Legislación

Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida. - Boletín Oficial del Estado de 17-03-2022

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2022

F. entrada en vigor: 18/03/2022

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 65

F. Publicación: 17/03/2022

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Exclusiones. Artículo 4. Recurso a los sistemas extrajudiciales de resolución de controversias. Artículo 5. Información a los pasajeros. Artículo 6. Reclamación previa ante la compañía aérea o gestor aeroportuario. Artículo 7. Principios del procedimiento.
CAPÍTULO II. Procedimiento de resolución alternativa de litigios
Artículo 8. Presentación de reclamaciones. Artículo 9. Subsanación de la reclamación e inicio del cómputo del plazo del procedimiento. Artículo 10. Inadmisión a trámite de la reclamación. Artículo 11. Traslado a las entidades de resolución alternativa de litigios notificadas por otros Estados miembros. Artículo 12. Efectos de la presentación de la reclamación. Artículo 13. Representación, defensa y asesoramiento de las partes. Artículo 14. Acumulación de procedimientos y otras medidas de simplificación. Artículo 15. Audiencia de las partes. Artículo 16. Prueba. Artículo 17. Fin del procedimiento mediante decisión motivada. Artículo 18. Eficacia de la decisión.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Medios personales y materiales. D.A. 2ª. Comunicación de datos para la tramitación electrónica de las reclamaciones frente a nuevos operadores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Obligaciones de las compañías aéreas y gestores aeroportuarios para la tramitación electrónica de los procedimientos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Medidas de ejecución. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Entrada en vigor y aplicabilidad.