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Ley de Cantabria 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública Rafael de la Sierra. - Boletín Oficial de Cantabria de 11-11-2022

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Noviembre de 2022

F. entrada en vigor: 12/11/2022

Órgano emisor: Parlamento de Cantabria

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 217

F. Publicación: 11/11/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica. Artículo 2. Fines Generales. Artículo 3. Potestades. Artículo 4. Adscripción y sede. Artículo 5. Gestión compartida de servicios comunes.
CAPÍTULO II. Régimen patrimonial, económico-financiero y presupuestario
Artículo 6. Régimen Patrimonial y financiación. Artículo 7. Régimen presupuestario, de contabilidad y de control económico-financiero.
CAPÍTULO III. Régimen de personal y contratación
Artículo 8. Personal. Artículo 9. Docencia. Artículo 10. Contratación.
CAPÍTULO IV. Régimen jurídico
Artículo 11. Recursos administrativos. Artículo 12. Revisión de oficio de actos y disposiciones. Artículo 13. Órganos competentes para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Constitución del ICAP "Rafael de la Sierra" y extinción del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria-CEARC. D.T. 2ª. Personal del organismo autónomo Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria-CEARC. D.T. 3ª. Dirección del ICAP "Rafael de la Sierra". D.T. 4ª. Régimen presupuestario transitorio. D.T. 5ª. Régimen transitorio en materia de contratación, responsabilidad patrimonial, ordenamiento jurídico, convenios y otros instrumentos de colaboración.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto 64/2020, de 1 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Presidencia del Gobierno y la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior. D.F. 2ª. Estructura orgánica y relaciones de puestos de trabajo. D.F. 3ª. Autorización de desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Cláusula de Género. D.F. 5ª. Salvaguarda del rango de ciertas disposiciones reglamentarias. D.F. 6ª. Entrada en vigor.