Jurisprudencia sobre Uso de la vivienda.
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Uso vivienda familiar
Vivienda familiar
Custodia compartida
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Neira Vazquez, Carmen
De Motta Garcia-españa, Jose Enrique
Noblejas Negrillo, Margarita Blasa
Hortensia Garcia Esquius, Ana Maria
Perez Tormo, Maria Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima en parte el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Soria, sobre gastos de obras en declaración de propiedad. Se estimó que la mitad indivisa de la propiedad en cuestión pertenece a los actores, y que los demandados deben restituir la posesión de la misma. Se estima que los primeros deben abonar a los segundos la mitad de los gastos a que ascendieron las mejoras realizadas a la vivienda, pues aquéllas se realizaron a f
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no habiendo hijos, como es el caso, podrá acordarse que el uso de la vivienda familiar corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección, en este caso para la demandada durante el plazo de un año.
Se estima parcialmente el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Melilla, sobre divorcio.
En cuanto al uso de la vivienda que los litigantes poseen en Asturias, aquélla es ganancial y secundaria, dado que ninguno de los esposos reside habitualmente en ella y no constituye el domicilio familiar. Se afirma que el único uso de la vivienda sobre el que puede resolverse en un proceso matrimonial es el relativo a la que fuere vivienda familiar en
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima en parte el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Soria, sobre gastos de obras en declaración de propiedad. Se estimó que la mitad indivisa de la propiedad en cuestión pertenece a los actores, y que los demandados deben restituir la posesión de la misma. Se estima que los primeros deben abonar a los segundos la mitad de los gastos a que ascendieron las mejoras realizadas a la vivienda, pues aquéllas se realizaron a f
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no habiendo hijos, como es el caso, podrá acordarse que el uso de la vivienda familiar corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección, en este caso para la demandada durante el plazo de un año.
Se estima parcialmente el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Melilla, sobre divorcio.
En cuanto al uso de la vivienda que los litigantes poseen en Asturias, aquélla es ganancial y secundaria, dado que ninguno de los esposos reside habitualmente en ella y no constituye el domicilio familiar. Se afirma que el único uso de la vivienda sobre el que puede resolverse en un proceso matrimonial es el relativo a la que fuere vivienda familiar en