Jurisprudencia del año 1998.
Filtros
Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Se declara la competencia objetiva del Juzgado de lo Penal de Soria, para el conocimiento y fallo de la presente causa sobre delitos de lesiones, contra la salud pública y tenencia de explosivos. En consideración a las penas señaladas en la Ley vigente en el momento de la comisión de los supuestos delitos a enjuiciar, la competencia corresponde al Juzgado de lo Penal.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado 1ª Instancia e Instrucción nº2 de Soria sobre derecho de retracto. La sentencia de instancia declaraba el derecho de retracto en relación a una de las cuatro fincas afectadas. La Sala en cambio declara el derecho de retracto a favor del actor en relación al resto de fincas, condenando a los demandados al otorgamiento de la correspondiente escritura. Existe el derecho de retracto a los propietarios que s
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Jugado de Primera Instancia de Almazán, sobre obras realizadas en una servidumbre natural. Se ha producido una alteración del cauce natural de las aguas por obra del demandado. Esta variación viene representada por el cegamiento de la acequia que dividía su finca y la apertura de otra para dar salida al agua hacia el arroyo o acequia de saneamiento que constituye el linde de su finca. Estas obras suponen una a
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Soria sobre responsabilidad civil. La sentencia de instancia desestimaba la demanda por entender que concurría falta de legitimación activa en la compañía aseguradora, actora en el procedimiento. La Sala confirma la sentencia dado que no queda acreditado el pago al asegurado de la indemnización que se reclama por ésta en el procedimiento e incluso por la duda sobre la exist
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria a los acusados como autores de un delito y una falta de lesiones. Los hechos probados acreditan que las partes, compañeros de celda en una prisión, pelearon y se causaron mutuamente lesiones. Es acreditado que las agresiones existieron y son reconocidas por ambos y corroboradas por el parte médico forense. Estos hechos llevan a considerar acreditados los tipos penales imputados y como responsables a los acusados. Sin embargo, la evidencia de la
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre requisitos de la letra de cambio. La cambial respecto de la cual se deniega la cantidad reclamada no tiene los requisitos necesarios para entenderla como tal letra de cambio. Entre estos requisitos están la designación de la persona a quien ha de hacerse el pago o a cuya orden se ha de efectuar. Esta mención de la letra se considera esencial y en el prese
Se estiman los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Soria, sobre accidente de circulación. La colisión se produjo al irrumpir un jabalí en la carretera. El actor dice que el animal procedía del margen izquierdo de la vía, aunque posteriormente cambia su relato afirmando que el animal procedía del margen derecho. El atestado de la Guardia Civil aprecia que el jabalí procedía del lado izquierdo. Ante esta contradicción, la Sa
Se absuelve, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado del delito de incumplimiento de la prestación social sustitutoria. Es acreditado que el acusado ha permanecido, en situación de disponibilidad, por más de tres años, sin que hubiese iniciado situación de actividad, por causas no imputables al mismo. Por tanto, aplicando la Ley Reguladora de la Objeción de Conciencia y de la Prestación Social Sustitutoria, éste pasa directamente a la situación de reserva. Dicha ley, de acuerdo con l
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre reclamación de cantidad. Surge la duda de cual es la cantidad que efectivamente se debe, pues no sólo se trata de un simple error aritmético que podría contener la primera carta enviada al deudor, sino también, de una afirmación expresa de la parte actora de que la cantidad de 199.178 pesetas es errónea, siendo correcta la de 119.178 pesetas. En aplicació
Se estima la apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico. Consta por las pruebas de alcoholemia realizadas, así como por las declaraciones de los Agentes Policiales intervinientes, que el acusado se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, afectación que motivó el accidente de circulación. Por ello corresponde dictar un fallo condenatorio.
Se declara la competencia objetiva del Juzgado de lo Penal de Soria, para el conocimiento y fallo de la presente causa sobre delitos de lesiones, contra la salud pública y tenencia de explosivos. En consideración a las penas señaladas en la Ley vigente en el momento de la comisión de los supuestos delitos a enjuiciar, la competencia corresponde al Juzgado de lo Penal.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado 1ª Instancia e Instrucción nº2 de Soria sobre derecho de retracto. La sentencia de instancia declaraba el derecho de retracto en relación a una de las cuatro fincas afectadas. La Sala en cambio declara el derecho de retracto a favor del actor en relación al resto de fincas, condenando a los demandados al otorgamiento de la correspondiente escritura. Existe el derecho de retracto a los propietarios que s
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Jugado de Primera Instancia de Almazán, sobre obras realizadas en una servidumbre natural. Se ha producido una alteración del cauce natural de las aguas por obra del demandado. Esta variación viene representada por el cegamiento de la acequia que dividía su finca y la apertura de otra para dar salida al agua hacia el arroyo o acequia de saneamiento que constituye el linde de su finca. Estas obras suponen una a
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Soria sobre responsabilidad civil. La sentencia de instancia desestimaba la demanda por entender que concurría falta de legitimación activa en la compañía aseguradora, actora en el procedimiento. La Sala confirma la sentencia dado que no queda acreditado el pago al asegurado de la indemnización que se reclama por ésta en el procedimiento e incluso por la duda sobre la exist
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria a los acusados como autores de un delito y una falta de lesiones. Los hechos probados acreditan que las partes, compañeros de celda en una prisión, pelearon y se causaron mutuamente lesiones. Es acreditado que las agresiones existieron y son reconocidas por ambos y corroboradas por el parte médico forense. Estos hechos llevan a considerar acreditados los tipos penales imputados y como responsables a los acusados. Sin embargo, la evidencia de la
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre requisitos de la letra de cambio. La cambial respecto de la cual se deniega la cantidad reclamada no tiene los requisitos necesarios para entenderla como tal letra de cambio. Entre estos requisitos están la designación de la persona a quien ha de hacerse el pago o a cuya orden se ha de efectuar. Esta mención de la letra se considera esencial y en el prese
Se estiman los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Soria, sobre accidente de circulación. La colisión se produjo al irrumpir un jabalí en la carretera. El actor dice que el animal procedía del margen izquierdo de la vía, aunque posteriormente cambia su relato afirmando que el animal procedía del margen derecho. El atestado de la Guardia Civil aprecia que el jabalí procedía del lado izquierdo. Ante esta contradicción, la Sa
Se absuelve, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado del delito de incumplimiento de la prestación social sustitutoria. Es acreditado que el acusado ha permanecido, en situación de disponibilidad, por más de tres años, sin que hubiese iniciado situación de actividad, por causas no imputables al mismo. Por tanto, aplicando la Ley Reguladora de la Objeción de Conciencia y de la Prestación Social Sustitutoria, éste pasa directamente a la situación de reserva. Dicha ley, de acuerdo con l
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre reclamación de cantidad. Surge la duda de cual es la cantidad que efectivamente se debe, pues no sólo se trata de un simple error aritmético que podría contener la primera carta enviada al deudor, sino también, de una afirmación expresa de la parte actora de que la cantidad de 199.178 pesetas es errónea, siendo correcta la de 119.178 pesetas. En aplicació
Se estima la apelación contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico. Consta por las pruebas de alcoholemia realizadas, así como por las declaraciones de los Agentes Policiales intervinientes, que el acusado se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, afectación que motivó el accidente de circulación. Por ello corresponde dictar un fallo condenatorio.