Ley 9/2016, de 2 de junio, de medidas urgentes en materia de espectáculos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 06-06-2016
Índice
Texto
Ambito: Murcia
Estado: DEROGADO. Desde 26 de Noviembre de 2023 por Decreto-Ley n.º 4/2023, de 23 de noviembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
F. entrada en vigor: 07/06/2016
Órgano emisor: PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 130
F. Publicación: 06/06/2016
Atención: Norma en revisión. Modificaciones pendientes por integrar en el refundido
- Con efectos de 16 de noviembre de 2022 por Resolución de 19 de octubre de 2022 se deja sin efecto la derogación de la presente norma en la redacción dada por el Decreto-ley 3/2022, de 22 de septiembre.
- Resolución por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Pleno de la Asamblea Regional de Murcia, de fecha 19 de octubre de 2022, por el que se acuerda la derogación del Decreto-Ley n.º 3/2022, de 22 de septiembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de establecimientos públicos, espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
PREÁMBULO
Artículo 1. Infracción leve.
Artículo 2. Infracción grave.
Artículo 3. Prescripción de las infracciones.
Artículo 4. Graduación de la sanciones.
Artículo 5. Sanciones.
Artículo 6. Prescripción de las sanciones.
Artículo 7. Órganos competentes.
Artículo 8. Procedimiento sancionador.
Artículo 9. Declaraciones de agentes de la autoridad.
Artículo 10. Sujetos responsables.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.