Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
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Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
Delito LESIONES, contra MANUELA, sin antecedentes penales, insolvente, y en libertad por esta causa. Es responsable en concepto de autor de la falta Julian. No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Procede imponer a los acusados las siguientes penas: -Por el delito, a Manuela: 2 AÑOS DE PRISIÓN. -Por la falta, a Julian: 5 FINES DE SEMANA DE ARRESTO. Costas. En cuanto a la RESPONSABILIAD CIVIL, Manuela indemnizará a Julian en 50.000 pts por to
Sobre las 12:30 horas del día 30 de mayo de 1.998 se produjo una discusión con motivo de -La construcción de un muro, en el lugar de Bora-Iglesia (Pontevedra) entre los matrimonios formados por el acusado JOSE nacido el 22.4.1.997, sin antecedentes penales y Consuelo, por un lado y por el también acusado DARIO, nacido el 15.4.1951, sin antecedentes penales y su esposa María Luz. Asimismo Darío golpeó con una pala a Consuelo que sufrió heridas que precisaron tratamiento q
En el presente caso, el juzgador "a quo" dispuso de suficiente prueba de cargo, tanto documental (parte médico) como testifical, incluyendo en éstas las declaraciones de la propia lesionada cuyo valor como prueba de cargo ha sido reconocido por el T.C. S. 229/91 y por el m S. SS 4 mayo 1.990 y 11 de marzo de 1.999 entre otras. Se combate la declaración prestada por la testigo principal (la lesionada) y al respecto debemos recordar la doctrina reiterada en orden a tal plan
El actor ,con antecedentes penales antecedentes penales, insolvente, en libertad por esta causa por esta causa. "Sobre las 17 horas del día 13 de enero de 1998, el acusado Pablo, mayor de edad penal y sin antecedentes penales computables, que se encontraba en el bar "P... A continuación el acusado abandonó el lugar."El Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales, elevadas a definitivas, calificó su versión
El recurso se centra exclusivamente en la discusión sobre la autoría, negada por los condenados. La sentencia del tribunal de instancia recuerda las doctrina jurisprudencial que atribuye a la declaración del perjudicado entidad bastante para destruir la presunción de inocencia, sin perjuicio de examinar las condiciones de credibilidad del testimonio, que puedan verse enturbiadas como consecuencia de la comprobación de una relación de animadversión o el propósito de vengan
En ese momento, Teresa B le increpó manifestándole que dejase a María do Carmo pues se encontraba embarazada. do Carmo tras lo cual el acusado salió corriendo del local."El Ministerio Fiscal, abierta la sesión del Juicio Oral, presentó nuevo escrito de acusación por el que modifica sus conclusiones provisionales, y elevadas a definitivas, calificó su versión de los hechos como constitutivos de un delito de coacciones del art. <rel id="1948765
En fecha no determinada pero próxima al mes de agosto de 1995, el acusado José-Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, en su calidad de administrador único de la sociedad COS.L. y actuando como intermediario el también acusado Julio César Rojo Fernández, mayor de edad y asimismo sin antecedentes penales, contactaron con los representantes de la empresa Alimentación ...... Publicada y notificada en forma la sentencia, interpuso recurso de apelación la representa
Carlos H, de 26 años de edad, y sin antecedentes penales, fue declarado objetor de conciencia, y citado con el fin de que se presentara en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia, sita en Camiño Prado Lonia s/n. de Orense en fecha 24 de octubre de 1.996, para iniciar el cumplimiento de la prestación social sustitutoria, no habiéndose presentado en el lugar y fecha requeridas, sin que conste la existencia de causa que lo justifique.
<P class=MsoPlainTextA finales del mes de octubre de 1997, en la empresa "...." Orense, empresas con idéntico objeto, asociadas a la Asociación Gallega de distribuidores de Gasóleo presidida por Jesús a la que no se encontraba asociada la empresa ..Posteriormente en el mes de noviembre del mismo año y cuando tras haber formulado oportuna denuncia Jesús de los hechos descritos y cesar tales llamadas comenzó un seguimiento del camión de su empresa para el reparto de combustible y así en concret
Delito LESIONES, contra MANUELA, sin antecedentes penales, insolvente, y en libertad por esta causa. Es responsable en concepto de autor de la falta Julian. No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Procede imponer a los acusados las siguientes penas: -Por el delito, a Manuela: 2 AÑOS DE PRISIÓN. -Por la falta, a Julian: 5 FINES DE SEMANA DE ARRESTO. Costas. En cuanto a la RESPONSABILIAD CIVIL, Manuela indemnizará a Julian en 50.000 pts por to
Sobre las 12:30 horas del día 30 de mayo de 1.998 se produjo una discusión con motivo de -La construcción de un muro, en el lugar de Bora-Iglesia (Pontevedra) entre los matrimonios formados por el acusado JOSE nacido el 22.4.1.997, sin antecedentes penales y Consuelo, por un lado y por el también acusado DARIO, nacido el 15.4.1951, sin antecedentes penales y su esposa María Luz. Asimismo Darío golpeó con una pala a Consuelo que sufrió heridas que precisaron tratamiento q
En el presente caso, el juzgador "a quo" dispuso de suficiente prueba de cargo, tanto documental (parte médico) como testifical, incluyendo en éstas las declaraciones de la propia lesionada cuyo valor como prueba de cargo ha sido reconocido por el T.C. S. 229/91 y por el m S. SS 4 mayo 1.990 y 11 de marzo de 1.999 entre otras. Se combate la declaración prestada por la testigo principal (la lesionada) y al respecto debemos recordar la doctrina reiterada en orden a tal plan
El actor ,con antecedentes penales antecedentes penales, insolvente, en libertad por esta causa por esta causa. "Sobre las 17 horas del día 13 de enero de 1998, el acusado Pablo, mayor de edad penal y sin antecedentes penales computables, que se encontraba en el bar "P... A continuación el acusado abandonó el lugar."El Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales, elevadas a definitivas, calificó su versión
El recurso se centra exclusivamente en la discusión sobre la autoría, negada por los condenados. La sentencia del tribunal de instancia recuerda las doctrina jurisprudencial que atribuye a la declaración del perjudicado entidad bastante para destruir la presunción de inocencia, sin perjuicio de examinar las condiciones de credibilidad del testimonio, que puedan verse enturbiadas como consecuencia de la comprobación de una relación de animadversión o el propósito de vengan
En ese momento, Teresa B le increpó manifestándole que dejase a María do Carmo pues se encontraba embarazada. do Carmo tras lo cual el acusado salió corriendo del local."El Ministerio Fiscal, abierta la sesión del Juicio Oral, presentó nuevo escrito de acusación por el que modifica sus conclusiones provisionales, y elevadas a definitivas, calificó su versión de los hechos como constitutivos de un delito de coacciones del art. <rel id="1948765
En fecha no determinada pero próxima al mes de agosto de 1995, el acusado José-Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, en su calidad de administrador único de la sociedad COS.L. y actuando como intermediario el también acusado Julio César Rojo Fernández, mayor de edad y asimismo sin antecedentes penales, contactaron con los representantes de la empresa Alimentación ...... Publicada y notificada en forma la sentencia, interpuso recurso de apelación la representa
Carlos H, de 26 años de edad, y sin antecedentes penales, fue declarado objetor de conciencia, y citado con el fin de que se presentara en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia, sita en Camiño Prado Lonia s/n. de Orense en fecha 24 de octubre de 1.996, para iniciar el cumplimiento de la prestación social sustitutoria, no habiéndose presentado en el lugar y fecha requeridas, sin que conste la existencia de causa que lo justifique.
<P class=MsoPlainTextA finales del mes de octubre de 1997, en la empresa "...." Orense, empresas con idéntico objeto, asociadas a la Asociación Gallega de distribuidores de Gasóleo presidida por Jesús a la que no se encontraba asociada la empresa ..Posteriormente en el mes de noviembre del mismo año y cuando tras haber formulado oportuna denuncia Jesús de los hechos descritos y cesar tales llamadas comenzó un seguimiento del camión de su empresa para el reparto de combustible y así en concret