Sentencia Civil Nº 28, Au...ro de 1998

Última revisión
21/01/1998

Sentencia Civil Nº 28, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0197/97 de 21 de Enero de 1998

Tiempo de lectura: 21 min

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Orden: Civil

Fecha: 21 de Enero de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL

Nº de sentencia: 28

Resumen
A efectos de determinar  la viabilidad de la presente demanda de interdicto de obra nueva, es trascendental la diligencia de reconocimiento judicial, practicada por el Juzgador 'la que'' y que obra al folio 66 y siguientes de procedimiento, en la cual se hace constar, que la estructura del edificio esta realizada quedando por construir los revestimientos interiores y externos, por lo que, es evidente, que siguiendo el criterio jurisprudencial, la obra, tal como se recoge en la sentencia que se apela, se encuentra terminada, y así la jurisprudencia dice ''que es improcedente el interdicto de obra nueva, cuando la edificación está terminada, entendiendo por ello cuando su altura y cerramientos perimetrales alcanzan toda su altura y extensión,, lo que equivale a cubrir aguas, aunque solamente exista la estructura de hormigón, como cerrándose los límites exteriores de la misma, ya que en este momento, los posibles perjuicios que se pueden irrogar al que acciona, si bien se hubieran producido al  initiol, de la construcción, no sucede  la mismo, cuando la obra se encuentra consolidada, extremos, que llevan a la desestimación del recurso de apelación, y a confirmar la apelada por su propia fundamentación, y así la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, tienen declarado, que no existirá obra nueva, cuando la construcción haya llegado a su estado aunque constructivamente no acabada en su totalidad, ya no sea capaz de ocasionar potencialmente perjuicio alguno al interdictante. Se desestima el recurso.  

Voces

Interdicto de obra nueva

Reconocimiento judicial

Obra nueva

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL 0853

SECCION SEGUNDA

PONTEVEDRA

APELACION CIVIL

Rollo : 0197/97

Asunto : INTERDICTO OBRA NUEVA

Número : 0084197

Procedencia : JDO.1 INST.E INSTR A ESTRADA

LA SECCION …

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