Legislación

Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas. - Boletín Oficial del Estado de 05-05-2021

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Febrero de 2023

F. entrada en vigor: 06/05/2021

Órgano emisor: MINISTERIO DE DEFENSA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 107

F. Publicación: 05/05/2021


Artículo único. Aprobación del Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Guardia Civil. D.A. 2ª. Acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con créditos adquiridos. D.A. 3ª. Acceso a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina con créditos adquiridos. D.A. 4ª. Programas formativos para las escalas de suboficiales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Promoción interna de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas. D.T. 2ª. Normativa aplicable a los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación. D.T. 3ª. Titulaciones específicas para el acceso a cada escala y cuerpo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE INGRESO Y PROMOCIÓN EN LAS FUERZAS ARMADAS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Procedimiento de ingreso en los centros docentes militares de formación
SECCIÓN 1.ª Generalidades
Artículo 3. Principios rectores en la selección para el ingreso. Artículo 4. Formas de ingreso. Artículo 5. Sistemas de selección. Artículo 6. Modelo de ingreso y promoción del militar profesional. Artículo 7. Enseñanzas y plazas en los centros universitarios de la Defensa. Artículo 8. Procesos de selección.
SECCIÓN 2.ª Convocatorias
Artículo 9. Generalidades. Artículo 10. Orden de actuación. Artículo 11. Bases comunes. Artículo 12. Bases específicas.
SECCIÓN 3.ª Órganos de selección
Artículo 13. Criterios generales.
SECCIÓN 4.ª Requisitos que deben reunir las personas aspirantes
Artículo 14. Principio general. Artículo 15. Requisitos generales de las personas aspirantes. Artículo 16. Requisitos específicos de titulación. Artículo 17. Requisitos específicos de edad.
SECCIÓN 5.ª Protección de la maternidad
Artículo 18. Desarrollo de las pruebas en caso de embarazo, parto o posparto.
SECCIÓN 6.ª Nombramiento del alumnado
Artículo 19. Nombramiento del alumnado. ANEXO I. Ramas de conocimiento y familias profesionales del sistema educativo general con las que se puede ingresar en los centros docentes militares de formación para cursar las enseñanzas para integrarse o adscribirse a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas ANEXO II. Países cuyos nacionales pueden acceder a las Fuerzas Armadas españolas