Jurisprudencia sobre Robo con intimidación.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Ponente
Martinez Arrieta, Andres
Ventura Faci, Ramiro Jose
Iglesias Martin, Jose Carlos
Grau Gasso, Jose
Aparicio Carril, Maria Luisa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN
Se condena, por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Melilla, al acusado como autor de los delitos de de robo con intimidación en las personas y abusos sexuales en grado de tentativa. La Audiencia estima probado que el acusado con la intención de obtener un ilícito beneficio patrimonial, arrebató al menor la cartera, un móvil y los calzados que portaba. Después lo llevó a un descampado con ánimo de mantener relaciones sexuales, donde la víctima huyó después de lanzarle una piedra.
Basta con examinar el atestado policial para llegar a la conclusión de que no se ha constatado en ningún momento irregularidad alguna en el reconocimiento fotográfico que realiza la víctima en las dependencias policiales.
El Tribunal Supremo ha enumerado los criterios de aplicación de la atenuante específica contenida en el nº 3 del artículo
La intimidación sobrevenida, si nos atenemos al relato de hechos probados, no está vinculada con el ánimo de lucro y surge cuando el acusado se ve sorprendido en el interior del vehículo con la única finalidad de evadirse, como afirma la sentencia.
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado como autor de cinco delitos de robo con intimidación y uso de instrumento peligroso, por un delito de lesiones. Manifiesta la Sala que los hechos base para apreciar una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal deben quedar acreditados, y tras la revisión de la prueba practicada se comprueba que la conclusión vertida en la sentencia fue plenamente ajustada por cuanto no se practicó prueba alguna de la que pud
Robo con intimidación.Agresión sexual.Presunción de inocencia.
ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN
Se condena, por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Melilla, al acusado como autor de los delitos de de robo con intimidación en las personas y abusos sexuales en grado de tentativa. La Audiencia estima probado que el acusado con la intención de obtener un ilícito beneficio patrimonial, arrebató al menor la cartera, un móvil y los calzados que portaba. Después lo llevó a un descampado con ánimo de mantener relaciones sexuales, donde la víctima huyó después de lanzarle una piedra.
Basta con examinar el atestado policial para llegar a la conclusión de que no se ha constatado en ningún momento irregularidad alguna en el reconocimiento fotográfico que realiza la víctima en las dependencias policiales.
El Tribunal Supremo ha enumerado los criterios de aplicación de la atenuante específica contenida en el nº 3 del artículo
La intimidación sobrevenida, si nos atenemos al relato de hechos probados, no está vinculada con el ánimo de lucro y surge cuando el acusado se ve sorprendido en el interior del vehículo con la única finalidad de evadirse, como afirma la sentencia.
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado como autor de cinco delitos de robo con intimidación y uso de instrumento peligroso, por un delito de lesiones. Manifiesta la Sala que los hechos base para apreciar una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal deben quedar acreditados, y tras la revisión de la prueba practicada se comprueba que la conclusión vertida en la sentencia fue plenamente ajustada por cuanto no se practicó prueba alguna de la que pud
Robo con intimidación.Agresión sexual.Presunción de inocencia.