Legislación

LEY 8/1991, de 30 de abril, de proteccion de los animales. - Boletín Oficial de Canarias de 13-05-1991

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Junio de 1991

F. entrada en vigor: 02/06/1991

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 62

F. Publicación: 13/05/1991

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9.
CAPÍTULO II. De los animales domésticos y de compañía
Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12.
CAPÍTULO III. Criaderos y establecimientos de venta de animales de compañía
Artículo 13.
CAPÍTULO IV. Establecimientos para el mantenimiento temporal de animales domésticos
Artículo 14. Artículo 15.
CAPÍTULO V. Del abandono y de los centros de recogida
Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Artículo 19. Artículo 20.
CAPÍTULO VI. De las asociaciones de protección y defensa de los animales
Artículo 21.
CAPÍTULO VII. Del censo, inspección y vigilancia
Artículo 22. Artículo 23.
CAPÍTULO VIII. De las infracciones y de las sanciones
Sección primera. Infracciones
Artículo 24.
Sección segunda. Sanciones
Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27. Artículo 28. Artículo 29. Artículo 30.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.