Jurisprudencia sobre Sobrino.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Sobrino Blanco, Angel Luis
Hermida Cebreiro, Hipolito
Berengua Mosquera, Antonio
Lopez-muñiz Criado, Carlos
Fernandez Font, Joaquin Miguel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Se desestima igualmente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales D. José Portela Leiros en nombre y representación de Juan contra María de los Angeles y la Aseguradora M.. La parte demandante/s JOAQUIN y JUAN formuló recurso de apelación contra la sentencia, que le fue admitido en ambos efectos, del que se le dio traslado a las demás partes por un plazo de cinco días a efectos de su impugnación o adhesión, presentándose escrito por la parte JOAQUIN, AUTO
Se estima parcialmente la demanda interpuesta y se declara no haber lugar a la extinción y resolución del contrato de arrendamiento del local de negocio sito en el bajo izquierda número 27 de la calle General Franco de Lalin ( Pontevedra); declarando procedente la actualización de la renta del referido local de negocio en el modo y forma establecidos en los tres últimos párrafos del fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, pudiendo el actor repercutir el im
ANGEL, contra EDICIONES y D..., S.A. , sobre reclamación de cantidad, como consecuencia del recurso de apelación formulado por la parte demandante ANGEL.
El Juzgado 1ª Instancia N° 2 de Vigo dictó sentencia de fecha 21 de diciembre de 1998. En la parte dispositiva de la misma consta el siguiente y literal: Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida por Don Angel frente a Ediciones y D... La parte demandante/s ANGEL formuló recurso de a
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima la demanda interpuesta por D. Amadeo contra Doña Josefa debo declarar y declaro que la finca denominada LACE, objeto de este litigio, no se encuentra gravada con ninguna servidumbre de acueducto; y debo condenar y condeno a la demandada a que retire inmediatamente la tubería de agua y los cables eléctricos que en este momento se encuentran instalados y que atraviesan la finca mencionada; con expresa imposición de costas a la parte demandada."Contra la reseñada s
Se deriva el recurso estimado sobre incapacitación.
En la demanda se solicitaba por una sobrina carnal la declaración de incapacidad de las recurrentes para regir su persona y sus bienes y nombramiento de un administrador de sus bienes. Se estima la tesis sobre la falta de legitimación activa de la demandante para solicitar la declaración de incapacidad. Esta legitimación activa la tienen restrictivamente las personas expresamente determinadas en la Ley aplicable.
Esmeralda, hija del hermano de la primera D. José-Benito, ya fallecido, se dirige la demanda contra D. José-Luis, sobrino y primo de las anteriores, respectivamente, hijo del también fallecido D. Manuel Rodríguez Pérez, interesando: A) que son herederos abintestato de los cónyuges D. Francisco y Dª. Josefa sus hijos Concepción, José Benito y Manuel, y en sustitución de José-Benito su hija Esmeralda, sin perjuicio de la cuota vidual usufructuar
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Sala señala que si el art. 88 impone al asegurador entregar al beneficiario la prestación del contrato, en los términos en que se ha interpretado por la jurisprudencia citada, está claro que el pago que se hizo en este caso se hizo, en su totalidad, por error y debe reintegrarse, todo ello al margen de los derechos que pueda corresponder a la demandada en la herencia
Se desestima igualmente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales D. José Portela Leiros en nombre y representación de Juan contra María de los Angeles y la Aseguradora M.. La parte demandante/s JOAQUIN y JUAN formuló recurso de apelación contra la sentencia, que le fue admitido en ambos efectos, del que se le dio traslado a las demás partes por un plazo de cinco días a efectos de su impugnación o adhesión, presentándose escrito por la parte JOAQUIN, AUTO
Se estima parcialmente la demanda interpuesta y se declara no haber lugar a la extinción y resolución del contrato de arrendamiento del local de negocio sito en el bajo izquierda número 27 de la calle General Franco de Lalin ( Pontevedra); declarando procedente la actualización de la renta del referido local de negocio en el modo y forma establecidos en los tres últimos párrafos del fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, pudiendo el actor repercutir el im
ANGEL, contra EDICIONES y D..., S.A. , sobre reclamación de cantidad, como consecuencia del recurso de apelación formulado por la parte demandante ANGEL.
El Juzgado 1ª Instancia N° 2 de Vigo dictó sentencia de fecha 21 de diciembre de 1998. En la parte dispositiva de la misma consta el siguiente y literal: Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida por Don Angel frente a Ediciones y D... La parte demandante/s ANGEL formuló recurso de a
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima la demanda interpuesta por D. Amadeo contra Doña Josefa debo declarar y declaro que la finca denominada LACE, objeto de este litigio, no se encuentra gravada con ninguna servidumbre de acueducto; y debo condenar y condeno a la demandada a que retire inmediatamente la tubería de agua y los cables eléctricos que en este momento se encuentran instalados y que atraviesan la finca mencionada; con expresa imposición de costas a la parte demandada."Contra la reseñada s
Se deriva el recurso estimado sobre incapacitación.
En la demanda se solicitaba por una sobrina carnal la declaración de incapacidad de las recurrentes para regir su persona y sus bienes y nombramiento de un administrador de sus bienes. Se estima la tesis sobre la falta de legitimación activa de la demandante para solicitar la declaración de incapacidad. Esta legitimación activa la tienen restrictivamente las personas expresamente determinadas en la Ley aplicable.
Esmeralda, hija del hermano de la primera D. José-Benito, ya fallecido, se dirige la demanda contra D. José-Luis, sobrino y primo de las anteriores, respectivamente, hijo del también fallecido D. Manuel Rodríguez Pérez, interesando: A) que son herederos abintestato de los cónyuges D. Francisco y Dª. Josefa sus hijos Concepción, José Benito y Manuel, y en sustitución de José-Benito su hija Esmeralda, sin perjuicio de la cuota vidual usufructuar
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandada. La Sala señala que si el art. 88 impone al asegurador entregar al beneficiario la prestación del contrato, en los términos en que se ha interpretado por la jurisprudencia citada, está claro que el pago que se hizo en este caso se hizo, en su totalidad, por error y debe reintegrarse, todo ello al margen de los derechos que pueda corresponder a la demandada en la herencia