Legislación
Legislación

Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda. - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 03-10-2023

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: Baleares

Estado: DEROGADO. Desde 10 de Mayo de 2024 por Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda

F. entrada en vigor: 04/10/2023

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 135

F. Publicación: 03/10/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo 1. Objeto y finalidad Artículo 2. Concepto y régimen jurídico de vivienda de precio limitado a los efectos de este Decreto Ley Artículo 3. Creación del Registro autonómico de viviendas de precio limitado
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears D.A. 2ª. Modificación del Decreto Ley 3/2020, de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda D.A. 3ª. Modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears D.A. 4ª. Modificación del artículo 4 de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears D.A. 5ª. Modificación del Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de medición, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad D.A. 6ª. Actuaciones de dotación D.A. 7ª. Municipios sin planeamiento urbanístico D.A. 8ª. Previsiones de publicidad en las viviendas de precio limitado D.A. 9ª. Régimen de infracciones y sanciones de las viviendas de precio limitado D.A. 10ª. Modificación de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears D.A. 11ª. Carácter de urgencia de los procedimientos D.A. 12ª. Normas de funcionamiento del Registro autonómico de viviendas de precio limitado
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Expedientes en tramitación a la entrada en vigor de este Decreto Ley
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificaciones de las normas de la disposición adicional quinta de este Decreto Ley D.F. 2ª. Entrada en vigor