Jurisprudencia sobre Despido procedente.
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Desestima
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Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Lluch Corell, Francisco Javier
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Bosch Salas, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
El TSJ confirma la procedencia del despido de trabajadora declarado en la instancia, al desestimar recurso interpuesto por esta. Y ello porque, según recoge la sentencia, aún estimando que la reciente maternidad de la trabajadora o el disfrute del permiso de lactancia pudieran constituir indicios, acaecido el despido, de un eventual trato lesivo ligado al sexo, no consta ninguna actuación empresarial que pueda reputarse como tal sino, por el contrario, una conducta de la trabaj
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajadora, declarad en la instancia, al desestimar recurso interpuesto por ésta y en el que pretende la declaración de nulidad del mismo al faltar los requisitos para apreciar o al menos presumir que el despido vulneró los derechos fundamentales de la trabajadora invocados en el recurso. Recoge la sentencia que la obligación de trabajar domingos y festivos, es fruto de un acuerdo entre la empresa y los sindicatos, plasmado en el
El TSJ confirma la procedencia del despido de trabajadora declarado en la instancia, al desestimar recurso interpuesto por esta. Y ello porque, según recoge la sentencia, aún estimando que la reciente maternidad de la trabajadora o el disfrute del permiso de lactancia pudieran constituir indicios, acaecido el despido, de un eventual trato lesivo ligado al sexo, no consta ninguna actuación empresarial que pueda reputarse como tal sino, por el contrario, una conducta de la trabaj
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajadora, declarad en la instancia, al desestimar recurso interpuesto por ésta y en el que pretende la declaración de nulidad del mismo al faltar los requisitos para apreciar o al menos presumir que el despido vulneró los derechos fundamentales de la trabajadora invocados en el recurso. Recoge la sentencia que la obligación de trabajar domingos y festivos, es fruto de un acuerdo entre la empresa y los sindicatos, plasmado en el