Articulo 36 Ordenación y ...dificación

Articulo 36 Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación

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Artículo 36. Coordinación administrativa

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1. La Generalitat, podrá dictar las normas necesarias para ordenar la actividad municipal en el otorgamiento de licencias de ocupación, tanto la primera como las ulteriores, la inspección y la revocación.

2. Asimismo, podrá dictar instrucciones técnicas de carácter general y recabar, en cualquier momento, información sobre la gestión municipal y formular los requerimientos pertinentes para la subsanación de las deficiencias observadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 02-01-2005