Jurisprudencia por Planchat Teruel, Jose Maria.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Valoración de la prueba
Medios de prueba
Representación procesal
Investigado o encausado
Prueba de cargo
Sentido del fallo
Desestima
Condena
Estima parcialmente
Estima
Absuelve
Orden
Penal
Ponente
Planchat Teruel, Jose Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Barcelona
AP Barcelona
AP Ávila
Búsqueda: Ponente
PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Sentencia Penal Nº 99/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 192/2015, 08-02-2016
PRIMERO.- El motivo inicial del recurso denuncia la denominada incongruencia omisiva.
Resumiendo copiosa y constante doctrina legal cabe apuntar como requisitos de tal vicio 'in iudicando': a) que la omisión venga referida a cuestiones jurídicas y no de hecho planteadas oportunamente por las partes en sus escritos de conclusiones definitivas; b) que la resolución dictada haya dejado de pronunciarse sobre los concretos problemas de Derecho debatidos; y c) que aún existiendo el vicio, es
Sentencia Penal Nº 125/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 5/2016, 17-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos de la Sentencia recurrida, salvo los modificados por los siguientes.
SEGUNDO.- La representación procesal de
Mariana sostiene como los dos motivos de su recurso: por una parte, lo que entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena; y, por otra, la indebida calificación jurídica de las lesiones como delito.
TERCERO.- En cuanto a lo primero, y línea de prin
Sentencia Penal Nº 78/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 67/2012, 27-01-2016
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud previsto y penado en el
art. 368.2º párrafo del Código penal , en su modalidad de tráfico. El Tribunal Supremo incardina sin inflexi
Sentencia Penal Nº 74/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 162/2015, 24-01-2016
PRIMERO.- El motivo de fondo invoca la existencia de infracción penal por parte de la persona denunciada. Lo que concretamente cuestiona no es otra cosa que la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia, desde el momento en que se sostiene la existencia de prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia. En efecto, la parte recurrente afirma la existencia de impedimento por parte de la denunciada para llevar a cabo el régimen de visitas.
Sentencia Penal Nº 121/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 7/2016, 11-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en , a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- Las representaciones procesales de ambos condenados en la instancia convergen en el principal motivo de apelación, teniendo ambas como errónea valoración de la prueba niegan la suficiencia de ésta para demostrar la existencia del delito de robo agravado.
En línea de principios debe señalarse, de antemano, que carece el órgano de apelación de la inmediación
Sentencia Penal Nº 110/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 202/2015, 08-02-2016
PRIMERO.- El motivo de fondo invoca la existencia de infracción penal por parte de las personas denunciadas. Lo que concretamente cuestiona no es otra cosa que la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia, desde el momento en que se sostiene la existencia de prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia. En efecto, la parte recurrente afirma no solamente la existencia de lesiones leves sino que las atribuye a aquella denunciada, precisame
Sentencia Penal Nº 152/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 19/2016, 22-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos de la Sentencia recurrida, salvo los modificados por los siguientes.
SEGUNDO.- Niega la parte apelante la existencia de los dos delitos por los que el encausado fue condenado en el Juzgado penal de origen.
Mientras en la legalidad anterior a la vigente al suceder los hechos (derivada de reforma por L.O. 15/2007 aplicable desde el 2/12/2007), el delito definido en el entonces único párrafo del
art. <rel id="1948765_89261" uri="http://poolpart
Sentencia Penal Nº 58/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 142/2015, 17-01-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso es el que sostiene lo que se entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena.
En línea de principios, debe señalarse de antemano que carece el órgano de apelación de la inmediación que gozó la Sra. Juez 'a quo' ante quien se desarrolló en
Sentencia Penal Nº 398/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 34/2016, 17-05-2016
PRIMERO.- Convergen en la presente apelación cuestiones de indudable interés.
En primer término, la atribución al denunciado absuelto de una falta contra las personas conforme al dictado del
art. 621.3 del Código penal , en su redacción anterior a la reforma mediante L.O. 1/2015, que castigaba
Sentencia Penal Nº 130/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 217/2015, 14-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso presentado por el condenado en el Juzgado de origen, que lo fue por faltas de lesiones, sostiene lo que se entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena.
En línea de principios, debe señalarse de antemano que carece el órgano de apelaci
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
PLANCHAT TERUEL, JOSE MARIA
Sentencia Penal Nº 99/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 192/2015, 08-02-2016
PRIMERO.- El motivo inicial del recurso denuncia la denominada incongruencia omisiva.
Resumiendo copiosa y constante doctrina legal cabe apuntar como requisitos de tal vicio 'in iudicando': a) que la omisión venga referida a cuestiones jurídicas y no de hecho planteadas oportunamente por las partes en sus escritos de conclusiones definitivas; b) que la resolución dictada haya dejado de pronunciarse sobre los concretos problemas de Derecho debatidos; y c) que aún existiendo el vicio, es
Sentencia Penal Nº 125/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 5/2016, 17-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos de la Sentencia recurrida, salvo los modificados por los siguientes.
SEGUNDO.- La representación procesal de
Mariana sostiene como los dos motivos de su recurso: por una parte, lo que entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena; y, por otra, la indebida calificación jurídica de las lesiones como delito.
TERCERO.- En cuanto a lo primero, y línea de prin
Sentencia Penal Nº 78/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 67/2012, 27-01-2016
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud previsto y penado en el
art. 368.2º párrafo del Código penal , en su modalidad de tráfico. El Tribunal Supremo incardina sin inflexi
Sentencia Penal Nº 74/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 162/2015, 24-01-2016
PRIMERO.- El motivo de fondo invoca la existencia de infracción penal por parte de la persona denunciada. Lo que concretamente cuestiona no es otra cosa que la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia, desde el momento en que se sostiene la existencia de prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia. En efecto, la parte recurrente afirma la existencia de impedimento por parte de la denunciada para llevar a cabo el régimen de visitas.
Sentencia Penal Nº 121/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 7/2016, 11-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan asimismo los fundamentos jurídicos que se contienen en , a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- Las representaciones procesales de ambos condenados en la instancia convergen en el principal motivo de apelación, teniendo ambas como errónea valoración de la prueba niegan la suficiencia de ésta para demostrar la existencia del delito de robo agravado.
En línea de principios debe señalarse, de antemano, que carece el órgano de apelación de la inmediación
Sentencia Penal Nº 110/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 202/2015, 08-02-2016
PRIMERO.- El motivo de fondo invoca la existencia de infracción penal por parte de las personas denunciadas. Lo que concretamente cuestiona no es otra cosa que la valoración probatoria llevada a cabo en el enjuiciamiento en la primera instancia, desde el momento en que se sostiene la existencia de prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia. En efecto, la parte recurrente afirma no solamente la existencia de lesiones leves sino que las atribuye a aquella denunciada, precisame
Sentencia Penal Nº 152/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 19/2016, 22-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos de la Sentencia recurrida, salvo los modificados por los siguientes.
SEGUNDO.- Niega la parte apelante la existencia de los dos delitos por los que el encausado fue condenado en el Juzgado penal de origen.
Mientras en la legalidad anterior a la vigente al suceder los hechos (derivada de reforma por L.O. 15/2007 aplicable desde el 2/12/2007), el delito definido en el entonces único párrafo del
art. <rel id="1948765_89261" uri="http://poolpart
Sentencia Penal Nº 58/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 142/2015, 17-01-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso es el que sostiene lo que se entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena.
En línea de principios, debe señalarse de antemano que carece el órgano de apelación de la inmediación que gozó la Sra. Juez 'a quo' ante quien se desarrolló en
Sentencia Penal Nº 398/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 34/2016, 17-05-2016
PRIMERO.- Convergen en la presente apelación cuestiones de indudable interés.
En primer término, la atribución al denunciado absuelto de una falta contra las personas conforme al dictado del
art. 621.3 del Código penal , en su redacción anterior a la reforma mediante L.O. 1/2015, que castigaba
Sentencia Penal Nº 130/2016, AP - Barcelona, Sec. 10, Rec 217/2015, 14-02-2016
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos que se contienen en la Sentencia recurrida, a los que se añaden los siguientes.
SEGUNDO.- El motivo principal del recurso presentado por el condenado en el Juzgado de origen, que lo fue por faltas de lesiones, sostiene lo que se entiende como errónea valoración de la prueba, aduciendo la insuficiencia de la prueba desplegada para sustentar la condena.
En línea de principios, debe señalarse de antemano que carece el órgano de apelaci