Jurisprudencia por Planchat Teruel, Jose Maria.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Valoración de la prueba
Medios de prueba
Representación procesal
Investigado o encausado
Prueba de cargo
Sentido del fallo
Desestima
Condena
Estima parcialmente
Estima
Absuelve
Orden
Penal
Ponente
Planchat Teruel, Jose Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Barcelona
AP Barcelona
AP Ávila
Búsqueda: Ponente
PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Sentencia Penal Nº 67/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 89/2009, 14-01-2011
PRIMERO.- Teniendo en cuenta conformidad del acusado con los hechos contenidos en la calificación acusatoria, prestada en las condiciones del
art. 787,2 "in fine" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , así como con las penas interesadas en la misma (no superiores a seis años), habida cuent
Sentencia Penal Nº 632/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 81/2012, 12-06-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, salvo aquellos modificados por los que siguen.
SEGUNDO.- Las representaciones procesales de
Marino y de
Pascual , condenados ambos en la instancia, convergen en su motivo central de disidencia frente a , objetando la valoración probatoria y, concretamente, señalando que los indicios no son suficientes para sustentar la condena.
La línea de razo
Sentencia Penal Nº 526/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 102/2011, 07-05-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en
Al margen de un siempre loable arrepentimiento por el hecho confesado, según parece desprenderse del manuscrito presentado por el condenado en la instancia la disidencia responde una única cuestión: la cuantía de la multa impuesta.
La decisión de la Sra. Juez "a quo" se ajusta, por conocido, al criterio que este Tribunal de segundo grado tiene reiterado en este particular y que puede resumirse en los sig
Sentencia Penal Nº 503/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 55/2011, 13-05-2011
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, salvo los que queden modificados mediante los siguientes.
SEGUNDO.- Razones de adecuada sistemática imponen el análisis previo de los recursos formulados por las representaciones de los condenados en la instancia, que postulan como motivos principales la libre absolución, previamente al interpuesto por el Ministerio Fiscal que fundamenta el suyo en términos de discrepancia respecto de la califi
Sentencia Penal Nº 655/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 19/2011, 05-07-2011
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal interesa la revocación de la Sentencia dictada en la instancia y el pronunciamiento por este Tribunal de condena.
Desde el momento en que se cita literalmente el "factum" la pretensión no cuestiona la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia pero sí se produce discrepancia en el punto tocante a la subsunción, esto precisamente, partiéndose de la premisa de la intangibilidad de los hechos probados, reclama de las
Sentencia Penal Nº 461/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 185/2009, 17-05-2010
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- Ambas representaciones procesales apelantes convergen en la disidencia respecto de la aplicación de los preceptos sustantivos sobre los que radica la condena, pero la de
Marí Trini anticipa a ese motivo común de impugnación lo que entiende como errónea valoración probatoria, arguyendo que la probanza practicada no llega a demostrar cabalme
Sentencia Penal Nº 304/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 84/2011, 05-03-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El recurrente, condenado en el Juzgado de origen como autor de una faltas de daños, esgrime como argumento central de recurso su disidencia respecto de la valoración de la prueba efectuada en el Juzgado "a quo", reiterando la veracidad de su versión y disintiendo del superior valor que stancia concede a la testifical, en especial la del den
Sentencia Penal Nº 120/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 66/2011, 08-02-2012
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud previsto y penado en el
art. 368, 2º párrafo del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30566" tipo="LEGISLACION
Sentencia Penal Nº 879/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 139/2010, 10-11-2010
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos que se recogen en la Sentencia apelada, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de instancia articula su tesis en esta alzada negando la existencia del injusto por el que el encausado fue condenado en el Juzgado de lo Penal.
En la legalidad posterior a la reforma por L.O. 15/2007 el
art. <rel id="1948765_89261" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Penal Nº 903/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 3/2006, 12-11-2010
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de falsedad en documento privado del
art. 395 en relación con el
art. 390.1, 2 y 3 y de un delito de estafa de los
arts. 248 y 250.1.2º , en grado de tentativa,
(arts. 16 y 52 ) preceptos todos del <rel id="19487
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Sentencia Penal Nº 67/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 89/2009, 14-01-2011
PRIMERO.- Teniendo en cuenta conformidad del acusado con los hechos contenidos en la calificación acusatoria, prestada en las condiciones del
art. 787,2 "in fine" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , así como con las penas interesadas en la misma (no superiores a seis años), habida cuent
Sentencia Penal Nº 632/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 81/2012, 12-06-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, salvo aquellos modificados por los que siguen.
SEGUNDO.- Las representaciones procesales de
Marino y de
Pascual , condenados ambos en la instancia, convergen en su motivo central de disidencia frente a , objetando la valoración probatoria y, concretamente, señalando que los indicios no son suficientes para sustentar la condena.
La línea de razo
Sentencia Penal Nº 526/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 102/2011, 07-05-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en
Al margen de un siempre loable arrepentimiento por el hecho confesado, según parece desprenderse del manuscrito presentado por el condenado en la instancia la disidencia responde una única cuestión: la cuantía de la multa impuesta.
La decisión de la Sra. Juez "a quo" se ajusta, por conocido, al criterio que este Tribunal de segundo grado tiene reiterado en este particular y que puede resumirse en los sig
Sentencia Penal Nº 503/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 55/2011, 13-05-2011
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, salvo los que queden modificados mediante los siguientes.
SEGUNDO.- Razones de adecuada sistemática imponen el análisis previo de los recursos formulados por las representaciones de los condenados en la instancia, que postulan como motivos principales la libre absolución, previamente al interpuesto por el Ministerio Fiscal que fundamenta el suyo en términos de discrepancia respecto de la califi
Sentencia Penal Nº 655/2011, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 19/2011, 05-07-2011
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal interesa la revocación de la Sentencia dictada en la instancia y el pronunciamiento por este Tribunal de condena.
Desde el momento en que se cita literalmente el "factum" la pretensión no cuestiona la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia pero sí se produce discrepancia en el punto tocante a la subsunción, esto precisamente, partiéndose de la premisa de la intangibilidad de los hechos probados, reclama de las
Sentencia Penal Nº 461/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 185/2009, 17-05-2010
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- Ambas representaciones procesales apelantes convergen en la disidencia respecto de la aplicación de los preceptos sustantivos sobre los que radica la condena, pero la de
Marí Trini anticipa a ese motivo común de impugnación lo que entiende como errónea valoración probatoria, arguyendo que la probanza practicada no llega a demostrar cabalme
Sentencia Penal Nº 304/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 84/2011, 05-03-2012
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El recurrente, condenado en el Juzgado de origen como autor de una faltas de daños, esgrime como argumento central de recurso su disidencia respecto de la valoración de la prueba efectuada en el Juzgado "a quo", reiterando la veracidad de su versión y disintiendo del superior valor que stancia concede a la testifical, en especial la del den
Sentencia Penal Nº 120/2012, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 66/2011, 08-02-2012
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud previsto y penado en el
art. 368, 2º párrafo del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30566" tipo="LEGISLACION
Sentencia Penal Nº 879/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 139/2010, 10-11-2010
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos que se recogen en la Sentencia apelada, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de instancia articula su tesis en esta alzada negando la existencia del injusto por el que el encausado fue condenado en el Juzgado de lo Penal.
En la legalidad posterior a la reforma por L.O. 15/2007 el
art. <rel id="1948765_89261" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Penal Nº 903/2010, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 3/2006, 12-11-2010
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de falsedad en documento privado del
art. 395 en relación con el
art. 390.1, 2 y 3 y de un delito de estafa de los
arts. 248 y 250.1.2º , en grado de tentativa,
(arts. 16 y 52 ) preceptos todos del <rel id="19487