Jurisprudencia por Saavedra Ruiz, Juan.

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SAAVEDRA RUIZ, JUAN
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SAAVEDRA RUIZ, JUAN
Sentencia Penal Nº 789/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 682/2004, 16-06-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 789/2005



Como se ha señalado con reiteración la atenuante de reparación del daño o disminución de los efectos del delito (artículo 21.5 CP.) obedece a una decisión del Legislador de política criminal ordenada directamente a la protección de las víctimas, de dónde se deduce, por tratarse de un comportamiento posterior al hecho, que la misma no influye ni en la dimensión del injusto ni en la imputación personal de aquél, siendo por ello su fundamento la conveniencia o necesidad de disminuir la pena al s

Sentencia Penal Nº 189/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1599/2002, 21-02-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 189/2005



El derecho a la prueba no es absoluto o ilimitado sino que corresponde al Tribunal de instancia valorar la pertinencia o impertinencia de la propuesta, conforme dispone el artículo 659 LECr.. Una prueba es pertinente cuando guarda relación con lo que es el objeto del juicio y con lo que constituye el

Sentencia Penal Nº 275/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 701/2004, 02-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 275/2005



como sostiene el Ministerio Fiscal "la posición que alcanzó el agresor respecto de la menor no fue de superioridad sólo por la edad sino por la lógica intimidación que le supuso haber sido objeto inmediatamente antes de una agresión tan grave como la descrita en el , encerrada en el baño del bar". De esta forma la intimidación persiste a lo largo de la segunda secuencia descrita, renovándose, sin que ello afecte a la existencia de dos acciones naturales distintas.

Sentencia Penal Nº 323/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2193/2003, 11-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 323/2005



En el presente caso la cantidad defraudada asciende la cantidad de 10.500.000 pesetas, según el "factum", que por sí sola es expresiva de la "especial gravedad", teniendo en cuenta dicho valor, lo que determina la aplicación del subtipo agravado. La Audiencia, por ello, no ha incurrido en el error de subsunción que se denuncia y el motivo debe ser desestimado.

Sentencia Penal Nº 305/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 64/2004, 08-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 305/2005



La acusación por el tipo básico persiste, sin que la falta de aplicación del subtipo agravado signifique otra cosa que el entendimiento por parte del Ministerio Fiscal de la ausencia de las condiciones típicas exigidas para agravar la pena, lo cual es cuestión distinta a los elementos que integran el artículo 368 cuya presencia y la participación del ahora recurrente se ha acreditado mediante la prueba de cargo mencionada por la Sala en el fundamento de derecho cuarto de la sentencia impugnad

Sentencia Penal Nº 279/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2212/2003, 09-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 279/2005



Los hechos no pueden subsumirse en el tipo de apropiación indebida que exige la obligación de entregar o devolver lo recibido, lo que en estos casos no puede establecerse sin previa liquidación entre las partes.

Sentencia Penal Nº 730/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1091/2003, 08-06-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 730/2004



La sentencia impugnada consigna sucintamente en ambos casos las razones tenidas en cuenta para la imposición concreta de las penas establecidas en cada caso. En relación con el delito contra la salud pública, el último párrafo del fundamento de derecho segundo, atiende específicamente a la cantidad de cocaína transportada, superior en todo caso a la cantidad que hasta la Sala General de 19/10/01 venía considerándose como notoria importancia.

Sentencia Penal Nº 627/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 638/2003, 20-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 627/2004



Es cierto que el derecho a la presunción de inocencia exige no solo la existencia de actos de prueba legítimos y de evidente signo incriminatorio sino igualmente que se hayan desarrollado bajo los principios que rigen el juicio oral, hayan sido en todo caso introducidos regularmente en el mismo y que su obtención esté exenta de vicios constitucionales, debiendo concurrir simultáneamente dichas condiciones. Sin embargo, en el presente caso, se dan todas ellas y especialmente la relativa a la c

Sentencia Penal Nº 680/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2576/2002, 31-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 680/2004



La Sala valora en su conjunto la prueba testifical afirmando que dichos testigos "inculparon de manera expresa a todos los inculpados", otorgando mayor verosimilitud a las declaraciones prestadas en la fase de instrucción, invocando para ello la doctrina del Tribunal Supremo acerca de la credibilidad de las mismas cuando aquéllos en el Plenario se desdicen o se retractan de las primeras, añadiendo que "no dieron una explicación válida de su rectificación", lo que evidencia que ex artículo <re

Sentencia Penal Nº 575/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 447/2003, 11-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 575/2004



Los documentos casacionales designados deben ser "literosuficientes". La Audiencia no ha desconocido los documentos designados sino que teniendo en cuenta el conjunto de la prueba practicada ha deducido razonablemente otras consecuencias anudando a los mismos el intento de preconstituir la realidad de unos hechos que a la postre resultan ficticios puesto que el propósito de los contratantes mediante su confección fue enmascarar su verdadera intención.

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SAAVEDRA RUIZ, JUAN
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Sentencia Penal Nº 789/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 682/2004, 16-06-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 789/2005



Como se ha señalado con reiteración la atenuante de reparación del daño o disminución de los efectos del delito (artículo 21.5 CP.) obedece a una decisión del Legislador de política criminal ordenada directamente a la protección de las víctimas, de dónde se deduce, por tratarse de un comportamiento posterior al hecho, que la misma no influye ni en la dimensión del injusto ni en la imputación personal de aquél, siendo por ello su fundamento la conveniencia o necesidad de disminuir la pena al s

Sentencia Penal Nº 189/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1599/2002, 21-02-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 189/2005



El derecho a la prueba no es absoluto o ilimitado sino que corresponde al Tribunal de instancia valorar la pertinencia o impertinencia de la propuesta, conforme dispone el artículo 659 LECr.. Una prueba es pertinente cuando guarda relación con lo que es el objeto del juicio y con lo que constituye el

Sentencia Penal Nº 275/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 701/2004, 02-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 275/2005



como sostiene el Ministerio Fiscal "la posición que alcanzó el agresor respecto de la menor no fue de superioridad sólo por la edad sino por la lógica intimidación que le supuso haber sido objeto inmediatamente antes de una agresión tan grave como la descrita en el , encerrada en el baño del bar". De esta forma la intimidación persiste a lo largo de la segunda secuencia descrita, renovándose, sin que ello afecte a la existencia de dos acciones naturales distintas.

Sentencia Penal Nº 323/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2193/2003, 11-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 323/2005



En el presente caso la cantidad defraudada asciende la cantidad de 10.500.000 pesetas, según el "factum", que por sí sola es expresiva de la "especial gravedad", teniendo en cuenta dicho valor, lo que determina la aplicación del subtipo agravado. La Audiencia, por ello, no ha incurrido en el error de subsunción que se denuncia y el motivo debe ser desestimado.

Sentencia Penal Nº 305/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 64/2004, 08-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 305/2005



La acusación por el tipo básico persiste, sin que la falta de aplicación del subtipo agravado signifique otra cosa que el entendimiento por parte del Ministerio Fiscal de la ausencia de las condiciones típicas exigidas para agravar la pena, lo cual es cuestión distinta a los elementos que integran el artículo 368 cuya presencia y la participación del ahora recurrente se ha acreditado mediante la prueba de cargo mencionada por la Sala en el fundamento de derecho cuarto de la sentencia impugnad

Sentencia Penal Nº 279/2005, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2212/2003, 09-03-2005

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 279/2005



Los hechos no pueden subsumirse en el tipo de apropiación indebida que exige la obligación de entregar o devolver lo recibido, lo que en estos casos no puede establecerse sin previa liquidación entre las partes.

Sentencia Penal Nº 730/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1091/2003, 08-06-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 730/2004



La sentencia impugnada consigna sucintamente en ambos casos las razones tenidas en cuenta para la imposición concreta de las penas establecidas en cada caso. En relación con el delito contra la salud pública, el último párrafo del fundamento de derecho segundo, atiende específicamente a la cantidad de cocaína transportada, superior en todo caso a la cantidad que hasta la Sala General de 19/10/01 venía considerándose como notoria importancia.

Sentencia Penal Nº 627/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 638/2003, 20-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 627/2004



Es cierto que el derecho a la presunción de inocencia exige no solo la existencia de actos de prueba legítimos y de evidente signo incriminatorio sino igualmente que se hayan desarrollado bajo los principios que rigen el juicio oral, hayan sido en todo caso introducidos regularmente en el mismo y que su obtención esté exenta de vicios constitucionales, debiendo concurrir simultáneamente dichas condiciones. Sin embargo, en el presente caso, se dan todas ellas y especialmente la relativa a la c

Sentencia Penal Nº 680/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2576/2002, 31-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 680/2004



La Sala valora en su conjunto la prueba testifical afirmando que dichos testigos "inculparon de manera expresa a todos los inculpados", otorgando mayor verosimilitud a las declaraciones prestadas en la fase de instrucción, invocando para ello la doctrina del Tribunal Supremo acerca de la credibilidad de las mismas cuando aquéllos en el Plenario se desdicen o se retractan de las primeras, añadiendo que "no dieron una explicación válida de su rectificación", lo que evidencia que ex artículo <re

Sentencia Penal Nº 575/2004, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 447/2003, 11-05-2004

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN


Nº de sentencia: 575/2004



Los documentos casacionales designados deben ser "literosuficientes". La Audiencia no ha desconocido los documentos designados sino que teniendo en cuenta el conjunto de la prueba practicada ha deducido razonablemente otras consecuencias anudando a los mismos el intento de preconstituir la realidad de unos hechos que a la postre resultan ficticios puesto que el propósito de los contratantes mediante su confección fue enmascarar su verdadera intención.

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