Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
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Voces
Presunción de inocencia
Drogas
Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Almería, por delito contra la integridad moral y por falta de lesiones. La Sala declara, en relación con la falta de lesiones, que desde se produjeron los hechos y se expresó la voluntad de denunciar por parte del perjudicado hasta que se dicta la providencia que ordena seguir el procedimiento contra los dos agentes de policía, había transcurrido much
Se declara haber lugar al recurso de casación promovido por una de las procesadas contra sentencia condenatoria de la Sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid, por un delito contra la salud pública. La Sala declara que no habiéndose probado que la recurrente conocía y, de uno u otro modo, participaba en la difusión clandestina de la sustancia estupefaciente que fue hallada en la localidad de Móstoles, procede la estimación del motivo y consiguiente absolución de la recurrente.
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Almería, por delito contra la integridad moral y por falta de lesiones. La Sala declara, en relación con la falta de lesiones, que desde se produjeron los hechos y se expresó la voluntad de denunciar por parte del perjudicado hasta que se dicta la providencia que ordena seguir el procedimiento contra los dos agentes de policía, había transcurrido much
Se declara haber lugar al recurso de casación promovido por una de las procesadas contra sentencia condenatoria de la Sección 29 de la Audiencia Provincial de Madrid, por un delito contra la salud pública. La Sala declara que no habiéndose probado que la recurrente conocía y, de uno u otro modo, participaba en la difusión clandestina de la sustancia estupefaciente que fue hallada en la localidad de Móstoles, procede la estimación del motivo y consiguiente absolución de la recurrente.