Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Constituye uno de los proyectos incluidos en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision?CID), de 13 de julio de 2021.
Conforme a lo anterior se establecen dos líneas de subvenciones, Programa I y Programa II, que tienen por objeto el mantenimiento del empleo en microempresas y en trabajadores por cuenta propia, durante un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud, siempre que tengan domicilio fiscal en Castilla y León. A su vez, el beneficiario debe llevar a cabo una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital y respetuosa con el medio ambiente.
- Razones de interés público vinculadas al objetivo de elevación del nivel académico general existente en las Universidades y otros centros académicos, al promover la realización de actividades científicas y el fomento de las investigaciones relacionadas con materias propias del ámbito competencial de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, así como el impulso general de la formación académica con especial énfasis en aquella que ostenta carácter práctico.
- Fomento de la actividad científica e investigadora y contribuir a favorecer el estudio del impacto y evaluación de dicha actividad, así como a promover la consiguiente transformación que resulte necesaria.
Podrán ser objeto de la subvención que regula la presente orden los siguientes tipos de programas de formación transversales para trabajadores ocupados:
a) Programas de formación compuestos por acciones formativas dirigidas a anticipar las necesidades de cualificación del sistema productivo así como a cubrir las necesidades actuales establecidas como prioritarias en la correspondiente convocatoria.
b) Programas de formación compuestos por acciones formativas orientadas al desarrollo de los sectores más innovadores y/o con mejores perspectivas de empleo establecidas como prioritarias en la correspondiente convocatoria. A estos efectos, las correspondientes convocatorias establecerán una clasificación de estos programas atendiendo a las necesidades formativas de la población ocupada de cada provincia.