Dt 3 Normas técnicas de seguridad operacional de aeródromos de uso restringido
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 3ª. Disposiciones transitorias en relación con los procedimientos.
Vigente
Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de este real decreto, continuarán su tramitación conforme a lo previsto en él, conservándose todos los trámites realizados con anterioridad a dicha entrada en vigor y sin que proceda, en ningún caso, retrotraer las actuaciones.
Si no fuera posible continuar la tramitación del procedimiento conforme a lo previsto en este real decreto sin retrotraer las actuaciones, aquél se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente antes de la entrada en vigor de este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-2015 en vigor desde 29-11-2015