Articulo 7 Procedimiento ...orte aéreo

Articulo 7 Procedimiento de resolución alternativa de litigios de usuarios de transporte aéreo

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Artículo 7. Principios del procedimiento.

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1. El procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos regulado en esta orden responde a los principios de independencia, imparcialidad, transparencia, eficacia y equidad. Asimismo, garantiza la igualdad y la contradicción de las partes en el procedimiento, lo que no obsta, para que la Agencia deba salvaguardar la confidencialidad de la información que tenga tal carácter, así como la protección del secreto profesional o empresarial.

2. Además, este procedimiento es:

a) Gratuito para las partes, sin perjuicio de la asunción de los costes de las pruebas por la parte que las haya propuesto;

b) Para los pasajeros, de aceptación voluntaria y resultado no vinculante;

c) Para las compañías aéreas, de aceptación obligatoria y resultado vinculante, sin perjuicio de su derecho a impugnar la decisión de la Agencia ante el juzgado competente;

d) Para los gestores aeroportuarios adheridos previamente, de aceptación obligatoria y resultado no vinculante, y para el resto de los gestores, de aceptación voluntaria y resultado no vinculante.

3. Las compañías aéreas, los gestores aeroportuarios y el resto de los sujetos previstos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con la Agencia a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de este procedimiento.