Jurisprudencia por Martinez Zamora, Antonio.
Filtros
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Práctica de la prueba
Profesión habitual
Incapacidad temporal
Incapacidad permanente total
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Administrativo
Ponente
Martinez Zamora, Antonio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
TSJ Comunidad Valenciana
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Valencia sobre invalidez. Se determina que las dolencias que padece el actor le inhabilitan para realizar las tareas fundamentales de su profesión de "peón de la construcción", ya que esta profesión presenta requerimientos incompatibles con sus limitaciones de inmovilización de la columna dorsal con corsé y dolor a nivel lumbar que se acentúa con la bipe
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Castellón sobre invalidez. Se determina que las dolencias que padece el actor, dada su entidad y alcance funcional, no inhabilitan a aquél para realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual de "Oficial de 1ª de la construcción", ni le ocasionan una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión. No se acredita ni resul
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Valencia sobre invalidez. Se determina que las dolencias que padece el actor le inhabilitan para realizar las tareas fundamentales de su profesión de "peón de la construcción", ya que esta profesión presenta requerimientos incompatibles con sus limitaciones de inmovilización de la columna dorsal con corsé y dolor a nivel lumbar que se acentúa con la bipe
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Castellón sobre invalidez. Se determina que las dolencias que padece el actor, dada su entidad y alcance funcional, no inhabilitan a aquél para realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual de "Oficial de 1ª de la construcción", ni le ocasionan una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión. No se acredita ni resul