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Sentencia Social Nº 1021/2006, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 720/2005 de 31 de Marzo de 2006
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Orden: Social
Fecha: 31 de Marzo de 2006
Tribunal: TSJ Asturias
Ponente: GONZALEZ GONZALEZ, CARMEN HILDA
Nº de sentencia: 1021/2006
Núm. Cendoj: 33044340012006101543
Núm. Ecli: ES:TSJAS:2006:3685
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón sobre determinación de contingencia en invalidez permanente. Se considera que el mero hecho de que el recurrente sufra una hipoacusia bilateral por trauma sonoro crónico no determina que la invalidez reconocida haya de atribuirse necesariamente a la contingencia de enfermedad profesional. Para ello es preciso que dicha dolencia sea la más relevante e incapacitante, situación ausente en el caso enjuiciado ya que la hipoacusia es de carácter leve y carece, por sí sola, de trascendencia funcional bastante para impedir el desempeño de las tareas inherentes a su profesión de oficial 1ª pintor de buques. En cambio, las restantes dolencias que sufre resultan claramente incompatibles con el ejercicio de dicha profesión cumpliendo unas exigencias mínimas de continuidad, dedicación y rendimiento, por lo que la contingencia determinante de la invalidez no es la enfermedad profesional, sino la enfermedad común, como decide con toda corrección la sentencia de instancia.
Voces
Enfermedad profesional
Enfermedad Común
Incapacidad permanente total
Medios de prueba
Cuadro de enfermedades profesionales
Incapacidad permanente
Encabezamiento
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 01021/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN
N.I.G: 33044 34 4 2005 0101935, MODELO: 46050
TIPO Y Nº …
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