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Sentencia Civil Audiencia Provincial de Ourense, Rec 0415/97 de 14 de Marzo de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 14 de Marzo de 1998
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: GODOY MENDEZ, JOSE RAMON
Resumen
La responsabilidad de R.. en base a la responsabilidad
extracontractual regulada en el artículo 1902 del Código Civil deviene clara, puesto que no se trata de que un niño se ,cuele en zona cercada de la Estación
Orense Empalme, sino que el menor accede tranquilamente al hallarse francas las
puertas de entrada para acceso de vehículos, sin personal alguno en dicho lugar
en el momento de autos ejerciendo labores de vigilancia, puesto que el único
vigilante se hallaba vigilando la salida del tren hacia Vigo, como él mismo
pone de manifiesto. Así las cosas, el menor de ocho años de edad, accede
tranquilamente al recinto de la estación ferroviaria y en sus juegos sube al
vagón estacionado, pereciendo electrocutado, bien porque toque la catenaria del
tendido eléctrico o porque al acercarse a menos de treinta centímetros del
cable de alta tensión, supuesto que puede determinar se produzca un arco de
descarga eléctrica, cuyos efectos son similares a si se hubiera tocado el
cable, se produzca en definitiva su muerte. En orden al recurso formulado, cabe
expresar en referencia a la concurrencia de culpas apreciada en la sentencia
apelada, que si bien es difícil exigir un proceso de reflexión rigorista a un
menor, la despreocupada irreflexión que caracteriza a la edad infantil no
parece procedente deba extenderse a ignorar la peligrosidad de jugar en lugares
de tan extrema peligrosidad como la de autos, contra cuyas consecuencias es
razonable entender estaba aleccionado puesto que vivía en zona colindante con
la estación. De otra parte tampoco es necesario extenderse sobre la culpa in
vigilando, cuando el desafortunado niño sale de casa para jugar después de
comer, y su confiada madre entiende que está jugando en el portal con su
hermana y amigos, produciéndose el fatal desenlace sobre las 20.30 horas,
periodo temporal ciertamente dilatado para que el niño no se mueva del lugar en
que su madre, confiada en extremo, entiende debe hallarse aquel.
Se desestima el recurso.
Voces
Responsabilidad
Responsabilidad civil extracontractual
Concurrencia de culpa
Culpa in vigilando
Asegurador
Juicio de cognición
Fundamentos
054846
(APELACION CIVIL)
La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Jesús Francisco Cristín Pérez, Presidente, don Abel Carvajales Santa Eufemia y don José Ramón …
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