Jurisprudencia sobre Reparcelación.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Altarriba Cano, Carlos
Domingo Zaballos, Manuel Jose
Fernandez Valverde, Rafael
Hernandez, Isabel Pascual
Lopez Vazquez, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Defectuosa preparación. Admisión parcial. Art. 88.1.c.
Competencia de los Juzgados L.O. 19/2003
Defectuosa preparación del recurso. Proyecto de reparcelación. Artículos 86.4 y 89.2 de la LRJCA. Doctrina de la Sala. Artículo 88.1.c). Admisión parcial.
Ha lugar a casar la sentencia de instancia que ratificó la inadmisión y falta de fundamento de la pretensión restitutoria formulada por la entidad recurrente, en relación a determinada parcela adjudicada al Ayuntamiento recurrido en el Proyecto de Reparcelación de autos y, en consecuencia, se declara el derecho de aquélla a que se le restituya la finca en cuestión. Dicha parcela no puede correr una suerte diferente de las demás cedidas, que sirvieron a los propietarios cedentes
El TS desestima recurso de casación promovido sobre aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación 2.b.3, Fabrica de la Esencia, en Alcantarilla (Murcia). Cuestión Nueva, no revisable en casación. Cuestión que difiere, de aquella que fue suscitada en la instancia y resuelta en la sentencia recurrida. Superficie. Indemnizaciones. Cesiones.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm 1 de Girona, sobre resolución por la que se declaró innecesaria la reparcelación de Unidad de Actuación. Se determina que debe prosperar la apelación por cuanto se ha infringido la
Defectuosa preparación. Admisión parcial. Art. 88.1.c.
Competencia de los Juzgados L.O. 19/2003
Defectuosa preparación del recurso. Proyecto de reparcelación. Artículos 86.4 y 89.2 de la LRJCA. Doctrina de la Sala. Artículo 88.1.c). Admisión parcial.
Ha lugar a casar la sentencia de instancia que ratificó la inadmisión y falta de fundamento de la pretensión restitutoria formulada por la entidad recurrente, en relación a determinada parcela adjudicada al Ayuntamiento recurrido en el Proyecto de Reparcelación de autos y, en consecuencia, se declara el derecho de aquélla a que se le restituya la finca en cuestión. Dicha parcela no puede correr una suerte diferente de las demás cedidas, que sirvieron a los propietarios cedentes
El TS desestima recurso de casación promovido sobre aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación 2.b.3, Fabrica de la Esencia, en Alcantarilla (Murcia). Cuestión Nueva, no revisable en casación. Cuestión que difiere, de aquella que fue suscitada en la instancia y resuelta en la sentencia recurrida. Superficie. Indemnizaciones. Cesiones.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm 1 de Girona, sobre resolución por la que se declaró innecesaria la reparcelación de Unidad de Actuación. Se determina que debe prosperar la apelación por cuanto se ha infringido la