía de acción ni alegada por vía de excepción, salvo que se tra
La responsabilidad de R.. en base a la responsabilidad
extracontractual regulada en el artículo
Los actores plantean una demanda de deshaucio por falta de pago de la sociedad demandada, arrendataria del local. La cognición en los supuestos de juicio de desahucio por falta de pago está limitada por el artículo mil quinientas setenta y nueve de la Ley procesal civil pues sólo se admite la práctica de la prueba de confesión y documental que acredite el pago. Por tanto en supuestos como el presente en el que se trata de resolver o decidir, previamente a la dirimencia de
Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico.
El primer motivo del recurso deducido por la compañía de seguros se refiere a la nulidad de actuaciones que, sin duda, debe ser declarada porque aquella entidad no ha sido citada a juicio, y se ha seguido el juicio en su rebeldía indebidamente declarada, omisión que sin duda ha generado indefensión. Solicitada la acumulación de autos por la parte demandante que formuló demanda contra el Consorcio e instó la ac
La actora recurrente pretende la actualización de la renta del contrato de arrendamiento de local de negocio suscrito por el demandado como arrendatario y por D. Felisindo como administrador sostiene aquella que tal contrato dimana del fechado el 15 de marzo de 1975 suscrito por el mismo administrador y D. Tomás F a partir del cual se produjeron sucesivos traspasos hasta el de litis y, en consecuencia, estima que a efectos de actualización de renta es de aplicación la di
Ha de ser atendido el recurso entablado respecto a denegar las visitas del padre natural respecto al hijo cuyo acogimiento se establece. y ello porque resulta patente de las actuaciones que el progenitor de 37 años de edad además de antecedentes penales y conducta de relación con el mundo de la prostitución y de la droga, no tuvo más que un único contacto con su hijo, no escribiéndole, ni llamándole por teléfono al centro donde estaba internado éste; manifestándose por e
Polo que atinxe á cuestión de fondo, con cuia resolución na instancia tamén discrepa a parte apelante, debe dicirse que é moito mais sinxela do que pretende tal recorrente: o artigo 14.2 da devandita Le¡ 13/1989 de Montes Veciñais en Man Común impón a convocatoria de Asamblea Xeral extnaondinaria, a pedido dun minimo do vinte por centno dos comuneiros; non se esixe en tal precepto a concurrencia dentro nequisito e é indifoerente cáles poidan ser os motivos eu nazóns que e
La actora, acredita su dominio mediante un recibo de contribución rústica expedido a nombre de otra persona siendo así que tal documento administrativo no es válido para acreditar la condición jurídica de las fincas y menos aún cuando va extendido a nombre de tercero cuya relación con la pretendida titular del predio no consta. Por lo que en forma alguna se ha cumplido el requisito de acreditar la adecuada legitimación activa, precisa para el ejercicio de la acción confes
SENTENCIA DE PENAL
El recurso formulado por la representación del Consorcio
de Compensación de Seguros, debe ser íntegramente estimado, en cuanto a la
exclusión de responsabilidad civil que postula, puesto que la sentencia de
instancia establece la responsabilidad civil del Consorcio, con base en lo
dispuesto en el art. 60 del
Juicio Retracto.En su demanda los actores mantenían, como un hecho fundamental en que apoyaban sus pretensiones de retracto, que las dos fincas denominadas ''veiga do Baño'', que describían, las cultivaban y aprovechaban forestalmente desde hacia varios años a imitación y sucesión de los antepasados que fueron arrendatarios históricos, pagando por ellas y otras la renta anual de 35 pesetas y trece cestas de maíz que eran entregadas a Don Juan Francisco o su esposa, D Ca
La reforma de la LSA introdujo importantes modificaciones en el régimen de impugnación de acuerdos sociales vigente la Ley los efectos de los acuerdos nulos y anulables se reglan por los principios propios del Derecho Civil a aplicables a dichas clases de actos. En consecuencia los acuerdos nulos se podían hacer valer por acción o por vía de excepción. Pasado ese plazo la nulidad ya no puede ser combatida por vía de acción ni alegada por vía de excepción, salvo que se tra
La responsabilidad de R.. en base a la responsabilidad
extracontractual regulada en el artículo
Los actores plantean una demanda de deshaucio por falta de pago de la sociedad demandada, arrendataria del local. La cognición en los supuestos de juicio de desahucio por falta de pago está limitada por el artículo mil quinientas setenta y nueve de la Ley procesal civil pues sólo se admite la práctica de la prueba de confesión y documental que acredite el pago. Por tanto en supuestos como el presente en el que se trata de resolver o decidir, previamente a la dirimencia de
Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico.
El primer motivo del recurso deducido por la compañía de seguros se refiere a la nulidad de actuaciones que, sin duda, debe ser declarada porque aquella entidad no ha sido citada a juicio, y se ha seguido el juicio en su rebeldía indebidamente declarada, omisión que sin duda ha generado indefensión. Solicitada la acumulación de autos por la parte demandante que formuló demanda contra el Consorcio e instó la ac
La actora recurrente pretende la actualización de la renta del contrato de arrendamiento de local de negocio suscrito por el demandado como arrendatario y por D. Felisindo como administrador sostiene aquella que tal contrato dimana del fechado el 15 de marzo de 1975 suscrito por el mismo administrador y D. Tomás F a partir del cual se produjeron sucesivos traspasos hasta el de litis y, en consecuencia, estima que a efectos de actualización de renta es de aplicación la di