Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
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Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se estima el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número Uno de Avilés en reclamación de incapacidad permanente total. En el caso de autos, el trabajador recurrido fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Total por enfermedad común, considerando éste que la causa de la misma se derivaba de enfermedad profesional. La Sala, sin embargo, entiende que en virtud de la <rel id="715708
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Gijón, sobre incapacidad permanente. La Sala estima que la sentencia de instancia incurre en error al establecer el cálculo de la base reguladora de la pensión reconocida al incapaz sobre la base de 260 días laborables ya que el convenio vigente en la fecha a la que corresponde el cálculo establece 207 días o 1.656 horas anuales, y, por tanto, habrá de fijarse como base reguladora
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo sobre determinación de contingencia de la que trae causa la incapacidad temporal. A la luz de los hechos que han quedado acreditados, es evidente que las lesiones que han motivado la baja litigiosa del actor no provienen de enfermedad profesional pues si bien es cierto que la primera baja se calificó como enfermedad profesional por el diagnóstico de epicondilitis medial y
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre reclamación de incapacidad permanente. La empresa recurrida no expuso al actor al contacto con la sustancia nociva, por lo que falta la necesaria relación de causalidad entre la dolencia causante de la declaración de incapacidad permanente y la falta de medidas de prevención imputable a la empresa, lo que conduce a la desestimación del recurso formulado.
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente total. La Sala estima que, en el caso de autos, no hay enfermedad profesional a la que asociar una intercurrencia de enfermedades comunes y no estando constatado que exista patrón nodular valorable en relación a neumoconiosis, no cabe estimar que el trabajador estuviera afectado de la incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional de sil
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo, sobre Incapacidad Permanente. Se determina que lo que el actor-recurrente pretende compatibilizar, frente al criterio de la sentencia recurrida que confirma la resolución del INSS, son dos pensiones del Régimen General de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, una derivada de enfermedad profesional y otra de enfermedad común, afectadas por la incompatibilid
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo en procedimiento sobre contingencia y prestaciones, sobre la calificación como profesional de la enfermedad sufrida por el trabajador demandante. Se considera probado que la enfermedad del demandante ha sido provocada por las vibraciones del martillo neumático que utilizaba en su actividad como peón de la construcción, conforme se estableció en el informe médico de síntesi
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Avilés sobre declaración de la categoría a tener en cuenta para determinar la base reguladora de la incapacidad permanente absoluta. El puesto de trabajo desempeñado por el demandante durante la mayor parte de su actividad en el interior de minas de carbón fue con la categoría profesional de picador que ostentó durante más de once años y donde, indudablemente, tuvo mayor probabilida
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo, sobre indemnización por fallecimiento. En este caso, la enfermedad profesional del causante fallecido no había determinado el reconocimiento de una situación de incapacidad permanente absoluta, sino de una situación de incapacidad permanente total. Para el nacimiento del derecho a las prestaciones de muerte y supervivencia es necesario probar que la muerte ha sido causada por la enf
Se estima el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número Uno de Avilés en reclamación de incapacidad permanente total. En el caso de autos, el trabajador recurrido fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Total por enfermedad común, considerando éste que la causa de la misma se derivaba de enfermedad profesional. La Sala, sin embargo, entiende que en virtud de la <rel id="715708
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Gijón, sobre incapacidad permanente. La Sala estima que la sentencia de instancia incurre en error al establecer el cálculo de la base reguladora de la pensión reconocida al incapaz sobre la base de 260 días laborables ya que el convenio vigente en la fecha a la que corresponde el cálculo establece 207 días o 1.656 horas anuales, y, por tanto, habrá de fijarse como base reguladora
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo sobre determinación de contingencia de la que trae causa la incapacidad temporal. A la luz de los hechos que han quedado acreditados, es evidente que las lesiones que han motivado la baja litigiosa del actor no provienen de enfermedad profesional pues si bien es cierto que la primera baja se calificó como enfermedad profesional por el diagnóstico de epicondilitis medial y
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre reclamación de incapacidad permanente. La empresa recurrida no expuso al actor al contacto con la sustancia nociva, por lo que falta la necesaria relación de causalidad entre la dolencia causante de la declaración de incapacidad permanente y la falta de medidas de prevención imputable a la empresa, lo que conduce a la desestimación del recurso formulado.
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente total. La Sala estima que, en el caso de autos, no hay enfermedad profesional a la que asociar una intercurrencia de enfermedades comunes y no estando constatado que exista patrón nodular valorable en relación a neumoconiosis, no cabe estimar que el trabajador estuviera afectado de la incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional de sil
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Oviedo, sobre Incapacidad Permanente. Se determina que lo que el actor-recurrente pretende compatibilizar, frente al criterio de la sentencia recurrida que confirma la resolución del INSS, son dos pensiones del Régimen General de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, una derivada de enfermedad profesional y otra de enfermedad común, afectadas por la incompatibilid
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo en procedimiento sobre contingencia y prestaciones, sobre la calificación como profesional de la enfermedad sufrida por el trabajador demandante. Se considera probado que la enfermedad del demandante ha sido provocada por las vibraciones del martillo neumático que utilizaba en su actividad como peón de la construcción, conforme se estableció en el informe médico de síntesi
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Avilés sobre declaración de la categoría a tener en cuenta para determinar la base reguladora de la incapacidad permanente absoluta. El puesto de trabajo desempeñado por el demandante durante la mayor parte de su actividad en el interior de minas de carbón fue con la categoría profesional de picador que ostentó durante más de once años y donde, indudablemente, tuvo mayor probabilida
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo, sobre indemnización por fallecimiento. En este caso, la enfermedad profesional del causante fallecido no había determinado el reconocimiento de una situación de incapacidad permanente absoluta, sino de una situación de incapacidad permanente total. Para el nacimiento del derecho a las prestaciones de muerte y supervivencia es necesario probar que la muerte ha sido causada por la enf