Articulo 1 Medidas urgentes en materia de espectáculos públicos
Articulo 1 Medidas urgent...s públicos

Articulo 1 Medidas urgentes en materia de espectáculos públicos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Infracción leve.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Constituye infracción leve la apertura o el cierre de establecimientos públicos o la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas fuera del horario establecido o autorizado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-06-2016 en vigor desde 07-06-2016