Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
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Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente absoluta. La Sala recuerda que es "incapacidad permanente absoluta" el grado de invalidez permanente caracterizado por la presencia de reducciones anatómicas o funcionales que inhabilitan por completo al trabajador para toda clase de profesión u oficio. La Sala señala que las dolencias del trabajador le producen "menoscabos que le impiden el desa
Se desestima el recurso de suplicación contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo, sobre incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional. El ordenamiento jurídico, a efectos de prestaciones dispensadas por el sistema público de la Seguridad Social configura la enfermedad profesional como aquella que se contrae a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades específicamente detalladas en una lista oficial y en virtud de la a
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Mieres sobre pensión de viudedad. La cuestión litigiosa planteada se centra en determinar si el fallecimiento del causante fue debido o no a la enfermedad profesional de silicosis. El esposo de la recurrente falleció a causa de un edema agudo de pulmón bilateral. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón sobre determinación de contingencia en invalidez permanente. Se considera que el mero hecho de que el recurrente sufra una hipoacusia bilateral por trauma sonoro crónico no determina que la invalidez reconocida haya de atribuirse necesariamente a la contingencia de enfermedad profesional. Para ello es preciso que dicha dolencia sea la más relevante e incapacitante, s
Se estima el recurso de suplicación formalizado contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Oviedo sobre invalidez. Se determina que a pesar de la asistencia médico sanitaria recibida, la exploración pone de manifiesto la persistencia de dolor a la palpación y a la extensión forzada, así como la discreta pérdida de fuerza, signos claros de la permanencia de la enfermedad profesional del epicondilitis, incompatible con trabajos que sobrecarguen el miembro superior lesionado.
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés en los autos seguidos a instancia de un trabajador sobre contingencia de invalidez permanente, por padecer un cáncer de laringe, que fue reconocida puesto que se trata de una enfermedad listada como enfermedad profesional en el artículo 116 de la
Se estima el recurso de suplicación formalizado contra sentencia del Juzgado de lo Social n.º 6 de Oviedo sobre determinación de contingencia en incapacidad temporal. Se determina que la calificación de epicondilitis fue otorgada por el médico de cabecera al que acudió la actora, rechazada por los servicios médicos de la Mutua, aquejada de dolor en el codo. Pero se demuestra por los acontecimientos anteriores y posteriores que dicho dolor era debido a la dolencia que había ocasionado las baja
Se desestima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre incapacidad permanente.
Si bien una lesión o secuela que impida la realización de las tareas de la profesión habitual puede también determinar la invalidez absoluta para todo trabajo cuando la persona afectada tiene la capacidad limitada por lesiones anteriores a la afiliación, de forma que accediera al mundo laboral por una especial adaptación al oficio para el que después pier
Se desestima el Recurso de Suplicación frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Gijón, sobre incapacidad temporal.
Se confirma la sentencia desestimatoria de la demanda formulada por la actora en pretensión de que se declarase que su proceso de incapacidad temporal, ahora enjuiciado, derivaba de enfermedad profesional, no de contingencias comunes. En este caso, no se aprecia conexión causal entre las lesiones padecidas por la trabajadora y el trabajo desarrollado.
Se estima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Gijón, sobre incapacidad temporal.
Se declara que la baja médica extendida a la actora es derivada de enfermedad profesional. En este caso, no puede hablarse de tiempo largo de separación del trabajo como prueba suficiente para destruir la presunción de que una dolencia incluida en el catálogo de enfermedades profesionales, que se manifiesta en el trabajo, en mayo, y se reproduce al incorporarse
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente absoluta. La Sala recuerda que es "incapacidad permanente absoluta" el grado de invalidez permanente caracterizado por la presencia de reducciones anatómicas o funcionales que inhabilitan por completo al trabajador para toda clase de profesión u oficio. La Sala señala que las dolencias del trabajador le producen "menoscabos que le impiden el desa
Se desestima el recurso de suplicación contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo, sobre incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional. El ordenamiento jurídico, a efectos de prestaciones dispensadas por el sistema público de la Seguridad Social configura la enfermedad profesional como aquella que se contrae a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades específicamente detalladas en una lista oficial y en virtud de la a
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Mieres sobre pensión de viudedad. La cuestión litigiosa planteada se centra en determinar si el fallecimiento del causante fue debido o no a la enfermedad profesional de silicosis. El esposo de la recurrente falleció a causa de un edema agudo de pulmón bilateral. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón sobre determinación de contingencia en invalidez permanente. Se considera que el mero hecho de que el recurrente sufra una hipoacusia bilateral por trauma sonoro crónico no determina que la invalidez reconocida haya de atribuirse necesariamente a la contingencia de enfermedad profesional. Para ello es preciso que dicha dolencia sea la más relevante e incapacitante, s
Se estima el recurso de suplicación formalizado contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Oviedo sobre invalidez. Se determina que a pesar de la asistencia médico sanitaria recibida, la exploración pone de manifiesto la persistencia de dolor a la palpación y a la extensión forzada, así como la discreta pérdida de fuerza, signos claros de la permanencia de la enfermedad profesional del epicondilitis, incompatible con trabajos que sobrecarguen el miembro superior lesionado.
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés en los autos seguidos a instancia de un trabajador sobre contingencia de invalidez permanente, por padecer un cáncer de laringe, que fue reconocida puesto que se trata de una enfermedad listada como enfermedad profesional en el artículo 116 de la
Se estima el recurso de suplicación formalizado contra sentencia del Juzgado de lo Social n.º 6 de Oviedo sobre determinación de contingencia en incapacidad temporal. Se determina que la calificación de epicondilitis fue otorgada por el médico de cabecera al que acudió la actora, rechazada por los servicios médicos de la Mutua, aquejada de dolor en el codo. Pero se demuestra por los acontecimientos anteriores y posteriores que dicho dolor era debido a la dolencia que había ocasionado las baja
Se desestima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre incapacidad permanente.
Si bien una lesión o secuela que impida la realización de las tareas de la profesión habitual puede también determinar la invalidez absoluta para todo trabajo cuando la persona afectada tiene la capacidad limitada por lesiones anteriores a la afiliación, de forma que accediera al mundo laboral por una especial adaptación al oficio para el que después pier
Se desestima el Recurso de Suplicación frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Gijón, sobre incapacidad temporal.
Se confirma la sentencia desestimatoria de la demanda formulada por la actora en pretensión de que se declarase que su proceso de incapacidad temporal, ahora enjuiciado, derivaba de enfermedad profesional, no de contingencias comunes. En este caso, no se aprecia conexión causal entre las lesiones padecidas por la trabajadora y el trabajo desarrollado.
Se estima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Gijón, sobre incapacidad temporal.
Se declara que la baja médica extendida a la actora es derivada de enfermedad profesional. En este caso, no puede hablarse de tiempo largo de separación del trabajo como prueba suficiente para destruir la presunción de que una dolencia incluida en el catálogo de enfermedades profesionales, que se manifiesta en el trabajo, en mayo, y se reproduce al incorporarse