Jurisprudencia por Ruiz Romero, Jose Luis.
El recurrente pretende imponer su parcial e interesada valoración, interpretando que ha valorado de forma incorrecta los testimonios de aquellos testigos que favorecían su tesis absolutoria, lo que no puede ser compartido por esta Sala, al carecerse, precisamente en esta alzada de tal inmediación. El Juez si ha tenido en cuenta dichos testimonios y les ha dado la valoración correcta , que dentro del conjunto de la prueba practicada les correspondía y que es compartida en este alzada, pues no
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, sobre delito de quebrantamiento de condena. La Sala ratifica el fallo anterior, pues el precepto legal del quebranto de la condena no enmarca en el tipo penal, medidas cautelares referidas al ámbito educativo. Por lo que, al tratarse de un acusado que cumplía una condena de rehabilitación de minoría de edad por el consumo excesivo de droga, no se lo puede condenar, por u
Se pretende imputar al conductor del autobús una imprudencia por la caída de la lesionada al bajarse del autobús. Como el propio denunciado indica, y así nos lo demuestran las máximas de experiencia las medidas de seguridad en los autobuses destinados al transporte de pasajeros, impiden que dichos vehículos circulen o reanuden su marcha cuando las puertas se encuentran abiertas.
Bien es cierto que como indica la Juzgadora de instancia la denunciada se encontraba en el lugar de los hechos cuando se producen los presuntos insultos; admitimos igualmente que la denunciante se mostró nerviosa ante la psicóloga de dicha institución después de entregar a sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas establecido en el procedimiento de separación y que fue la denunciada quien en compañía de otros familiares acudió a recoger a sus sobrinas. Pero de ahí, ha deducir sin más l
La AP estimando el recurso de apelación interpuesto por el acusado, revoca la sentencia recurrida y en su lugar absuelve al citado recurrente como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores. Manifiesta la Sala que la imposibilidad de alta en la Seguridad Social, no puede encuadrarse en los elementos típicos del delito, pues tal posibilidad no depende de la voluntad del empleador sino de la propia norma, que impide dicho alta o acceso para los extranjeros carentes de permiso de
Del examen de las actuaciones, se desprende, en contra de lo manifestado por los recurrentes que, con independencia del incidente de tráfico surgido entre ellos y el conductor del autobús urbano, son ellos los que profieren las expresiones que constan en el relato de hechos probados, sin que dicho incidente justifique en modo alguno tal comportamiento. La prueba del mismo viene constituida no solo por lo manifestado por el denunciante, sino por los tres testigos que deponen en el acto del jui
La Juez de lo Penal, basa, precisamente, su absolución, - al margen de que considera que concurre el elemento subjetivo -, en que no puede realizarse una aplicación analógica "in malam partem", al acusado que estaba cumpliendo una medida impuesta por la jurisdicción de menores.
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por los denunciantes y la adhesión al Ministerio Fiscal. Manifiesta la Sala que es congruente la valoración que hace el Juzgador respecto de la prueba testifical de los Policías Nacionales que comparecieron al acto de la vista oral, pues el dispositivo policial se montó, como en otras muchas ocasiones en prevención de incidentes o para evitar que la agresividad que mostraban los concentrados, por mor del conflicto laboral existente, fuera a
A la vista la literalidad del art.
El recurrente pretende imponer su parcial e interesada valoración, interpretando que ha valorado de forma incorrecta los testimonios de aquellos testigos que favorecían su tesis absolutoria, lo que no puede ser compartido por esta Sala, al carecerse, precisamente en esta alzada de tal inmediación. El Juez si ha tenido en cuenta dichos testimonios y les ha dado la valoración correcta , que dentro del conjunto de la prueba practicada les correspondía y que es compartida en este alzada, pues no
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, sobre delito de quebrantamiento de condena. La Sala ratifica el fallo anterior, pues el precepto legal del quebranto de la condena no enmarca en el tipo penal, medidas cautelares referidas al ámbito educativo. Por lo que, al tratarse de un acusado que cumplía una condena de rehabilitación de minoría de edad por el consumo excesivo de droga, no se lo puede condenar, por u
Se pretende imputar al conductor del autobús una imprudencia por la caída de la lesionada al bajarse del autobús. Como el propio denunciado indica, y así nos lo demuestran las máximas de experiencia las medidas de seguridad en los autobuses destinados al transporte de pasajeros, impiden que dichos vehículos circulen o reanuden su marcha cuando las puertas se encuentran abiertas.
Bien es cierto que como indica la Juzgadora de instancia la denunciada se encontraba en el lugar de los hechos cuando se producen los presuntos insultos; admitimos igualmente que la denunciante se mostró nerviosa ante la psicóloga de dicha institución después de entregar a sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas establecido en el procedimiento de separación y que fue la denunciada quien en compañía de otros familiares acudió a recoger a sus sobrinas. Pero de ahí, ha deducir sin más l
La AP estimando el recurso de apelación interpuesto por el acusado, revoca la sentencia recurrida y en su lugar absuelve al citado recurrente como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores. Manifiesta la Sala que la imposibilidad de alta en la Seguridad Social, no puede encuadrarse en los elementos típicos del delito, pues tal posibilidad no depende de la voluntad del empleador sino de la propia norma, que impide dicho alta o acceso para los extranjeros carentes de permiso de
Del examen de las actuaciones, se desprende, en contra de lo manifestado por los recurrentes que, con independencia del incidente de tráfico surgido entre ellos y el conductor del autobús urbano, son ellos los que profieren las expresiones que constan en el relato de hechos probados, sin que dicho incidente justifique en modo alguno tal comportamiento. La prueba del mismo viene constituida no solo por lo manifestado por el denunciante, sino por los tres testigos que deponen en el acto del jui
La Juez de lo Penal, basa, precisamente, su absolución, - al margen de que considera que concurre el elemento subjetivo -, en que no puede realizarse una aplicación analógica "in malam partem", al acusado que estaba cumpliendo una medida impuesta por la jurisdicción de menores.
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por los denunciantes y la adhesión al Ministerio Fiscal. Manifiesta la Sala que es congruente la valoración que hace el Juzgador respecto de la prueba testifical de los Policías Nacionales que comparecieron al acto de la vista oral, pues el dispositivo policial se montó, como en otras muchas ocasiones en prevención de incidentes o para evitar que la agresividad que mostraban los concentrados, por mor del conflicto laboral existente, fuera a
A la vista la literalidad del art.