Jurisprudencia sobre Valor venal.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Ponente
Romero Costas, Francisco Javier
Bachs Estany, Jose Maria
Sanchez Herrero, Jose Ramon
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Conde Nuñez, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso de apelación del demandante sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la motivación exigible no implica un tratamiento pormenorizado de todos los aspectos sugeridos por la partes, siempre que permita conocer cuáles han sido los criterios jurídicos esenciales determinantes de la decisión, independientemente de su brevedad o concisión, e incluso en supuestos de remisión, añadiendo la Sala que en el presente caso es a
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Burgo de Osma, sobre indemnización en concepto de perjuicio derivado de la paralización de una cabeza tractora y una plataforma, dañados a raíz de accidente de circulación. En relación a la cabeza tractora del camión, la misma fue declarada siniestro total e indemnizada. El concepto de valor venal de un vehículo comporta también el valor de afección, comprensivo de la pérdida de
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Soria, sobre falta de lesiones por imprudencia leve. Es evidente que la sentencia recurrida, impuso al culpable del accidente de tránsito con resultado de lesiones, la pena de multa de un mes y privación del permiso de conducir por tres meses. Sin embargo, dicha sentencia no justifica ni fundamenta por que impone la pena más grave, añadida a la pena de multa. En el cas
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Almazán sobre responsabilidad por accidente de circulación. La Sala considera que la actora no ha acreditado, como le incumbía, una debida diligencia en la conducción de su vehículo, lo cual conllevaría el pago de la cantidad total reclamada, sino que su responsabilidad se desprende del Atestado y del dato objetivo de los daños. En cuanto a la cuantía indemnizatoria, la Sala estima
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1ª de Almazán, sobre falta de imprudencia simple. Es acreditado el accidente, con resultado de lesiones producido por el acusado. También es evidente, que las fechas de los informes de sanidad, que deben ser tomados en cuenta para determinar las lesiones y secuelas, no coinciden con los establecidos por las aseguradoras. Por tanto, el interés que debe abonar la aseguradora,
Considera la Sala que el art.
La Audiencia Provincial de Madrid estima el recurso de apelación del demandante sobre reclamación de cantidad; la cuestión litigiosa se ciñe a determinar si procede la "restitutio in integrum" en supuestos de indemnización de daños de vehículos en los que las aseguradoras abonan el valor venal de los mismos; la Sala señala que no se puede valorar la indemnización a la que debe hacer frente una compañía aseguradora a causa de un accidente de circulación como si nos encontrásemos ante un seguro
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que debe combinarse la señalada apreciación pericial con el dato objetivo de que las piezas originales y nuevas que se pongan a un vehículo con doce años de antigüedad tienen que suponer una mejora por sí mismas, aunque sea mínima, como consecuencia de todo lo cual, acuerda rebajar el importe de la factura en un 15%, concretando así el importe por el que debe ser condenada la demandada.
Se desestima recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, número trece, de Las Palmas, sobre reclamación de cantidad por siniestro de vehículo.
Se recurre invocando error en la valoración de la prueba al considerar que las fotocopias de las facturas de la reparación del automóvil, carecen de valor probatorio, además de considerar excesivo el coste de la reparación en relación al valor venal del mismo. Sin embargo, dichas pretensiones no
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso de apelación del demandante sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la motivación exigible no implica un tratamiento pormenorizado de todos los aspectos sugeridos por la partes, siempre que permita conocer cuáles han sido los criterios jurídicos esenciales determinantes de la decisión, independientemente de su brevedad o concisión, e incluso en supuestos de remisión, añadiendo la Sala que en el presente caso es a
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Burgo de Osma, sobre indemnización en concepto de perjuicio derivado de la paralización de una cabeza tractora y una plataforma, dañados a raíz de accidente de circulación. En relación a la cabeza tractora del camión, la misma fue declarada siniestro total e indemnizada. El concepto de valor venal de un vehículo comporta también el valor de afección, comprensivo de la pérdida de
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Soria, sobre falta de lesiones por imprudencia leve. Es evidente que la sentencia recurrida, impuso al culpable del accidente de tránsito con resultado de lesiones, la pena de multa de un mes y privación del permiso de conducir por tres meses. Sin embargo, dicha sentencia no justifica ni fundamenta por que impone la pena más grave, añadida a la pena de multa. En el cas
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Almazán sobre responsabilidad por accidente de circulación. La Sala considera que la actora no ha acreditado, como le incumbía, una debida diligencia en la conducción de su vehículo, lo cual conllevaría el pago de la cantidad total reclamada, sino que su responsabilidad se desprende del Atestado y del dato objetivo de los daños. En cuanto a la cuantía indemnizatoria, la Sala estima
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1ª de Almazán, sobre falta de imprudencia simple. Es acreditado el accidente, con resultado de lesiones producido por el acusado. También es evidente, que las fechas de los informes de sanidad, que deben ser tomados en cuenta para determinar las lesiones y secuelas, no coinciden con los establecidos por las aseguradoras. Por tanto, el interés que debe abonar la aseguradora,
Considera la Sala que el art.
La Audiencia Provincial de Madrid estima el recurso de apelación del demandante sobre reclamación de cantidad; la cuestión litigiosa se ciñe a determinar si procede la "restitutio in integrum" en supuestos de indemnización de daños de vehículos en los que las aseguradoras abonan el valor venal de los mismos; la Sala señala que no se puede valorar la indemnización a la que debe hacer frente una compañía aseguradora a causa de un accidente de circulación como si nos encontrásemos ante un seguro
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que debe combinarse la señalada apreciación pericial con el dato objetivo de que las piezas originales y nuevas que se pongan a un vehículo con doce años de antigüedad tienen que suponer una mejora por sí mismas, aunque sea mínima, como consecuencia de todo lo cual, acuerda rebajar el importe de la factura en un 15%, concretando así el importe por el que debe ser condenada la demandada.
Se desestima recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia, número trece, de Las Palmas, sobre reclamación de cantidad por siniestro de vehículo.
Se recurre invocando error en la valoración de la prueba al considerar que las fotocopias de las facturas de la reparación del automóvil, carecen de valor probatorio, además de considerar excesivo el coste de la reparación en relación al valor venal del mismo. Sin embargo, dichas pretensiones no