Jurisprudencia del año 1998.

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Tribunal


Año
1998
Año
1998
Sentencia Civil Nº 235, AP - Pontevedra, Rec 1055/90, 22-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 235



La presentación de la demanda de juicio ejecutivo es medio susceptible de interrumpir la prescripción, ello siempre y cuando hubiere sido admitida a trámite y se hubiere dado traslado al demandado, por cuanto, teniendo la reclamación carácter receptivo, se hace preciso que la misma sea conocida por el demandado, porque en caso contrario, no se habrá roto frente a él el silencio del actor y por ello no habrá surgido el hecho optativo de la prescripción. En el supuesto de l

Sentencia Civil Nº 437, AP - Pontevedra, Rec 0340/97, 27-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 437



Margarita M, contra los demandados D. José Luis P, entidad ''Construcciones José María G S.L.,  D. Julio Q y Da. Esperanza V, , D. Secundino F y Da. María del Amor, Dª. María Isabel T,  la Comunidad de Propietarios del Edificio número uno de Pontevedra, , y cualquier otra persona que sea titular de cuota de propiedad en el edificio número tres de Pontevedra, o tenga interés en el mismo, debo declarar y declaro la existencia de una servidumbre de ventilación o aireación, c

Sentencia Civil Nº 183, AP - Pontevedra, Rec 2075/98, 15-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO


Nº de sentencia: 183



El recurso, al igual que la demanda, es equívoco ya que confunde o trata de confundir la responsabilidad civil impuesta en el Juicio de Faltas 60/95 del Juzgado de Redondela con la que puede derivar de un vehículo robado o hurtado, atribuida esta legalmente al Consorcio. No puede discutirse la responsabilidad del Consorcio impuesta por sentencia firme en aquel Juicio de faltas, y a la vez es evidente que se trata de una cuestión que habrá de debatirse en su ejecución y li

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 0372/98, 30-09-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO



Ac6llese o recurso formulado pola parte. Dunha beira, e fronte ao mentido na sentencia de instancia, a compañía aseguradora non tivo coñecemento do que se veo chamando segundo sinistro e que non é máis que unha sinxela continuación do anterior. Ese conecemento tirase, non só das cartas certificadas con acusamento de recepci6n remitidas á entidade demandada (folios 32 e ss.), sen6n tamén das comunicaci6ns da propia compañía de seguros, nas que de xeito claro e inequívoco a

Sentencia Civil Nº 180, AP - Pontevedra, Rec 72/97, 04-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: NUÑEZ VIDE, JOSE LUIS


Nº de sentencia: 180



Como diligencia para mejor proveer, se acordó el reconocimiento judicial del lugar, celebrándose dicho acto con asistencia del Ponente, asistido del Secretario de Sala y las partes, según consta el folio 88 del rollo. Como consecuencia de dicho acto, se alcanzó acuerdo entre las partes, plasmando definitivamente en escrito de fecha 19 de mayo último, cuyas cláusulas cien así:

Que de dicha división, corresponde a cada compareciente la siguiente s

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 1085/97, 01-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME



La cuestión a resolver, como acertadamente apunta la sentencia de instancia, no es otra que la delimitación del riesgo asegurado. Conforme a la prueba practicada en esta segunda instancia, a petición de la propia apelante, el ramo de defensa jurídica permite prestar dicho servicio en el ámbito de cualquier jurisdicción y la subordinación de la defensa por responsabilidad civil al hecho de que el asegurado no tenga compañía que ampare la responsabilidad civil o ésta rechac

Sentencia Civil Nº 249, AP - Pontevedra, Rec 0214/97, 30-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 249



Ciertamente el principio de la responsabilidad por culpa es básico en nuestro ordenamiento positivo, al venir acogido en el art. 1902 del Código Civil, de manera que concurre la necesidad ineludible de que el hecho pueda ser reprochado culpabilísticamente al eventual responsable,

Sentencia Civil Nº 16, AP - Lugo, Rec 0474/97, 03-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 16



La aseguradora demandada en su contestación y basándose en el informe pericial de D. Guillermo R alcanza la conclusión de que la causa determinante de la avería ha sido un mantenimiento incorrecto del motor durante un tiempo prolongado, tanto en los tacos de goma del acoplamiento elástico como el estado defectuoso de la superficie del cojinete guía inferior no 7 (que es el  siniestrado). El mismo técnico, al responder a la vigesimoquinta pregunta del interrogatorio, indic

Sentencia Civil Nº 394, AP - Pontevedra, Rec 2194/98, 06-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 394



Se critica el informe pericial, porque, a falta. Se olvida, sin embargo, que el último dictamen (es decir, el pericial propiamente dicho) se emite en base no solamente al referido informe médico, sino también en atención: a la hoja de asistencia del Sanatorio Nuestra Señora de Fátima de 5 de diciembre de 1996; al informe médico evolutivo de la misma Clínica de 30 de marzo de 1998; al informe de TAC cervical realizado en fecha 17 de diciembre de 1996; al informe de RMN cer

Sentencia Civil Nº 93, AP - Pontevedra, Rec 0182/97, 24-02-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO


Nº de sentencia: 93



Juicio Separación matrimonial.

A-  La patria potestad será compartida por ambos cónyuges.

B - El hijo José Luis quedará bajo el cuidado y educación del padre, y el hijo Jonatan bajo el de la madre.

C- El padre podrá visitar a su hijo Jonatan y tenerlo en su compañía los fines de semana alternos desde las 12 horas de la mañana del Sábado hasta las 20 horas del domingo y la mitad de las vacacio

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Sentencia Civil Nº 235, AP - Pontevedra, Rec 1055/90, 22-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 235



La presentación de la demanda de juicio ejecutivo es medio susceptible de interrumpir la prescripción, ello siempre y cuando hubiere sido admitida a trámite y se hubiere dado traslado al demandado, por cuanto, teniendo la reclamación carácter receptivo, se hace preciso que la misma sea conocida por el demandado, porque en caso contrario, no se habrá roto frente a él el silencio del actor y por ello no habrá surgido el hecho optativo de la prescripción. En el supuesto de l

Sentencia Civil Nº 437, AP - Pontevedra, Rec 0340/97, 27-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 437



Margarita M, contra los demandados D. José Luis P, entidad ''Construcciones José María G S.L.,  D. Julio Q y Da. Esperanza V, , D. Secundino F y Da. María del Amor, Dª. María Isabel T,  la Comunidad de Propietarios del Edificio número uno de Pontevedra, , y cualquier otra persona que sea titular de cuota de propiedad en el edificio número tres de Pontevedra, o tenga interés en el mismo, debo declarar y declaro la existencia de una servidumbre de ventilación o aireación, c

Sentencia Civil Nº 183, AP - Pontevedra, Rec 2075/98, 15-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO


Nº de sentencia: 183



El recurso, al igual que la demanda, es equívoco ya que confunde o trata de confundir la responsabilidad civil impuesta en el Juicio de Faltas 60/95 del Juzgado de Redondela con la que puede derivar de un vehículo robado o hurtado, atribuida esta legalmente al Consorcio. No puede discutirse la responsabilidad del Consorcio impuesta por sentencia firme en aquel Juicio de faltas, y a la vez es evidente que se trata de una cuestión que habrá de debatirse en su ejecución y li

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 0372/98, 30-09-1998

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Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO



Ac6llese o recurso formulado pola parte. Dunha beira, e fronte ao mentido na sentencia de instancia, a compañía aseguradora non tivo coñecemento do que se veo chamando segundo sinistro e que non é máis que unha sinxela continuación do anterior. Ese conecemento tirase, non só das cartas certificadas con acusamento de recepci6n remitidas á entidade demandada (folios 32 e ss.), sen6n tamén das comunicaci6ns da propia compañía de seguros, nas que de xeito claro e inequívoco a

Sentencia Civil Nº 180, AP - Pontevedra, Rec 72/97, 04-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: NUÑEZ VIDE, JOSE LUIS


Nº de sentencia: 180



Como diligencia para mejor proveer, se acordó el reconocimiento judicial del lugar, celebrándose dicho acto con asistencia del Ponente, asistido del Secretario de Sala y las partes, según consta el folio 88 del rollo. Como consecuencia de dicho acto, se alcanzó acuerdo entre las partes, plasmando definitivamente en escrito de fecha 19 de mayo último, cuyas cláusulas cien así:

Que de dicha división, corresponde a cada compareciente la siguiente s

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 1085/97, 01-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME



La cuestión a resolver, como acertadamente apunta la sentencia de instancia, no es otra que la delimitación del riesgo asegurado. Conforme a la prueba practicada en esta segunda instancia, a petición de la propia apelante, el ramo de defensa jurídica permite prestar dicho servicio en el ámbito de cualquier jurisdicción y la subordinación de la defensa por responsabilidad civil al hecho de que el asegurado no tenga compañía que ampare la responsabilidad civil o ésta rechac

Sentencia Civil Nº 249, AP - Pontevedra, Rec 0214/97, 30-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 249



Ciertamente el principio de la responsabilidad por culpa es básico en nuestro ordenamiento positivo, al venir acogido en el art. 1902 del Código Civil, de manera que concurre la necesidad ineludible de que el hecho pueda ser reprochado culpabilísticamente al eventual responsable,

Sentencia Civil Nº 16, AP - Lugo, Rec 0474/97, 03-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 16



La aseguradora demandada en su contestación y basándose en el informe pericial de D. Guillermo R alcanza la conclusión de que la causa determinante de la avería ha sido un mantenimiento incorrecto del motor durante un tiempo prolongado, tanto en los tacos de goma del acoplamiento elástico como el estado defectuoso de la superficie del cojinete guía inferior no 7 (que es el  siniestrado). El mismo técnico, al responder a la vigesimoquinta pregunta del interrogatorio, indic

Sentencia Civil Nº 394, AP - Pontevedra, Rec 2194/98, 06-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 394



Se critica el informe pericial, porque, a falta. Se olvida, sin embargo, que el último dictamen (es decir, el pericial propiamente dicho) se emite en base no solamente al referido informe médico, sino también en atención: a la hoja de asistencia del Sanatorio Nuestra Señora de Fátima de 5 de diciembre de 1996; al informe médico evolutivo de la misma Clínica de 30 de marzo de 1998; al informe de TAC cervical realizado en fecha 17 de diciembre de 1996; al informe de RMN cer

Sentencia Civil Nº 93, AP - Pontevedra, Rec 0182/97, 24-02-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO


Nº de sentencia: 93



Juicio Separación matrimonial.

A-  La patria potestad será compartida por ambos cónyuges.

B - El hijo José Luis quedará bajo el cuidado y educación del padre, y el hijo Jonatan bajo el de la madre.

C- El padre podrá visitar a su hijo Jonatan y tenerlo en su compañía los fines de semana alternos desde las 12 horas de la mañana del Sábado hasta las 20 horas del domingo y la mitad de las vacacio

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