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Sentencia Civil Nº 452, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0088/97 de 29 de Julio de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 29 de Julio de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME
Nº de sentencia: 452
Resumen
La reforma de la LSA introdujo importantes modificaciones
en el régimen de impugnación de acuerdos sociales vigente la Ley los efectos de
los acuerdos nulos y anulables se reglan por los principios propios del Derecho
Civil a aplicables a dichas clases de actos. En consecuencia los acuerdos nulos
se podían hacer valer por acción o por vía de excepción. Pasado ese plazo la
nulidad ya no puede ser combatida por vía de acción ni alegada por vía de
excepción, salvo que se trate de acuerdos contrarios al orden público.
En el caso que enjuiciamos los acuerdos datan de 11â€6â€1994
y 4â€3â€1995. La demanda se interpuso el 11~3~1995, es decir cumplido
ya el del segundo acuerdo; las contestaciones a la demanda, son, obviamente,
posteriores. Habia transcurrido ya el plazo de caducidad.
Voces
Acuerdos sociales
Impugnación de acuerdos sociales
Plazo de caducidad
Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad cooperativa
Legitimación pasiva
Voluntad
Saldo deudor
Caducidad
Juicio de cognición
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECC16N PRIMERA PONTEVEDRA
LA Sección PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por D .JAIME CARRERA IBARZÁBAL, D.LUCIANO VARELA CASTRO y D. JULIO …
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