Articulo 3 Protección de ...n Canarias

Articulo 3 Protección de los animales en Canarias

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Artículo 3.

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1. Quedan fuera del ámbito de esta Ley y se regirán por su normativa propia:

a) La caza.

b) La pesca.

c) Las actividades de experimentación, incluida la vivisección de animales.

d) La protección y conservación de la fauna silvestre.

2. Asimismo, quedan fuera del ámbito de esta Ley los animales salvajes cautivos o los criados con la finalidad de ser devueltos al medio natural. No obstante, no serán objeto de malos tratos y deberá observarse para éstos las mismas condiciones higiénico-sanitarias, de salubridad y de alimentación preceptuadas en esta Ley.