Legislación

Real Decreto 1070/2015, de 27 de noviembre, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad operacional de aeródromos de uso restringido y se modifican el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y la Orden de 24 de abril de 1986, por la que se regula el vuelo en ultraligero. - Boletín Oficial del Estado de 28-11-2015

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Noviembre de 2015

F. entrada en vigor: 29/11/2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 285

F. Publicación: 28/11/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Clasificación de los aeródromos de uso restringido. Artículo 5. Competencias. Artículo 6. Normativa de aplicación. Artículo 7. Régimen sancionador.
CAPÍTULO II. Requisitos de uso y operación de aeródromos de uso restringido
Artículo 8. Normas técnicas de seguridad operacional y parámetros de diseño de los aeródromos de uso restringido. Artículo 9. Comprobación del cumplimiento de las normas técnicas de seguridad operacional. Artículo 10. Limitaciones de uso y operación. Artículo 11. Obligaciones de los gestores de aeródromos de uso restringido.
CAPÍTULO III. Normas técnicas de seguridad operacional de los aeródromos de uso restringido
Artículo 12. Zonas de aterrizaje y despegue. Artículo 13. Zonas de protección. Artículo 14. Calles de rodaje. Artículo 15. Puntos de espera. Artículo 16. Plataformas de estacionamiento. Artículo 17. Restricción y eliminación de obstáculos. Artículo 18. Ayudas visuales y sistemas eléctricos. Artículo 19. Servicios y procedimientos de aeródromo. Artículo 20. Vallado.
CAPÍTULO IV. Medios de cumplimiento de las normas técnicas de seguridad operacional
Artículo 21. Medios aceptables de cumplimiento. Artículo 22. Normas técnicas autonómicas para el diseño de aeródromos de uso restringido.
CAPÍTULO V. Procedimientos de comprobación del cumplimiento de las normas técnicas de seguridad operacional y supervisión de su mantenimiento
SECCIÓN 1.ª Mecanismos de cooperación con las comunidades autónomas
Artículo 23. Procedimiento de comprobación mediante la supervisión realizada por la comunidad autónoma. Artículo 24. Procedimiento de comprobación mediante informe de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Artículo 25. Otros mecanismos de cooperación con las comunidades autónomas.
SECCIÓN 2.ª Procedimiento ante la agencia estatal de seguridad aérea
Artículo 26. Iniciación del procedimiento previo a la apertura al tráfico. Artículo 27. Instrucción y resolución del expediente. Artículo 28. Modificación de las condiciones de seguridad operacional del aeródromo.
SECCIÓN 3.ª Vigencia de la comprobación de las normas técnicas de seguridad operacional y supervisión
Artículo 29. Vigencia. Artículo 30. Supervisión del mantenimiento de las normas técnicas de seguridad operacional.
CAPÍTULO VI. Publicación de Información Aeronáutica
Artículo 31. Publicación de Información Aeronáutica.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Normas autonómicas vigentes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aeródromos de uso restringido autorizados. D.T. 2ª. Normas transitorias en materia de información aeronáutica. D.T. 3ª. Disposiciones transitorias en relación con los procedimientos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos. D.F. 2ª. Modificación de la Orden de 24 de abril de 1986, por la que se regula el vuelo en ultraligero. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Desarrollo y aplicación. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Clave de referencia de aeródromo ANEXO II. Parámetros de diseño de helipuertos ANEXO III. Medios aceptables de cumplimiento de aeródromos de uso restringido distintos de los helipuertos ANEXO IV. Medios aceptables de cumplimiento de helipuertos de uso restringido