Jurisprudencia del año 1998.

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Año
1998
Año
1998
Sentencia Civil Nº 9, AP - Pontevedra, Rec 1054/97, 14-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 9



AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA PONTEVEDRA

Rollo Civil : 1054/97

P,Civil : 0709196

Tipo Asunto : COGNICION

Procedencia : JDO.1.INSTANCIA VIGO_9

LA SECCION PRIMERA DE LA  AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por D. JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente, D. LUCIANO VARELA CASTRO y D. JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO, Magistrados han pro

Sentencia Civil Nº 626, AP - Lugo, Rec 185/98, 16-09-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: CONDE SALGADO, REMIGIO


Nº de sentencia: 626



Las pruebas practicadas en el presente procedimiento evidencian con total claridad que las constitución por los demandados, de las sociedades mercantiles "P S.L." y 'T S.L.", en fecha de dieciséis de marzo de 1994, no tuvo como finalidad la expresada en dichos actos constitutivos, sino la de poner a salvo de los acreedores determinados bienes pertenecientes a algunos de los demandados. concretamente los bienes pertenecientes aquellos que en su día habían suscrito las póli

Sentencia Civil Nº 198, AP - Lugo, Rec 0387/97, 03-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: ALFAYA OCAMPO, JUAN MANUEL


Nº de sentencia: 198



Á beira da devandita omisión existe outra, non menos transcendente, como é a relacionada coa falla da debida sinalización e dos oportutuos obstáculos que impedisen o acceso á obra e advertisen dos posibles perigos existentes nela. rúa á marxe da cal estaban as ringleiras de nichos, para o exame dos cales se facia entón obrigado transitar sempre pola proximidade daquela arqueta, aumentado as! o risco de caer nela. E en terceiro lugar, e como xa destacou a xulgadora a quo,

Sentencia Civil Nº 207, AP - Pontevedra, Rec 340/97, 18-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: PEREZ QUINTELA, CESAR AUGUSTO


Nº de sentencia: 207



Para resolver adecuadamente el tema que se plantea, debe tenerse muy presente que la condena en costas es una obligación judicialmente impuesta a una de las partes del proceso frente a la otra, que tiene por finalidad reintegrar a la parte victoriosa los gastos legítimos que ésta tuvo que sufran en el pleito o causa. No se trata por ello, de que un abogado o procurador reclame el pago de sus honorarios a quién tiene obligación de abonarlos (su cliente).

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Sentencia Civil Nº 231, AP - Pontevedra, Rec 1116/97, 21-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO


Nº de sentencia: 231



AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMEIRA

PONTEVEDRA 

Rolo Civil : 1116/97

P.Civil : 0100/97

Orixe : XI)O.la INST. e INSTR. PONTEAREAS 2

Tipo Asunto :  COGNICION

A SECCION PRIMEIRA DA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, composta por D. LUCIANO VARELA CASTRO, Presidente, D. JUAN MANUEL ALFA

Sentencia Civil Nº 485, AP - Lugo, Rec 235/98, 23-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: MONTES SOMOZA, XOAN CARLOS


Nº de sentencia: 485



El supuesto que es objeto de enjuiciamiento encaja, conforme a la realidad expuesta, en el artículo 85.1 de la LAU, el cual remite al artículo 86; este último precepto  contempla una acción destinada a aquellos arrendatarios que _cual ocurre en el presente caso_ ocuparan en el inmueble demolido un local de negocio situado en la planta baja y al exterior, facultándoles para ocupa

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 397/97, 06-05-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



Reducido el tema del recurso a la procedencia o no de la imposición de las castas de la instancia, habrá de concluirse que justificada la oportunidad de la presentación de la demanda y la prosecución del procedimiento hasta sentencia, y disponerse en esta el seguir adelante la ejecución, la imposición de las costas a la parte ejecutada es de rigor legal, véase que incluso para el supuesto de atenderse el requerimiento de pago el art. <rel id="436271_25387" uri="http://poo

Sentencia Civil Nº 138, AP - Pontevedra, Rec 218g/97, 12-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR


Nº de sentencia: 138



Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico. Recurso de D. Julio  y doña Josefa .Pretenden, en primer lugar, el incremento de la indemnizaban señalada por el fallecimiento de su hijo, de 30 años. Obviamente, la concurrencia de otra agraviada, cual es la conviviente con su hijo, no excluye la valoración del daño moral. Aunque el hijo pasó a vivir con aquélla, esa cesación de convivencia diaria no resta intensidad al dolor moral por la pérdida de un hijo en edad todavía joven. Por el

Sentencia Civil Nº 185, AP - Pontevedra, Rec 2090/98, 27-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 185



La pretensión deducida por la entidad aseguradora, Compañía de Seguros Cenerales y Reaseguros S.A.'' y D. Daniel , habría necesariamente de decaer, a virtud de la aplicación del instituto prescriptivo. Ejercitada acción de responsabilidad civil derivada de culpa o negligencia de que trata el art. 1902 del <rel id="7499513" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30429"

Sentencia Civil Nº 470, AP - Lugo, Rec 69/98, 20-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 470



El único punto al que se refiere el presente recurso es el relativo a la determinación de un cantidad, diez mil pesetas, que es la que el esposo ha de pasar a la esposa por el concepto de pensión compensatoria. A tal respecto será preciso indicar que ha quedado acreditado que el esposo percibe una retribución mensual líquida de 217.809 pts. También ha resultado probado que los esposos contrajeron matrimonio en fecha 1/10/94 y que el hijo matrimonial, Carlos, nació el 16/1

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Sentencia Civil Nº 9, AP - Pontevedra, Rec 1054/97, 14-01-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 9



AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA PONTEVEDRA

Rollo Civil : 1054/97

P,Civil : 0709196

Tipo Asunto : COGNICION

Procedencia : JDO.1.INSTANCIA VIGO_9

LA SECCION PRIMERA DE LA  AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por D. JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente, D. LUCIANO VARELA CASTRO y D. JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO, Magistrados han pro

Sentencia Civil Nº 626, AP - Lugo, Rec 185/98, 16-09-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: CONDE SALGADO, REMIGIO


Nº de sentencia: 626



Las pruebas practicadas en el presente procedimiento evidencian con total claridad que las constitución por los demandados, de las sociedades mercantiles "P S.L." y 'T S.L.", en fecha de dieciséis de marzo de 1994, no tuvo como finalidad la expresada en dichos actos constitutivos, sino la de poner a salvo de los acreedores determinados bienes pertenecientes a algunos de los demandados. concretamente los bienes pertenecientes aquellos que en su día habían suscrito las póli

Sentencia Civil Nº 198, AP - Lugo, Rec 0387/97, 03-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: ALFAYA OCAMPO, JUAN MANUEL


Nº de sentencia: 198



Á beira da devandita omisión existe outra, non menos transcendente, como é a relacionada coa falla da debida sinalización e dos oportutuos obstáculos que impedisen o acceso á obra e advertisen dos posibles perigos existentes nela. rúa á marxe da cal estaban as ringleiras de nichos, para o exame dos cales se facia entón obrigado transitar sempre pola proximidade daquela arqueta, aumentado as! o risco de caer nela. E en terceiro lugar, e como xa destacou a xulgadora a quo,

Sentencia Civil Nº 207, AP - Pontevedra, Rec 340/97, 18-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: PEREZ QUINTELA, CESAR AUGUSTO


Nº de sentencia: 207



Para resolver adecuadamente el tema que se plantea, debe tenerse muy presente que la condena en costas es una obligación judicialmente impuesta a una de las partes del proceso frente a la otra, que tiene por finalidad reintegrar a la parte victoriosa los gastos legítimos que ésta tuvo que sufran en el pleito o causa. No se trata por ello, de que un abogado o procurador reclame el pago de sus honorarios a quién tiene obligación de abonarlos (su cliente).

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Sentencia Civil Nº 231, AP - Pontevedra, Rec 1116/97, 21-04-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: VARELA CASTRO, LUCIANO


Nº de sentencia: 231



AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMEIRA

PONTEVEDRA 

Rolo Civil : 1116/97

P.Civil : 0100/97

Orixe : XI)O.la INST. e INSTR. PONTEAREAS 2

Tipo Asunto :  COGNICION

A SECCION PRIMEIRA DA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, composta por D. LUCIANO VARELA CASTRO, Presidente, D. JUAN MANUEL ALFA

Sentencia Civil Nº 485, AP - Lugo, Rec 235/98, 23-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: MONTES SOMOZA, XOAN CARLOS


Nº de sentencia: 485



El supuesto que es objeto de enjuiciamiento encaja, conforme a la realidad expuesta, en el artículo 85.1 de la LAU, el cual remite al artículo 86; este último precepto  contempla una acción destinada a aquellos arrendatarios que _cual ocurre en el presente caso_ ocuparan en el inmueble demolido un local de negocio situado en la planta baja y al exterior, facultándoles para ocupa

Sentencia Civil AP - Ourense, Rec 397/97, 06-05-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL



Reducido el tema del recurso a la procedencia o no de la imposición de las castas de la instancia, habrá de concluirse que justificada la oportunidad de la presentación de la demanda y la prosecución del procedimiento hasta sentencia, y disponerse en esta el seguir adelante la ejecución, la imposición de las costas a la parte ejecutada es de rigor legal, véase que incluso para el supuesto de atenderse el requerimiento de pago el art. <rel id="436271_25387" uri="http://poo

Sentencia Civil Nº 138, AP - Pontevedra, Rec 218g/97, 12-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR


Nº de sentencia: 138



Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico. Recurso de D. Julio  y doña Josefa .Pretenden, en primer lugar, el incremento de la indemnizaban señalada por el fallecimiento de su hijo, de 30 años. Obviamente, la concurrencia de otra agraviada, cual es la conviviente con su hijo, no excluye la valoración del daño moral. Aunque el hijo pasó a vivir con aquélla, esa cesación de convivencia diaria no resta intensidad al dolor moral por la pérdida de un hijo en edad todavía joven. Por el

Sentencia Civil Nº 185, AP - Pontevedra, Rec 2090/98, 27-03-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME


Nº de sentencia: 185



La pretensión deducida por la entidad aseguradora, Compañía de Seguros Cenerales y Reaseguros S.A.'' y D. Daniel , habría necesariamente de decaer, a virtud de la aplicación del instituto prescriptivo. Ejercitada acción de responsabilidad civil derivada de culpa o negligencia de que trata el art. 1902 del <rel id="7499513" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30429"

Sentencia Civil Nº 470, AP - Lugo, Rec 69/98, 20-06-1998

Orden: Civil


Tribunal: AP - Lugo


Ponente: FERNANDEZ CLOOS, EDGAR AMANDO


Nº de sentencia: 470



El único punto al que se refiere el presente recurso es el relativo a la determinación de un cantidad, diez mil pesetas, que es la que el esposo ha de pasar a la esposa por el concepto de pensión compensatoria. A tal respecto será preciso indicar que ha quedado acreditado que el esposo percibe una retribución mensual líquida de 217.809 pts. También ha resultado probado que los esposos contrajeron matrimonio en fecha 1/10/94 y que el hijo matrimonial, Carlos, nació el 16/1

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