Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
Filtros
Voces
Presunción de inocencia
Drogas
Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
Cuando existe una jurisprudencia sobre un tema, como es el que hoy se conoce, no puede dejar de observarse la misma en aras al principio de "in dubio pro reo". No nos encontramos ante una interpretación dudosa de algún precepto para, en su caso, tener que optar por esa solución. Si el Alto Tribunal fundadamente además, ha entendido que el dies ad quem ha de ser el de comisión del nuevo delito y no el de sentencia, a ello debemos estar.
JUICIO DE FALTAS SOBRE AMENAZAS
La apelada se presentó en casa de su ex-cónyuge para recoger a sus hijo, enzarzándose en una discusión en la que su ex marido la insultó, llegando a agarrarla por el cuello. Por lo que se condena al apelante por una falta de amenazas leves sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
La declaración de Hechos Probados contenida en la sentencia apelada es expresión de u
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condena a los acusados en un procedimiento seguido por delito de daños terroristas. La Sala considera que es patente el "animus damnandi" en quienes suben a la fuerza a un autobús público, y con el extintor, golpean las ventanas de aquél, produciendo su fractura, constando asimismo acreditada la realidad y cuantía del menoscabo patrimonial sufrido por el sujeto pasivo del delito. Los hechos han quedado plenamente acreditados por el reconocimiento
Agotamiento de la vía judicial procedente: Inexistencia.
SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD
Cuando existe una jurisprudencia sobre un tema, como es el que hoy se conoce, no puede dejar de observarse la misma en aras al principio de "in dubio pro reo". No nos encontramos ante una interpretación dudosa de algún precepto para, en su caso, tener que optar por esa solución. Si el Alto Tribunal fundadamente además, ha entendido que el dies ad quem ha de ser el de comisión del nuevo delito y no el de sentencia, a ello debemos estar.
JUICIO DE FALTAS SOBRE AMENAZAS
La apelada se presentó en casa de su ex-cónyuge para recoger a sus hijo, enzarzándose en una discusión en la que su ex marido la insultó, llegando a agarrarla por el cuello. Por lo que se condena al apelante por una falta de amenazas leves sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
La declaración de Hechos Probados contenida en la sentencia apelada es expresión de u
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condena a los acusados en un procedimiento seguido por delito de daños terroristas. La Sala considera que es patente el "animus damnandi" en quienes suben a la fuerza a un autobús público, y con el extintor, golpean las ventanas de aquél, produciendo su fractura, constando asimismo acreditada la realidad y cuantía del menoscabo patrimonial sufrido por el sujeto pasivo del delito. Los hechos han quedado plenamente acreditados por el reconocimiento
Agotamiento de la vía judicial procedente: Inexistencia.
SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD