Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
Filtros
Voces
Presunción de inocencia
Drogas
Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
La decisión absolutoria contenida en la sentencia de instancia ha de ser corroborada, y para ello ha de partirse de que el eje fundamental de dicha resolución y del recurso es la apreciabilidad del elemento subjetivo del tipo consistente en que la tenencia o comercialización de los productos intervenidos se realizara "a sabiendas" de que con ello se defraudaban los derechos del titular de los signos distintivos registrados. En el caso de autos la denunciada, que profesion
La acusación y la defensa, con la conformidad del acusado presente, instaron del Tribunal que se dictara sentencia de conformidad con la acusación formulada en juicio, al no exceder la pena de seis años de prisión y tratarse de acuerdo aceptado por las partes en los términos del artículo 793.3 de la L. E. Criminal.Ante el acuerdo entre la acusación y la defensa manifestado a este Tribunal, estando conforme el acusado, y solicitada de este órga
Delito de allanamiento de morada y falta de lesiones. En el mismo acto, la defensa del acusado y éste en persona manifestaron su expresa conformidad. Sobre las 2,15 horas del día 25-12-98, el acusado José Luis, mayor de edad, sin antecedentes penales, esperó la llegada de Carmen a su vivienda.Ambos se hallaban separados judicialmente por sentencia dictada el 14-10-98 por el Juzgado de Familia, habiéndose atribuido a Carmen la propiedad de la v
SENTENCIA REPETIDA
Delito contra la salud pública.En orden al testimonio prestado por el testigo José-Alfonso este Tribunal tiene que recordar, en aplicación de la doctrina sentada por el T.C. (Ss. 55/1982, de 26 de julio; 47/1986, de 21 de abril; 25/1988, de 23 de febrero; 107/1989, de 8 de junio; 98/1990, de 24 de mayo; 265/1994, de 3 de octubre) y el T.S. (Ss. -Sa
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas,
calificó los hechos como constitutivos de un delito de Robo con Violencia,
tipificado en los artículos 237 y
Sobre las 17,30 horas del día 16-7-98, el acusado L, mayor de edad, con DNI 5, sin antecedentes penales, tras una discusión de tráfico en la Avda de la Mahía de Bertamirans en la que le instaba a que cerrara la puerta de su vehículo al hallarse obstaculizando la circulación por un accidente previo, y como quiera que no atendió a su petición, y tras indicarle que "pasaría por cojones", embistió con su turismo Jeep Cherokee matrícula C, propiedad de A contra la puerta del v
El objeto del presente litigio sometido a la consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de ambos acusados, e impugnado por el Ministerio Fiscal, giran básicamente ambos en torno al problema de la falta de acreditación de la participación de ambos acusados en los hechos y de la utilización de fuerza en las cosas en ninguna de las circunstancias previstas en el art. <rel id="1948765_89080" uri="http://poolparty.iberley
El recurso pretende la revocación de la sentencia por haber cometido la juzgadora de instancia error en la valoración de la prueba al entender acreditada la producción de lesiones por parte de la denunciada al agredir a la denunciante con una hoz o fouciño. El examen del acta del juicio revela de modo inequívoco que se practicó en el juicio prueba de cargo apta para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste a la denunciada, pues la declaración de la denunciante, ví
La decisión absolutoria contenida en la sentencia de instancia ha de ser corroborada, y para ello ha de partirse de que el eje fundamental de dicha resolución y del recurso es la apreciabilidad del elemento subjetivo del tipo consistente en que la tenencia o comercialización de los productos intervenidos se realizara "a sabiendas" de que con ello se defraudaban los derechos del titular de los signos distintivos registrados. En el caso de autos la denunciada, que profesion
La acusación y la defensa, con la conformidad del acusado presente, instaron del Tribunal que se dictara sentencia de conformidad con la acusación formulada en juicio, al no exceder la pena de seis años de prisión y tratarse de acuerdo aceptado por las partes en los términos del artículo 793.3 de la L. E. Criminal.Ante el acuerdo entre la acusación y la defensa manifestado a este Tribunal, estando conforme el acusado, y solicitada de este órga
Delito de allanamiento de morada y falta de lesiones. En el mismo acto, la defensa del acusado y éste en persona manifestaron su expresa conformidad. Sobre las 2,15 horas del día 25-12-98, el acusado José Luis, mayor de edad, sin antecedentes penales, esperó la llegada de Carmen a su vivienda.Ambos se hallaban separados judicialmente por sentencia dictada el 14-10-98 por el Juzgado de Familia, habiéndose atribuido a Carmen la propiedad de la v
SENTENCIA REPETIDA
Delito contra la salud pública.En orden al testimonio prestado por el testigo José-Alfonso este Tribunal tiene que recordar, en aplicación de la doctrina sentada por el T.C. (Ss. 55/1982, de 26 de julio; 47/1986, de 21 de abril; 25/1988, de 23 de febrero; 107/1989, de 8 de junio; 98/1990, de 24 de mayo; 265/1994, de 3 de octubre) y el T.S. (Ss. -Sa
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas,
calificó los hechos como constitutivos de un delito de Robo con Violencia,
tipificado en los artículos 237 y
Sobre las 17,30 horas del día 16-7-98, el acusado L, mayor de edad, con DNI 5, sin antecedentes penales, tras una discusión de tráfico en la Avda de la Mahía de Bertamirans en la que le instaba a que cerrara la puerta de su vehículo al hallarse obstaculizando la circulación por un accidente previo, y como quiera que no atendió a su petición, y tras indicarle que "pasaría por cojones", embistió con su turismo Jeep Cherokee matrícula C, propiedad de A contra la puerta del v
El objeto del presente litigio sometido a la consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de ambos acusados, e impugnado por el Ministerio Fiscal, giran básicamente ambos en torno al problema de la falta de acreditación de la participación de ambos acusados en los hechos y de la utilización de fuerza en las cosas en ninguna de las circunstancias previstas en el art. <rel id="1948765_89080" uri="http://poolparty.iberley
El recurso pretende la revocación de la sentencia por haber cometido la juzgadora de instancia error en la valoración de la prueba al entender acreditada la producción de lesiones por parte de la denunciada al agredir a la denunciante con una hoz o fouciño. El examen del acta del juicio revela de modo inequívoco que se practicó en el juicio prueba de cargo apta para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste a la denunciada, pues la declaración de la denunciante, ví