Jurisprudencia sobre Error material.

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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 320/2020, TSJ Asturias, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 367/2019, 23-06-2020

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Asturias


Ponente: GALLEGO OTERO, JULIO LUIS


Nº de sentencia: 320/2020



DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES

Sentencia CIVIL Nº 214/2020, AP - A Coruña, Sec. 6, Rec 168/2020, 14-09-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - A Coruña


Ponente: FERNANDEZ-CID TREMOYA, EDUARDO


Nº de sentencia: 214/2020



PRIMERO.- Es objeto de recurso de apelación por los arrendatarios demandados, la sentencia de instancia que estimando parcialmente la demanda, pues se reclamaban 16.813 y se acogieron 12.815, y en relación con un contrato de arrendamiento con opción de compra que fue resuelto por los arrendatarios a los tres años, sobre una lista de diecisiete defectos o daños a indemnizar incluida la última mensualidad de renta por 800, acogió parte de ellos, excluyendo en esencia las partidas relacionad
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 2192/2019, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 494/2016, 29-11-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Andalucia


Ponente: ROÁS MARTÍN, PEDRO LUIS


Nº de sentencia: 2192/2019



PRIMERO.- Sostiene la recurrente en su demanda que no consta ni en la resolución de concesión inicial, ni en ninguno de los requerimientos posteriores formulados por la demandada que le fuere exigida la acreditación y justificación de las circunstancias en virtud de las que se resolvió la denegación de la concesión del incentivo, que por otra parte tampoco aparece exigida en la Orden reguladora. En cualquier caso, alega que lo ha acreditado, en el momento en el que ha sido requerido pa
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 3901/2011, 21-07-2014

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana


Ponente: OLIVEROS ROSSELLÓ, MARÍA JESÚS



PRIMERO: El art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: '1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.2. Las aclaraciones a que se refiere el apar
Sentencia CIVIL Nº 193/2020, AP - Pontevedra, Sec. 6, Rec 15/2020, 27-05-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: FERNÁNDEZ SOTO, MAGDALENA


Nº de sentencia: 193/2020



MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 295/2012, 29-10-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: HERNANDEZ, ISABEL PASCUAL



PRIMERO.-Dispone el artículo 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que 'los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan'; precepto que es reproducido po
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo Nº Pr0cedimient0:PR0CEDIMIENT00RDINARI0, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 9, Rec 789/2010, 27-11-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: QUESADA VAREA, JOSE LUIS


Nº de sentencia: Pr0cedimient0:PR0CEDIMIENT00RDINARI0



ÚNICO.- El recurso de aclaración formulado por la parte recurrente permite que la Sala advierta el error material en que ha incurrido en la transcripción de la sentencia dictada en el presente recurso 789/2010 , en cuanto omitió los fundamentos de Derecho tercero, cuarto y quinto de la misma, así como el fallo.Por tanto, en virtud de los arts. 267.1 y 3 de la <rel id="1327091" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30392" tipo="L
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 3158/2014, 20-07-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: FERNANDEZ VALVERDE, RAFAEL



SUBSANACIÓN Y COMPLEMENTO DE AUTO RESOLVIENDO INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES.

Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 375/2018, 21-07-2020

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana


Ponente: VIDAL MAS, ROSARIO



PRIMERO.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su redacción vigente dada por la LO 19/2003 de 23 de diciembre establece que: '1. - Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier erro
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 289/2012, 22-10-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Castilla y Leon


Ponente: GARCIA VICARIO, MARIA CONCEPCION



Aclaración sentencia nº 375/2013 de fecha 4/10/13

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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 320/2020, TSJ Asturias, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 367/2019, 23-06-2020

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Asturias


Ponente: GALLEGO OTERO, JULIO LUIS


Nº de sentencia: 320/2020



DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES

Sentencia CIVIL Nº 214/2020, AP - A Coruña, Sec. 6, Rec 168/2020, 14-09-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - A Coruña


Ponente: FERNANDEZ-CID TREMOYA, EDUARDO


Nº de sentencia: 214/2020



PRIMERO.- Es objeto de recurso de apelación por los arrendatarios demandados, la sentencia de instancia que estimando parcialmente la demanda, pues se reclamaban 16.813 y se acogieron 12.815, y en relación con un contrato de arrendamiento con opción de compra que fue resuelto por los arrendatarios a los tres años, sobre una lista de diecisiete defectos o daños a indemnizar incluida la última mensualidad de renta por 800, acogió parte de ellos, excluyendo en esencia las partidas relacionad
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 2192/2019, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 494/2016, 29-11-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Andalucia


Ponente: ROÁS MARTÍN, PEDRO LUIS


Nº de sentencia: 2192/2019



PRIMERO.- Sostiene la recurrente en su demanda que no consta ni en la resolución de concesión inicial, ni en ninguno de los requerimientos posteriores formulados por la demandada que le fuere exigida la acreditación y justificación de las circunstancias en virtud de las que se resolvió la denegación de la concesión del incentivo, que por otra parte tampoco aparece exigida en la Orden reguladora. En cualquier caso, alega que lo ha acreditado, en el momento en el que ha sido requerido pa
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 3901/2011, 21-07-2014

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana


Ponente: OLIVEROS ROSSELLÓ, MARÍA JESÚS



PRIMERO: El art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: '1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.2. Las aclaraciones a que se refiere el apar
Sentencia CIVIL Nº 193/2020, AP - Pontevedra, Sec. 6, Rec 15/2020, 27-05-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: FERNÁNDEZ SOTO, MAGDALENA


Nº de sentencia: 193/2020



MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 295/2012, 29-10-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: HERNANDEZ, ISABEL PASCUAL



PRIMERO.-Dispone el artículo 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que 'los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan'; precepto que es reproducido po
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo Nº Pr0cedimient0:PR0CEDIMIENT00RDINARI0, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 9, Rec 789/2010, 27-11-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: QUESADA VAREA, JOSE LUIS


Nº de sentencia: Pr0cedimient0:PR0CEDIMIENT00RDINARI0



ÚNICO.- El recurso de aclaración formulado por la parte recurrente permite que la Sala advierta el error material en que ha incurrido en la transcripción de la sentencia dictada en el presente recurso 789/2010 , en cuanto omitió los fundamentos de Derecho tercero, cuarto y quinto de la misma, así como el fallo.Por tanto, en virtud de los arts. 267.1 y 3 de la <rel id="1327091" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30392" tipo="L
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 3158/2014, 20-07-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: FERNANDEZ VALVERDE, RAFAEL



SUBSANACIÓN Y COMPLEMENTO DE AUTO RESOLVIENDO INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES.

Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 375/2018, 21-07-2020

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana


Ponente: VIDAL MAS, ROSARIO



PRIMERO.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su redacción vigente dada por la LO 19/2003 de 23 de diciembre establece que: '1. - Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier erro
Sentencia-Auto Contencioso-Administrativo TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 289/2012, 22-10-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Castilla y Leon


Ponente: GARCIA VICARIO, MARIA CONCEPCION



Aclaración sentencia nº 375/2013 de fecha 4/10/13

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