Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
Filtros
Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
La cuestión debatida consiste en determinar si la epicondilitis sufrida por el actor, ha de ser calificada como enfermedad profesional. El TSJ desestima el recurso interpuesto por la Mutua correspondiente a razonar que, en este supuesto es notorio que la epicondilitis viene causada por el esfuerzo repetitivo del codo y además está acreditado que tales esfuerzos repetitivos concurren en concreto en la profesión del actor, por lo que ha de concluirse que la epicondilitis padeci
Lo que se plantea en suplicación es cómo ha de integrarse, en el Régimen Especial de la Minería del Carbón, la base reguladora de la prestación de invalidez permanente de un trabajador que cesó en su prestación de servicios y años después pasa a situación de invalidez permanente como consecuencia de una enfermedad profesional cuyos efectos invalidantes se manifiestan con posterioridad al cese en el trabajo. El TSJ desestima el recurso interpuesto por el INSS al razonar que,
El TSJ revoca la sentencia recurrida, al estimar recurso interpuesto por el INSS, en proceso seguido sobre prestaciones de invalidez permanente. El reconocimiento del derecho a prestaciones de incapacidad permanente o su revisión por contingencias comunes no es posible cuando el beneficiario ha cumplido ya la edad establecida para la jubilación pensionada y reúne los requisitos para acceder a la misma, y el causante cuando solicito la revisión de grado había ya cumplido los 65 a
La cuestión debatida consiste en determinar el derecho del cónyuge del trabajador fallecido a lucrar una prestación a tanto alzado de las previstas legalmente, siendo que, tal derecho está condicionado a que la contingencia causante de la muerte sea la de accidente de trabajo o enfermedad profesional, lo que exige dicha calificación, que es lo que la Entidad Gestora niega en su recurso. El TSJ desestima el recurso interpuesto.
Sostiene el trabajador recurrente que la contingencia debe ser accidente laboral o enfermedad profesional, sin que precise por ello carencia alguna para causar derecho a prestaciones y si solo estar en situación de alta o asimilada, requisito éste que entiende cumple por haber trabajado en puesto con riesgo de enfermedad profesional y en todo caso por aplicación de criterios jurisprudenciales. El TSJ desestima el recurso al declarar que la sintomatología irritativa que presenta
En proceso seguido sobre compatibilidad de pensiones, el TSJ de Castilla y León estima el recurso interpuesto por el INSS absolviendo libremente a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra. Y ello porque, según recoge la sentencia, incluidas para la determinación del porcentaje de la pensión de clases pasivas las cotizaciones por aquella actividad en que contrajo la enfermedad profesional, no pueden dar lugar a nueva pensión compatible en el régimen general aunqu
La cuestión debatida consiste en determinar si la epicondilitis sufrida por el actor, ha de ser calificada como enfermedad profesional. El TSJ desestima el recurso interpuesto por la Mutua correspondiente a razonar que, en este supuesto es notorio que la epicondilitis viene causada por el esfuerzo repetitivo del codo y además está acreditado que tales esfuerzos repetitivos concurren en concreto en la profesión del actor, por lo que ha de concluirse que la epicondilitis padeci
Lo que se plantea en suplicación es cómo ha de integrarse, en el Régimen Especial de la Minería del Carbón, la base reguladora de la prestación de invalidez permanente de un trabajador que cesó en su prestación de servicios y años después pasa a situación de invalidez permanente como consecuencia de una enfermedad profesional cuyos efectos invalidantes se manifiestan con posterioridad al cese en el trabajo. El TSJ desestima el recurso interpuesto por el INSS al razonar que,
El TSJ revoca la sentencia recurrida, al estimar recurso interpuesto por el INSS, en proceso seguido sobre prestaciones de invalidez permanente. El reconocimiento del derecho a prestaciones de incapacidad permanente o su revisión por contingencias comunes no es posible cuando el beneficiario ha cumplido ya la edad establecida para la jubilación pensionada y reúne los requisitos para acceder a la misma, y el causante cuando solicito la revisión de grado había ya cumplido los 65 a
La cuestión debatida consiste en determinar el derecho del cónyuge del trabajador fallecido a lucrar una prestación a tanto alzado de las previstas legalmente, siendo que, tal derecho está condicionado a que la contingencia causante de la muerte sea la de accidente de trabajo o enfermedad profesional, lo que exige dicha calificación, que es lo que la Entidad Gestora niega en su recurso. El TSJ desestima el recurso interpuesto.
Sostiene el trabajador recurrente que la contingencia debe ser accidente laboral o enfermedad profesional, sin que precise por ello carencia alguna para causar derecho a prestaciones y si solo estar en situación de alta o asimilada, requisito éste que entiende cumple por haber trabajado en puesto con riesgo de enfermedad profesional y en todo caso por aplicación de criterios jurisprudenciales. El TSJ desestima el recurso al declarar que la sintomatología irritativa que presenta
En proceso seguido sobre compatibilidad de pensiones, el TSJ de Castilla y León estima el recurso interpuesto por el INSS absolviendo libremente a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra. Y ello porque, según recoge la sentencia, incluidas para la determinación del porcentaje de la pensión de clases pasivas las cotizaciones por aquella actividad en que contrajo la enfermedad profesional, no pueden dar lugar a nueva pensión compatible en el régimen general aunqu