Jurisprudencia del año 1998.

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Año
1998
Año
1998
Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0282/97, 02-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



La sentencia recurrida razona su fallo desestimatorio de la demanda ateniéndose al contenido de la citada escritura notarial de compraventa, destacando que el vendedor declara ante el fedatario haber recibido la cantidad estipulada y su propósito de vender los inmuebles, lo que conforma la exigencia específica legal de los arts. 1.249 y <rel id="7499513_119394" uri="http://

Sentencia Civil Nº 28, AP - Pontevedra, Rec 0197/97, 21-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL


Nº de sentencia: 28



A efectos de determinar  la viabilidad de la presente demanda de interdicto de obra nueva, es trascendental la diligencia de reconocimiento judicial, practicada por el Juzgador 'la que'' y que obra al folio 66 y siguientes de procedimiento, en la cual se hace constar, que la estructura del edificio esta realizada quedando por construir los revestimientos interiores y externos, por lo que, es evidente, que siguiendo el criterio jurisprudencial, la obra, tal como se recoge

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0228/97, 23-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: OTERO SEIVANE, JOSEFA



Aunque en el escrito de formalización del recurso se relacionan cuatro motivos de apelación, el primero contiene un resumen de antecedentes y el cuarto reitera los fundamentos de derecho del escrito de contestación por lo que, en realidad, la impugnación propiamente dicha se efectúa en los apartados segunda y tercero, relativos, respectivamente, a nulidad de actuaciones y a la sentencia recaída en primera instancia.

Respecto al reconocimiento ju

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 319/97, 03-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: HERMIDA CEBREIRO, HIPOLITO



Se consideran probados, especialmente la no conclusión de la obra (por no poder utilizarse la puerta o vano ya practicado) y la existencia del perjuicio (por afectar el paso a un espacio utilizado por la parte actora).

Debe añadirse que la interpretación de la escritura de división horizontal debe ser objeto de juicio declarativo.

Se desestima el recurso.

 

 

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Sentencia Civil Nº 453, AP - Pontevedra, Rec 163/98, 29-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 453



La contribución al accidente por el turismo del demandado es mayor que la señalada por el juzgador, habida cuenta de que circulaba a velocidad algo superior a la que la prudencia aconseja para aquel lugar  y que invadía la izquierda sin que se haya justificado que hubiese un vehículo estacionado que le obligase a tal desplazamiento, y que, en todo caso, aún de efectuarse adelantamiento a vehículo inmovilizado tiene específicos deberes de cautela según el articulo 88 del R

Sentencia Civil Nº 647, AP - Lugo, Rec 3105/98, 26-09-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: PEREZ RODRIGUEZ, MODESTO


Nº de sentencia: 647



La representación del demandado D. Antonio P alega curso, como único motivo de apelación, error en la apreciación de la prueba al sele a dicho conductor una invasión con su vehículo del espacio de calzada o al vehículo contrario, entendiendo dicho apelante que, contrariamente a lo o en la sentencia recurrida, la colisión se produce precisamente por invadir el  con su vehículo el carril por el que circulaba en forma correcta aquél, lo que perfectamente acreditado en base a

Sentencia Civil Nº 290, AP - Lugo, Rec 1549/98, 21-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 290



La fotografía catastral que los demandados aportan con la contestación a la demanda es sumamente reveladora al respecto de que, en tal momento el linde de la finca de los demandados con el camino de servicio estaba constituido por una línea recta, situación que, en su proyección, aparece también subsistente luego de la construcción del muro litigioso por parte de los demandados. Desde luego no se puede asentar una pretensión reivindicatoria en una afirmación, por otra par

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 0002/98, 10-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL



Es viable el único motivo de recurso de la parte ejecutada, ya que el estado de indefensión que invoca carece de toda fundamentación. Y de ningún modo puede aceptarse como contradictorio, y mucho menos provocador, de indefensión, la práctica de una prueba pericial contable porque, en primer lugar, aunque esa prueba ha sido propuesta por la parte ejecutante pero rechazada por el Juzgado, precisamente por considerarla innecesaria, y en segunda lugar su potencial práctica po

Sentencia Civil Nº 16, AP - Ourense, Rec 101/97, 15-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO


Nº de sentencia: 16



Los predios, que no pueden ser sujetos de derechos _ por eso no es exacto decir que la servidumbre supone una relación entre fincas, son medio para la adquisición y ejercicio de la servidumbre, que, como señalaba la sentencia de 17 de octubre de 1970, es un derecho  subjetivamente real'' y, por tanto, los dueños de los fundos dominante y sirviente son, respectivamente, los titulares del derecho y los obligados a soportar la carga. De aquí que cuando se ejercita la acción

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0575/97, 17-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



Aun dando por buena la valoración que hace el juzgador de la instancia de que el contrato de seguro de automóvil concertado por las partes litigantes con efectos desde 28 de diciembre de 1.992 hasta el 28 de diciembre de 1.993 no fuese reemplazado por otro al que se contrae el recibo impagado extendido para la cobertura de 28.12.93 a 28.12.94, sino que se trata de una mera renovación de póliza a pesar de que el discutido recibo refiera distinta numeración de póliza con re

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Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0282/97, 02-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



La sentencia recurrida razona su fallo desestimatorio de la demanda ateniéndose al contenido de la citada escritura notarial de compraventa, destacando que el vendedor declara ante el fedatario haber recibido la cantidad estipulada y su propósito de vender los inmuebles, lo que conforma la exigencia específica legal de los arts. 1.249 y <rel id="7499513_119394" uri="http://

Sentencia Civil Nº 28, AP - Pontevedra, Rec 0197/97, 21-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL


Nº de sentencia: 28



A efectos de determinar  la viabilidad de la presente demanda de interdicto de obra nueva, es trascendental la diligencia de reconocimiento judicial, practicada por el Juzgador 'la que'' y que obra al folio 66 y siguientes de procedimiento, en la cual se hace constar, que la estructura del edificio esta realizada quedando por construir los revestimientos interiores y externos, por lo que, es evidente, que siguiendo el criterio jurisprudencial, la obra, tal como se recoge

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0228/97, 23-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: OTERO SEIVANE, JOSEFA



Aunque en el escrito de formalización del recurso se relacionan cuatro motivos de apelación, el primero contiene un resumen de antecedentes y el cuarto reitera los fundamentos de derecho del escrito de contestación por lo que, en realidad, la impugnación propiamente dicha se efectúa en los apartados segunda y tercero, relativos, respectivamente, a nulidad de actuaciones y a la sentencia recaída en primera instancia.

Respecto al reconocimiento ju

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 319/97, 03-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: HERMIDA CEBREIRO, HIPOLITO



Se consideran probados, especialmente la no conclusión de la obra (por no poder utilizarse la puerta o vano ya practicado) y la existencia del perjuicio (por afectar el paso a un espacio utilizado por la parte actora).

Debe añadirse que la interpretación de la escritura de división horizontal debe ser objeto de juicio declarativo.

Se desestima el recurso.

 

 

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Sentencia Civil Nº 453, AP - Pontevedra, Rec 163/98, 29-07-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 453



La contribución al accidente por el turismo del demandado es mayor que la señalada por el juzgador, habida cuenta de que circulaba a velocidad algo superior a la que la prudencia aconseja para aquel lugar  y que invadía la izquierda sin que se haya justificado que hubiese un vehículo estacionado que le obligase a tal desplazamiento, y que, en todo caso, aún de efectuarse adelantamiento a vehículo inmovilizado tiene específicos deberes de cautela según el articulo 88 del R

Sentencia Civil Nº 647, AP - Lugo, Rec 3105/98, 26-09-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: PEREZ RODRIGUEZ, MODESTO


Nº de sentencia: 647



La representación del demandado D. Antonio P alega curso, como único motivo de apelación, error en la apreciación de la prueba al sele a dicho conductor una invasión con su vehículo del espacio de calzada o al vehículo contrario, entendiendo dicho apelante que, contrariamente a lo o en la sentencia recurrida, la colisión se produce precisamente por invadir el  con su vehículo el carril por el que circulaba en forma correcta aquél, lo que perfectamente acreditado en base a

Sentencia Civil Nº 290, AP - Lugo, Rec 1549/98, 21-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 290



La fotografía catastral que los demandados aportan con la contestación a la demanda es sumamente reveladora al respecto de que, en tal momento el linde de la finca de los demandados con el camino de servicio estaba constituido por una línea recta, situación que, en su proyección, aparece también subsistente luego de la construcción del muro litigioso por parte de los demandados. Desde luego no se puede asentar una pretensión reivindicatoria en una afirmación, por otra par

Sentencia Civil AP - Pontevedra, Rec 0002/98, 10-07-1998

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Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL



Es viable el único motivo de recurso de la parte ejecutada, ya que el estado de indefensión que invoca carece de toda fundamentación. Y de ningún modo puede aceptarse como contradictorio, y mucho menos provocador, de indefensión, la práctica de una prueba pericial contable porque, en primer lugar, aunque esa prueba ha sido propuesta por la parte ejecutante pero rechazada por el Juzgado, precisamente por considerarla innecesaria, y en segunda lugar su potencial práctica po

Sentencia Civil Nº 16, AP - Ourense, Rec 101/97, 15-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO


Nº de sentencia: 16



Los predios, que no pueden ser sujetos de derechos _ por eso no es exacto decir que la servidumbre supone una relación entre fincas, son medio para la adquisición y ejercicio de la servidumbre, que, como señalaba la sentencia de 17 de octubre de 1970, es un derecho  subjetivamente real'' y, por tanto, los dueños de los fundos dominante y sirviente son, respectivamente, los titulares del derecho y los obligados a soportar la carga. De aquí que cuando se ejercita la acción

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 0575/97, 17-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



Aun dando por buena la valoración que hace el juzgador de la instancia de que el contrato de seguro de automóvil concertado por las partes litigantes con efectos desde 28 de diciembre de 1.992 hasta el 28 de diciembre de 1.993 no fuese reemplazado por otro al que se contrae el recibo impagado extendido para la cobertura de 28.12.93 a 28.12.94, sino que se trata de una mera renovación de póliza a pesar de que el discutido recibo refiera distinta numeración de póliza con re

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