Jurisprudencia sobre Uso de la vivienda.
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Voces
Pensión compensatoria
Pensión por alimentos
Uso vivienda familiar
Vivienda familiar
Custodia compartida
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Neira Vazquez, Carmen
De Motta Garcia-españa, Jose Enrique
Noblejas Negrillo, Margarita Blasa
Hortensia Garcia Esquius, Ana Maria
Perez Tormo, Maria Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se estima parcialmente el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Melilla, sobre divorcio.
La recurrente impugna el pronunciamiento de la sentencia de instancia relativo a la cuantía de la pensión alimenticia, a favor de sus hijas, impuesta a cargo de aquél, por considerar excesivo el importe fijado. El uso de la vivienda privativa del padre se atribuyó por el Convenio Regulador de la Separación a las hijas y a la madre. Ésta tiene ingresos
Se estima parcialmente recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, número ocho, de Torremolinos, sobre separación matrimonial.
Recurre el esposo en cuanto al importe a pagar a su esposa en concepto de cargas familiares y de la pensión compensatoria, limitándola de diez a tres años. Pues bien, la Sala entiende que debe estimarse, al menos en parte, la pretensión porque, el erróneamente denominado en instancia "levantamiento de las cargas
GUARDA Y CUSTODIA Y ALIMENTOS.- Atribución del uso de la vivienda familiar al progenitor no custodio.- Medida justificada, ante la amplitud de la vivienda, que permite alquilar habitaciones a terceros, como se ha venido haciendo.- Interés del menor.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 24 de los de Madrid, en autos sobre guarda y custodia y alimentos.
<p style="tLa Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre desahucio; la Sala señala que el procedimiento elegido, juicio verbal, es el adecuado para el ejercicio de la acción elegida por el actor -desahucio por precario- añadiendo la Sala que la jurisprudencia ha ampliado paulatinamente el concepto de precario hasta comprender no solo los supuestos de que se detenta una cosa con la tolerancia o por cuenta de su dueño, sino también todos aquellos en que la tenenci
La AP estima el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que no concurre en el caso ningún título de atribución de la vivienda que no fuera la liberalidad de los donantes, pues cuando se presenta la demanda no había proceso matrimonial vigente, y entonces el titular de la vivienda tienen plena legitimidad para poner fin a la cesión, pues la solución contraria comportaría un indebido vaciamiento de las facultades dominicales.
La Audiencia Provincial de Las Palmas estima el recurso de apelación del demandante sobre desahucio; el supuesto contemplado en autos es el de un progenitor que cede gratuitamente un inmueble de su propiedad a su hijo que contrae matrimonio, a fin de que constituya su hogar familiar, y, posteriormente, tras la separación matrimonial de los cónyuges, se fija judicialmente la medida de atribuir el uso de la vivienda al otro cónyuge y el hijo común; la Sala señala que la acción ejercitada de de
La Audiencia Provincial de La Guadalajara estima parcialmente el recurso de apelación del demandante sobre separación; la Sala señala que la fijación de un límite para el uso y disfrute de la vivienda conyugal es lo procedente en hipótesis en la que no existen hijos menores de edad, obedeciendo tal limitación a la finalidad de no gravar en exceso las facultades de disposición que corresponden al cónyuge no beneficiario de dicha atribución; en el presente caso, existiendo un hijo menor de edad
La Audiencia Provincial de Ciudad Real estima el recurso de apelación del demandante sobre modificación de medidas; la Sala señala que se ha producido en la actualidad un cambio de circunstancias que llevan a basar fundadamente la pretensión de la modificación postulada por el actor, sin perjuicio de que si se produjera el retorno de la esposa e hija a la ciudad, pudiera hacerse valer tal circunstancia al objeto de una hipotética recuperación del uso de la vivienda en cuestión.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no existe prueba alguna que justifique la existencia de un título documentado o no, sea de arrendamiento, comodato o figura jurídica próxima, que permita deducir que la concesión del uso de la vivienda no respondió a una graciosa voluntad de su propietario, como tampoco existe viso alguno de que se haya pagado, en cualquier tiempo o lugar, merced o renta de clase alguna.
Se estima parcialmente el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Melilla, sobre divorcio.
La recurrente impugna el pronunciamiento de la sentencia de instancia relativo a la cuantía de la pensión alimenticia, a favor de sus hijas, impuesta a cargo de aquél, por considerar excesivo el importe fijado. El uso de la vivienda privativa del padre se atribuyó por el Convenio Regulador de la Separación a las hijas y a la madre. Ésta tiene ingresos
Se estima parcialmente recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, número ocho, de Torremolinos, sobre separación matrimonial.
Recurre el esposo en cuanto al importe a pagar a su esposa en concepto de cargas familiares y de la pensión compensatoria, limitándola de diez a tres años. Pues bien, la Sala entiende que debe estimarse, al menos en parte, la pretensión porque, el erróneamente denominado en instancia "levantamiento de las cargas
GUARDA Y CUSTODIA Y ALIMENTOS.- Atribución del uso de la vivienda familiar al progenitor no custodio.- Medida justificada, ante la amplitud de la vivienda, que permite alquilar habitaciones a terceros, como se ha venido haciendo.- Interés del menor.-
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 24 de los de Madrid, en autos sobre guarda y custodia y alimentos.
<p style="tLa Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre desahucio; la Sala señala que el procedimiento elegido, juicio verbal, es el adecuado para el ejercicio de la acción elegida por el actor -desahucio por precario- añadiendo la Sala que la jurisprudencia ha ampliado paulatinamente el concepto de precario hasta comprender no solo los supuestos de que se detenta una cosa con la tolerancia o por cuenta de su dueño, sino también todos aquellos en que la tenenci
La AP estima el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que no concurre en el caso ningún título de atribución de la vivienda que no fuera la liberalidad de los donantes, pues cuando se presenta la demanda no había proceso matrimonial vigente, y entonces el titular de la vivienda tienen plena legitimidad para poner fin a la cesión, pues la solución contraria comportaría un indebido vaciamiento de las facultades dominicales.
La Audiencia Provincial de Las Palmas estima el recurso de apelación del demandante sobre desahucio; el supuesto contemplado en autos es el de un progenitor que cede gratuitamente un inmueble de su propiedad a su hijo que contrae matrimonio, a fin de que constituya su hogar familiar, y, posteriormente, tras la separación matrimonial de los cónyuges, se fija judicialmente la medida de atribuir el uso de la vivienda al otro cónyuge y el hijo común; la Sala señala que la acción ejercitada de de
La Audiencia Provincial de La Guadalajara estima parcialmente el recurso de apelación del demandante sobre separación; la Sala señala que la fijación de un límite para el uso y disfrute de la vivienda conyugal es lo procedente en hipótesis en la que no existen hijos menores de edad, obedeciendo tal limitación a la finalidad de no gravar en exceso las facultades de disposición que corresponden al cónyuge no beneficiario de dicha atribución; en el presente caso, existiendo un hijo menor de edad
La Audiencia Provincial de Ciudad Real estima el recurso de apelación del demandante sobre modificación de medidas; la Sala señala que se ha producido en la actualidad un cambio de circunstancias que llevan a basar fundadamente la pretensión de la modificación postulada por el actor, sin perjuicio de que si se produjera el retorno de la esposa e hija a la ciudad, pudiera hacerse valer tal circunstancia al objeto de una hipotética recuperación del uso de la vivienda en cuestión.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no existe prueba alguna que justifique la existencia de un título documentado o no, sea de arrendamiento, comodato o figura jurídica próxima, que permita deducir que la concesión del uso de la vivienda no respondió a una graciosa voluntad de su propietario, como tampoco existe viso alguno de que se haya pagado, en cualquier tiempo o lugar, merced o renta de clase alguna.