LEY 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE). [2004/6915] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 02-07-2004
Índice
Texto
Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024
F. entrada en vigor: 02/01/2005
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 4788
F. Publicación: 02/07/2004
PREÁMBULO
TÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación de la ley
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
TÍTULO II. Calidad de la edificación
Artículo 3. Concepto de calidad
Artículo 4. Requisitos básicos de la edificación
Artículo 5. Acciones de la administración
TÍTULO III. El proceso de la edificación
CAPÍTULO I. La actividad de la edificación
Artículo 6. Actividades y agentes de la edificación
SECCIÓN 1.ª De la promoción
Artículo 7. Promoción
Artículo 8. Acciones de la administración en la promoción
SECCIÓN 2.ª De la concepción técnica del edificio
Artículo 9. Concepción técnica del edificio
Artículo 10. El proyecto
Artículo 11. Fases de proyecto
Artículo 12. Acciones de la administración
SECCIÓN 3.ª La ejecución de las obras
Artículo 13. Generalidades
Artículo 14. La dirección facultativa de las obras
Artículo 15. El comienzo de las obras.
Artículo 16. La construcción
Artículo 17. El suministro de productos
Artículo 18. La prestación de asistencias técnicas y servicios
Artículo 19. La terminación de las obras
Artículo 20. La recepción de la obra
Artículo 21. La documentación de la obra ejecutada
Artículo 22. Acciones de la administración
SECCIÓN 4.ª Vida útil del edificio
Artículo 23. Vida útil del edificio
Artículo 24. Deber de mantenimiento y rehabilitación
Artículo 25. Acciones de la administración
CAPÍTULO II. Autorizaciones administrativas
Artículo 26. Licencias y autorizaciones administrativas
SECCIÓN 1.ª De la licencia municipal de edificación
Artículo 27. Licencia municipal de edificación
Artículo 28. Resolución única
Artículo 29. Procedimiento y plazos
Artículo 30. Silencio administrativo
Artículo 31. Suministros
SECCIÓN 2.ª De la Licencia municipal de ocupación
Artículo 32. Licencia municipal de ocupación
Artículo 33. Exigencia de la licencia municipal de ocupación
Artículo 34. Procedimiento y plazos
Artículo 35. Silencio administrativo
Artículo 36. Coordinación administrativa
CAPÍTULO III. Los agentes de la edificación
Artículo 37. Agentes de la edificación
Artículo 38. Obligaciones de los agentes de la edificación
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Programa para el fomento de la calidad de la edificación en la Comunidad Valenciana
D.A. 2ª. Obligatoriedad del Libro del Edificio
D.A. 3ª. Tasas
D.A. 4ª. Autorizaciones administrativas
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Solicitudes de licencia municipal de edificación en tramitación
D.T. 2ª. Plazo para la efectiva aplicación de las licencias municipales de edificación y de ocupación
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Fundamento competencial
D.F. 2ª. Autorización al Consell de la Generalitat para el desarrollo de esta ley
D.F. 3ª. Entrada en vigor